Página 1 de 1

Afiliacion desestimada

Publicado: Lun Nov 19, 2018 10:27 am
por Franmunozgor
Buenos dias
Bueno pues un nuevo problema que me encuentro en el camino. Ya me concedieron definitivamente la pension por inutilidad, aunque sigo sin cobrar, parece que este mes será el primero, que desde agosto ya están tardando. Como es lógico cuando me confirmaron la pensión solicité el alta en ISFAS y resulta que me lo desestiman por
Que según ellos para tener derecho a volver a tener la prestación del servicio tendría que tener reconocido al menos un 50 % de incapacidad.
Alguien puede decirme si llevan razón, porque yo tenía entendido que según el artículo 30.2 del R.D 09/2011 debo tener derecho a dicha prestación. Recordaros que tengo reconocido un 25% en acto de servicio.
Gracias de antemano.
Saludos

Re: Afiliacion desestimada

Publicado: Lun Nov 19, 2018 1:03 pm
por sargentodehierro
Hola compañero,

Yo haría un recurso alegando que el artículo 30.2 del Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, no especifica que la pensión tenga que ser de retiro, y por lo tanto no procede el tener un 50% de discapacidad para tener derecho a la asistencia de ISFAS.

Un saludo

Re: Afiliacion desestimada

Publicado: Lun Nov 19, 2018 1:22 pm
por aportodas
sargentodehierro escribió: Lun Nov 19, 2018 1:03 pm Hola compañero,

Yo haría un recurso alegando que el artículo 30.2 del Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, no especifica que la pensión tenga que ser de retiro, y por lo tanto no procede el tener un 50% de discapacidad para tener derecho a la asistencia de ISFAS.

Un saludo

Tal como dice el compañero, con esa normativa que te indica deben aceptártelo, siempre y cuando ya tengas oficialmente reconocida la pensión por inutilidad. Lo que te dicen del 50% era lo que especificaba la normativa anterior.

Un saludo.

Re: Afiliacion desestimada

Publicado: Mar Nov 20, 2018 10:47 am
por Franmunozgor
Muchas gracias.
Era lo que yo tenía entendido. Lo que me cuesta creer es que ellos no conozcan la legislación vigente, pero bueno pensaré que ha sido un error. De todas formas la información me la dieron por teléfono así que tengo que esperar a recibir la notificación por correo para realizar alegaciones.
¿Sabéis si suelen tardar mucho en responder a las alegaciones?
Bueno lo dicho muchisimas gracias
Saludos