COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Avatar de Usuario
Arano
INMEMORIAM
INMEMORIAM
Mensajes: 7236
Registrado: Lun Jun 18, 2007 11:29 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Retirado Acto de Servicio, causa efecto con Atentado Terrorista.
Ubicación: Pamplona

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arano »

Arquímedes escribió: Jue Ene 27, 2022 6:10 pm
aamolop escribió: Jue Ene 27, 2022 5:26 pm Si cobra la pensión máxima es la mitad es decir un 5%
No veo en la sentencia que diga que cobra la pensión máxima. Otra cosa que me llama la atención es que tres párrafos antes del fallo habla de que hay que pagarle el interés legal, y luego en el fallo no dice nada, cuando en otros fallos si que lo especifica claramente.
Y además lo solicita el explícitamente. Como bien dices la cuestión es una aclaración de Sentencia por parte de su abogado en esos dos puntos del fallo, que además están recogidos en los Fundamentos de Derecho.

Saludos.
rufino
Comandante
Comandante
Mensajes: 563
Registrado: Jue Nov 19, 2009 10:40 am

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por rufino »

Arquímedes escribió: Jue Ene 27, 2022 3:35 pm Ya han subido la sentencia del amigo Rufino a la jurisprudencia del Tribunal Superior.

Conclusiones:

- Los retirados con la norma anterior, si cumplimos con los requisitos, a pesar de ser hombres, tenemos derecho al complemento.
- Se tiene derecho al complemento desde la misma fecha de pase a retiro, a la que hay que sumar los intereses legales correspondientes.

Por tanto, espero buenas noticias en cuanto al recurso presentado. No pueden ignorar la sentencia del Supremo, ni todas las estimatorias que están saliendo a raiz de ellas.

Lo único e IMPORTANTE PARA EL AMIGO @rufino, se ha equivocado en el fallo el juez, y en lugar del 10% al tener 3 hijos, ha puesto un 5%. Creo que deberías aclarar con tu abogado si es un error tipográfico, porque te afecta, y no poco.

Enlace a Sentencia: https://www.poderjudicial.es/search/AN/ ... 0/20220126

Saludos.
Gracias por el aviso pero esta no es mi sentencia
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

rufino escribió: Jue Ene 27, 2022 6:49 pm
Arquímedes escribió: Jue Ene 27, 2022 3:35 pm Ya han subido la sentencia del amigo Rufino a la jurisprudencia del Tribunal Superior.

Conclusiones:

- Los retirados con la norma anterior, si cumplimos con los requisitos, a pesar de ser hombres, tenemos derecho al complemento.
- Se tiene derecho al complemento desde la misma fecha de pase a retiro, a la que hay que sumar los intereses legales correspondientes.

Por tanto, espero buenas noticias en cuanto al recurso presentado. No pueden ignorar la sentencia del Supremo, ni todas las estimatorias que están saliendo a raiz de ellas.

Lo único e IMPORTANTE PARA EL AMIGO @rufino, se ha equivocado en el fallo el juez, y en lugar del 10% al tener 3 hijos, ha puesto un 5%. Creo que deberías aclarar con tu abogado si es un error tipográfico, porque te afecta, y no poco.

Enlace a Sentencia: https://www.poderjudicial.es/search/AN/ ... 0/20220126

Saludos.
Gracias por el aviso pero esta no es mi sentencia
Ok. Como era misma fecha, mismo asunto, mismo tribunal y misma resolución, pensé que sí lo era. No he visto más de ese día con ese asunto, pero si no eres tú, mejor. ¿Sabes que cambian los nombres y los ponen ficticios por protección de datos, verdad?.

Saludos
Última edición por Arquímedes el Jue Ene 27, 2022 11:02 pm, editado 1 vez en total.
ducckke
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 838
Registrado: Sab Mar 09, 2013 2:57 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: al final te lo tendré que agradecer...

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por ducckke »

me alegro mucho!!!!

una pregunta tonta, en caso de que los que acabamos de solicitarlo y estamos a esperas de contestación, nos dieran un SI.... supongo que no seria con caracter retroactivo ¿no?.
en dicho caso de que no lo fuera, veis factible solicitarlo los atrasos e ir a contencioso???
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

ducckke escribió: Jue Ene 27, 2022 10:59 pm me alegro mucho!!!!

una pregunta tonta, en caso de que los que acabamos de solicitarlo y estamos a esperas de contestación, nos dieran un SI.... supongo que no seria con caracter retroactivo ¿no?.
en dicho caso de que no lo fuera, veis factible solicitarlo los atrasos e ir a contencioso???
Las que estoy viendo de clases pasivas son todas con efectos retroactivos. En la Seguridad Social es diferente, porque en la vía Social hay algo que hace que puedan limitarlo a los 3 meses previos a la solicitud, pero en clases pasivas los jueces están dictaminando retroactividad.
agustino
Capitan
Capitan
Mensajes: 472
Registrado: Lun Jul 24, 2017 7:58 pm
Cuerpo: Funcionario Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por agustino »

Arquímedes escribió: Jue Ene 27, 2022 11:01 pm
ducckke escribió: Jue Ene 27, 2022 10:59 pm me alegro mucho!!!!

una pregunta tonta, en caso de que los que acabamos de solicitarlo y estamos a esperas de contestación, nos dieran un SI.... supongo que no seria con caracter retroactivo ¿no?.
en dicho caso de que no lo fuera, veis factible solicitarlo los atrasos e ir a contencioso???
Las que estoy viendo de clases pasivas son todas con efectos retroactivos. En la Seguridad Social es diferente, porque en la vía Social hay algo que hace que puedan limitarlo a los 3 meses previos a la solicitud, pero en clases pasivas los jueces están dictaminando retroactividad.
Se refiere a si CcPp le contesta a su solicitud con un Si, pero nada de retroactividad. No han contestado afirmativamente ninguna aún. Podría ser como dice ducckke, y si tendría que ir a Contencioso........el cual tiene ganado, claro, pero habría que molestarse y esperar sentencia.
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

Si alguien tiene información nueva que la comparta. Parece que se lo están tomando con calma. He llamado al sitio donde anteriormente nos calculaban las pensiones y me dicen que, aunque en teoría debería de corresponder a ellos el nuevo cálculo (si así fuese estimado), aún no les ha llegado nada de mi expediente. Por tanto, no se "ande andarán" mis papeles. Probablemente encima de una mesa pudriéndose.

