Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Dudas y consultas sobre las prestaciones de ISFAS, MUFACE y MUGEJU

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jchaoca
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Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por jchaoca »

Buenos días,
Tengo la siguiente inquietud, mi mujer actualmente está en paro y dentro de un año se le termina. Me pregunto sobre cuales son las condiciones para acogerse como cónyuge a las prestaciones del ISFAS, claro está, en caso que exista esa posibilidad.
Gracias.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por cebu41 »

jchaoca escribió: Sab Oct 24, 2020 11:26 am Buenos días,
Tengo la siguiente inquietud, mi mujer actualmente está en paro y dentro de un año se le termina. Me pregunto sobre cuales son las condiciones para acogerse como cónyuge a las prestaciones del ISFAS, claro está, en caso que exista esa posibilidad.
Gracias.
Cuando se le acabe el paro deja de cotizar a la Seguridad Social y entonces es cuando puedes incluirla directamente en ISFAS como beneficiaria contigo, aquí te dejo los requisitos que tiene que tener :
Vínculo con el titular en calidad de cónyuge.
- Que vivan con el titular y a sus expensas.
- Que los beneficiarios no realicen ningún trabajo remunerado alguno, ni perciban renta patrimonial, ni pensión alguna, superiores al doble del
- Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples.
- Que no figuren como titulares ni como beneficiarios en ningún documento que acredite el derecho a recibir asistencia sanitaria en el Régimen
gestionado por el Instituto Social de las Fuerzas Armadas ni tengan derecho a recibirla en cualquier otro de los Regímenes de la Seguridad Social.
En este link que te dejo viene todo en la pagina de ISFAS para que la des de alta como nueva y viene todo explicado :
https://sede.isfas.gob.es/ispre/ayuda/A ... ENCON.html
Espero te sirva de ayuda
Un saludo -hi
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por trasgu123 »

Eso de "directamente" va ser que no. Antes tendra que renunciar a la S Social.
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cebu41
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por cebu41 »

trasgu123 escribió: Dom Oct 25, 2020 12:35 pm Eso de "directamente" va ser que no. Antes tendra que renunciar a la S Social.
Si tienes razón trasgu123 , pero decirte que cuando mi mujer terminaba de trabajar en la vida civil y no tener que cobrar paro, lo que hacia era ir a ISFAS y ellos le hacían hacer y firmar una declaración jurada que no cobraba nada por parte de desempleo o seguridad social y ellos lo comprobaban que me habían dado de baja en la Seguridad Social también de que no estaba trabajando y lo habían presentado la empresa.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por Francisco I »

No se trata de cobrar o no cobrar. Lógicamente si se cobra es porque se está cotizando y en situación de alta o asimilada.
Pero aunque no se esté cobrando nada, y se esté en situación laboral de baja, se sigue teniendo derecho a la asistencia sanitaria por parte de la S. Social. Y mientras no se renuncie por escrito a dicha asistencia sanitaria, no se nos expedirá el documento que ISFAS exige para darnos de alta como beneficiario.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por cebu41 »

jchaoca escribió: Sab Oct 24, 2020 11:26 am Buenos días,
Tengo la siguiente inquietud, mi mujer actualmente está en paro y dentro de un año se le termina. Me pregunto sobre cuales son las condiciones para acogerse como cónyuge a las prestaciones del ISFAS, claro está, en caso que exista esa posibilidad.
Gracias.
Creo que me he explicado mal, pido perdón, quise decir que al dejar de cobrar el subsidio de desempleo o cualquier otra prestación, es cuando se puede solicitar que tu esposa se incluya a tu cartilla de ISFAS como beneficiaria, también decir como dice Francisco I que, si uno quiere seguir con la Seguridad Social, puede hacerlo sin ningún problema estando sin cobrar y de baja laboral.
Lo que pedía jchaoca es saber cuales son las condiciones para acogerse su esposa a las prestaciones del ISFAS, cuando su mujer deje de cobrar el desempleo, lo que pasa que dentro de un año no sabemos cómo estará la cosa pero actualmente es como dejo en la siguiente captura de pantalla :

Imagen

En dicha captura veras jchaoca como pone que podrás llevar certificados o que también se puede optar por autorizar a ISFAS que lo compruebe mediante la autorización que viene en el formulario que también te dejo :

https://www.defensa.gob.es/isfas/Galeri ... iarios.pdf

En dicho formulario, si no cambian las cosas de aquí a un año, que es cuando tu esposa lo necesita, te viene también el impreso del consentimiento para que ISFAS haga las comprobaciones una vez tu mujer termine de cobrar el paro y la puedas incluir, de todas maneras en el formulario te viene todos los requisitos y pasos a seguir y rellenar.
Espero me perdonen por explicarme mal anteriormente.
Un saludo -hi
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por Francisco I »

