Por medio de una resolución de la Mutualidad General de Justicia, (MUGEJU), deja claro lo que es una URGENCIA VITAL y evitar problemas al ser atendido por algún servicio de urgencias.
Mediante esta resolución se identifican una serie de supuestos en los que el mutualista y/o beneficiario hace uso de medios ajenos a la Entidad Médica y que, con carácter general, se consideran urgencia vital. De esta manera, se aclara el concepto de urgencia de carácter vital establecido en el concierto para la asistencia sanitaria.
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MUGEJU aclara que es urgencia vital
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Re: MUGEJU aclara que es urgencia vital
Ya llevan retraso los de MUGEJU; eso hace años que está perfectamente definido para los de ISFAS.