Saludos.
omd
Sargento 1º
Sargento 1º
Mensajes: 50
Registrado: Lun Ene 22, 2018 10:21 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por omd »

El mío también continúan sin moverse no tengo notificación ninguna y llevan presentados desde diciembre en clases pasivas
Última edición por omd el Mié Feb 02, 2022 11:27 am, editado 1 vez en total.
emporio20022002
Brigada
Brigada
Mensajes: 71
Registrado: Vie Ene 26, 2018 8:08 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por emporio20022002 »

Buenas tardes, el mío en trámite desde el 22 de diciembre, 4 meses para silencio positivo... seguiremos esperando.

saludos
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por trasgu123 »

Positivo ??
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

trasgu123 escribió: Mar Feb 01, 2022 7:39 pmPositivo ??
Sí, eso dice en el escrito de apertura de procedimiento
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Francisco I »

Arquímedes escribió: Mar Feb 01, 2022 11:04 pm
trasgu123 escribió: Mar Feb 01, 2022 7:39 pmPositivo ??
Sí, eso dice en el escrito de apertura de procedimiento
Positivo para reclamar; para ir a Contencioso. Pero creo que no estamos esperando eso, sino la resolución o sentencia del TSJM ante el que ya hemos presentado el Recurso Contencioso Administrativo, ¿ o no es así ?
Ojalá existiera el silencia administrativo positivo para aquellas peticiones/reclamaciones en las que hay "pasta" de por medio. Pero no es así.
emporio20022002
Brigada
Brigada
Mensajes: 71
Registrado: Vie Ene 26, 2018 8:08 pm
Cuerpo: Militar de Complemento
Situacion: Retiro por edad

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por emporio20022002 »

Francisco I escribió: Mié Feb 02, 2022 10:29 am
Arquímedes escribió: Mar Feb 01, 2022 11:04 pm
trasgu123 escribió: Mar Feb 01, 2022 7:39 pmPositivo ??
Sí, eso dice en el escrito de apertura de procedimiento
Positivo para reclamar; para ir a Contencioso. Pero creo que no estamos esperando eso, sino la resolución o sentencia del TSJM ante el que ya hemos presentado el Recurso Contencioso Administrativo, ¿ o no es así ?
Ojalá existiera el silencia administrativo positivo para aquellas peticiones/reclamaciones en las que hay "pasta" de por medio. Pero no es así.
Buenos días, así es, esperando pasen los 4 meses, solicitar el silencio positivo por escrito y al juzgado.
Saludos
Arquímedes

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Arquímedes »

Llamarme raro, pero yo creo que le estamos dando muchas vueltas a algo que no tiene discusión.

En el escrito dice:

2.- El plazo máximo establecido para notificar la resolución expresa de dicha solicitud es de cuatro meses (artículo 2 del Real Decreto 1769/1994). El
cómputo de este plazo se inicia a partir de la fecha señalada en el punto número 1 de esta comunicación.
3.- Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución, podrá entenderse estimada la solicitud por silencio administrativo, en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 39/2015.

Por tanto, si yo solicito el Complemento de maternidad, con retroactividad e intereses legales, en caso de no contestar, esa solicitud se podrá entender estimada. Yo NO SOLICITO IR A NINGÚN JUICIO.

Como dice el compañero anterior, otra cosa es que para hacer valer ese silencio positivo deba ir a un juzgado. Pero el párrafo, para mi, es claro cristalino
Francisco I
General de Brigada
General de Brigada
Mensajes: 6979
Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por edad
Ubicación: Sevilla

Re: COMPLEMENTOS POR MATERNIDAD PENSIONES CLASES PASIVAS

Mensaje por Francisco I »

Arquímedes escribió: Mié Feb 02, 2022 1:36 pm Llamarme raro, pero yo creo que le estamos dando muchas vueltas a algo que no tiene discusión.

En el escrito dice:

2.- El plazo máximo establecido para notificar la resolución expresa de dicha solicitud es de cuatro meses (artículo 2 del Real Decreto 1769/1994). El
cómputo de este plazo se inicia a partir de la fecha señalada en el punto número 1 de esta comunicación.
3.- Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado la resolución, podrá entenderse estimada la solicitud por silencio administrativo, en los términos previstos en el artículo 24 de la Ley 39/2015.

Por tanto, si yo solicito el Complemento de maternidad, con retroactividad e intereses legales, en caso de no contestar, esa solicitud se podrá entender estimada. Yo NO SOLICITO IR A NINGÚN JUICIO.

Como dice el compañero anterior, otra cosa es que para hacer valer ese silencio positivo deba ir a un juzgado. Pero el párrafo, para mi, es claro cristalino
Hay que leerse ese articulo 24, de principio a fin. Y es en su apartado 2 donde lo deja meridianamente claro y diáfano. Ademas de lo que previamente ha establecido al decir: " ...excepto cuando una norma con rango de ley establezca lo contrario..."
Lo dicho: El silencio positivo, en éste caso, solo sirve para darnos vía libre de acudir al Contencioso Administrativo.
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”