Todo lo anterior está muy bien; pero ese Certificado de la TGSS de no tener derecho a la asistencia sanitaria por otro Régimen de Seguridad Social, es la llave que abre la puerta para ser dado de alta como beneficiario en ISFAS. Y ese Certificado tiene que ser solicitado por el interesado, en la S. Social, previa renuncia por escrito al derecho que le asiste de recibir asistencia sanitaria por tal Régimen. No vale lo de autorizar a ISFAS para que lo compruebe, porque a ISFAS no le van a decir que el interesado no tiene ese derecho, sin previamente haber renunciado a él.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas amigo Francisco.

Mi mujer hace poco dejó de trabajar, y no ha tenido que hacer renuncia a la asistencia sanitaria por parte del INSS. Con la autorización a ISFAS le valió.

Un saludo
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por trasgu123 »

Pues muy bien, un tramite administrativo menos. Simplificando que es gerundio.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por Francisco I »

sargentodehierro escribió: Lun Oct 26, 2020 3:46 pm Buenas amigo Francisco.

Mi mujer hace poco dejó de trabajar, y no ha tenido que hacer renuncia a la asistencia sanitaria por parte del INSS. Con la autorización a ISFAS le valió.

Un saludo
Posiblemente sea una medida adoptada para evitar desplazamientos personales en la actual situación de pandemia.
Esta crisis, va a cambiar muchas cosas; entre ellas los procedimientos de las distintas administraciones públicas. Algo bueno tenía que tener.
Un saludo, amigo mío.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por cebu41 »

Francisco I escribió: Lun Oct 26, 2020 9:22 pm
sargentodehierro escribió: Lun Oct 26, 2020 3:46 pm Buenas amigo Francisco.
Mi mujer hace poco dejó de trabajar, y no ha tenido que hacer renuncia a la asistencia sanitaria por parte del INSS. Con la autorización a ISFAS le valió.
Un saludo
Posiblemente sea una medida adoptada para evitar desplazamientos personales en la actual situación de pandemia.
Esta crisis, va a cambiar muchas cosas; entre ellas los procedimientos de las distintas administraciones públicas. Algo bueno tenía que tener.
Un saludo, amigo mío.
Yo con mi esposa lo hemos solicitado en varias ocasiones porque vivíamos en Andalucía y ella trabaja en temporadas, cuando no cobraba el paro o no tenia derecho a el, a ella la metia en ISFAS conmigo y cuando terminaba de trabajar hacíamos como he dicho anteriormente, sin tener que pedir la renuncia a la asistencia sanitaria del INSS, con solo rellenar el formulario y la autorización a ISFAS valía, todo esto era y se hacia mucho antes del covid en el año 2019 y 2018, yo lo tramite también así para mi esposa.
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Re: Condiciones de prestaciones sanitaria para mi mujer

Mensaje por Francisco I »

cebu41 escribió: Lun Oct 26, 2020 9:36 pm
Francisco I escribió: Lun Oct 26, 2020 9:22 pm
sargentodehierro escribió: Lun Oct 26, 2020 3:46 pm Buenas amigo Francisco.
Mi mujer hace poco dejó de trabajar, y no ha tenido que hacer renuncia a la asistencia sanitaria por parte del INSS. Con la autorización a ISFAS le valió.
Un saludo
Posiblemente sea una medida adoptada para evitar desplazamientos personales en la actual situación de pandemia.
Esta crisis, va a cambiar muchas cosas; entre ellas los procedimientos de las distintas administraciones públicas. Algo bueno tenía que tener.
Un saludo, amigo mío.
Yo con mi esposa lo hemos solicitado en varias ocasiones porque vivíamos en Andalucía y ella trabaja en temporadas, cuando no cobraba el paro o no tenia derecho a el, a ella la metia en ISFAS conmigo y cuando terminaba de trabajar hacíamos como he dicho anteriormente, sin tener que pedir la renuncia a la asistencia sanitaria del INSS, con solo rellenar el formulario y la autorización a ISFAS valía, todo esto era y se hacia mucho antes del covid en el año 2019 y 2018, yo lo tramite también así para mi esposa.
Muchas gracias por la info. Queda claro que mi amigo del ISFAS de Sevilla me informó mal; aunque de ello hace ya mas de seis años.
Con el tiempo, la lógica acaba imponiendose.
Saludos.
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