Duda alta el Mugeju como beneficiaria

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
fufu652
Soldado
Soldado
Mensajes: 1
Registrado: Mar Dic 18, 2018 4:58 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Activo

Duda alta el Mugeju como beneficiaria

Mensaje por fufu652 »

Mi esposa recibe una prestacion economica del SEPE por tener 55 años y estar en paro, habiendo agotado ya las prestaciones por desempleo.
Yo soy de MUGEJU y quiero incluirla como beneficiaria mia.
El otro dia fue a la oficina de la MUGEJU, y la persona que me atendio me dijo que el darse mi esposa de alta como beneficiaria mia en MUGEJU y renunciar a la Seguridad Social, podria suponer dejar de recibir la prestación que recibe del SEPE.
Alguien me podría informar, muchas gracias
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6998
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: Duda alta el Mugeju como beneficiaria

Mensaje por Francisco I »

fufu652 escribió: Mar Dic 18, 2018 5:03 pm Mi esposa recibe una prestacion economica del SEPE por tener 55 años y estar en paro, habiendo agotado ya las prestaciones por desempleo.
Yo soy de MUGEJU y quiero incluirla como beneficiaria mia.
El otro dia fue a la oficina de la MUGEJU, y la persona que me atendio me dijo que el darse mi esposa de alta como beneficiaria mia en MUGEJU y renunciar a la Seguridad Social, podria suponer dejar de recibir la prestación que recibe del SEPE.
Alguien me podría informar, muchas gracias
Es como te han dicho. Tu esposa sigue teniendo derecho a asistencia sanitaria por la S.Social. Si lo que quieres es pasarla a MUGEJU, debes contar con que dejarán de abonarle esa prestación económica, y con la seguridad de que ya nunca volverá a recuperarla. Todo ello al margen de que cuando le llegue su edad del retiro, puede tener algún "problemilla" para que le concedan su pensión, ya que llevará mas de 10 años de baja en la S. Social; y aunque ahora son 15 años, dentro de los cuales hay que tener al menos 2 años cotizados, no sabemos si de aquí a que tu esposa alcance la edad de jubilación pueden modificar esas condiciones.
Yo no tocaría la situación actual de prestación sanitaria.
Responder

Volver a “ISFAS/MUFACE /MUGEJU”