Información sobre embargos
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denegada rebaja de cuota de embargo por personas a cargo
Saludos
El Secretario del Juzgado me ha denegado la rebaja de cuota por cargas familiares ¿Es posible dicha denegación?
El Secretario del Juzgado me ha denegado la rebaja de cuota por cargas familiares ¿Es posible dicha denegación?
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Re: denegada rebaja de cuota de embargo por personas a cargo
ahora van mirando por los banco, cuantos niños tienes, la solucion es recurirlo, el aogado mio me a cobrado 150 euros por todo, si quieres me mandas un privado y te doy el tlf.Ramírez escribió:Saludos
El Secretario del Juzgado me ha denegado la rebaja de cuota por cargas familiares ¿Es posible dicha denegación?
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Re: Información sobre embargos
Hola. Soy nuevo usuario, varios años militar y ahora funcionario civil, y me gustaria contactar contigo porque me van a joder con los embargos. Pero no se como enviarte privado ni si se puede poner email aqui
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mparesp76 escribió:si tienes tres hijos al se familia numerosa puedes solicitar que te rebajen el embargo. ahora los acreedores que te queden a la cola y que se coma una mierd...,si quieres abre una cuenta a nombre de tus hijo y tu de autorizado y de hay no te toccan na, si quieres mandame un pribado y te explico el tema. un saludo y una mierd..., para el que se quiere aprobechar, otra cosa que te dijo por propia experiencia ,mi punto de vista en el juzgado tiene pinta de ir a favor de los acreedore por que para que hagan una cosa por ley le dan dos mil vuelta y es una verguenza que los abogados tenga que ir 2000 veces para haber que pasa cuando algunas cosas son administrativas y tardan 10 meses en contestarte. verguenza del juzgado civil. cuando es alreves tandan 2 dias parece que le pagan por embargarte.y uno encima quiere solucionarlo y no quieren y ahora que ven que va a cobrar una mierd... si quieren que se undan los banco y banqueros ladrones que han chupao del bote. bueno un saludo ny espero tu privado
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Re: denegada rebaja de cuota de embargo por personas a cargo
busca el abogado y que te lo reclame y eso es solo elevarlo mi abogada por uyn caso me a llevado por todo 150 euros si quieres te douy el tlf y llamas ella te lo hace todoRamírez escribió:Saludos
El Secretario del Juzgado me ha denegado la rebaja de cuota por cargas familiares ¿Es posible dicha denegación?
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Re: Información sobre embargos
Buenas, alguien sabe cómo funciona eso del embargo masivo de cuentas bancarias y si respetan los tramos del 607 al hacerlo.
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Re: Información sobre embargos
Por lo visto se hace el embargo masivo ese a través del punto neutro judicial. Tampoco sé muy bien de qué se trata. Y si los embargos de cuentas masivos son puntuales o permanentes.
Re: Información sobre embargos
Por debajo del Salario mínimo interprofesional, No te pueden embargar nada. El Salario M.I. creo recordar que esta en 735,60 Euros. Esos primeros 735,60 son inembargable. Referente al Articulo 607 del Codigo Civil solo te pueden ir embargando por tramos, ya es cuestión de que tu mire el Articulo 607 que habla sobre el SMI. Como embargo daran cuenta a tu pagaduria para que retengan la parte proporcional y lo pongan a disposición del Juzgado que corresponda. Como poderte embargar, te pueden embargar Sueldo, Pension, Declaracion de Renta, Saldos de las Cuentas Bancarias del cual seas titular el 50% y rastrearán todo lo referente a tu patrimonio con una aplicación que poseen los Juzgado. Por cierto la Secretaria Judicial no te va a tener en cuenta la Familia o la carga Familiar que tengas, porque la parte acreedora se va oponer y va ejecutar según Ley. Suerte
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Re: Información sobre embargos
MOLI gracias por contestar. Pero no era eso lo que preguntaba.
Esa aplicación de los juzgados que dices debe ser el Punto Neutro Judicial, que según parece cruza datos a mansalva con Hacienda, Seguridad Social, SEPE, y hasta con el planeta Marte, vamos.
Una de sus funciones se llama embargo masivo de cuentas, vamos que apretando un botón bloquean toda cuenta en la que figures, que supongo lo de la directiva europea de blanqueo de capitales fue la excusa con que se creó el fichero de titularidades bancarias, como si los millonazos que se mueven en negro estuvieran fuera de colchones y zulos y tal.
El caso es que dicen que ya no se hacen barridos puntuales como antes, sino que ahora son bloqueos rutinarios e indefinidos en toda regla, y eso que la ley prohibe embargar bienes cuya efectiva existencia no conste.
Pero quería saber si existe alguna norma concreta que regule esto, alguna orden de servicio, instrucción, circular o algo así para conocer más concretamente el funcionamiento de la aplicación y qué hacer ante un mal uso de la misma o mejor dicho prevenirlo, casos de traba de saldos que resulten de embargo en origen de salarios, etc.
Un saludo y gracias de antemano.
Seguro que CGSALA y MARESP controlan algo de esto. En su día hace años hablé con ellos de otros temas de embargos, y con uno de ellos hablé hasta por teléfono, pero he perdido el teléfono, me he tenido que registrar como si fuera nuevo por perder las claves y el sistema no me deja mandar privados. Marco, un saludo si me lees, que me serviste de mucha ayuda.
Esa aplicación de los juzgados que dices debe ser el Punto Neutro Judicial, que según parece cruza datos a mansalva con Hacienda, Seguridad Social, SEPE, y hasta con el planeta Marte, vamos.
Una de sus funciones se llama embargo masivo de cuentas, vamos que apretando un botón bloquean toda cuenta en la que figures, que supongo lo de la directiva europea de blanqueo de capitales fue la excusa con que se creó el fichero de titularidades bancarias, como si los millonazos que se mueven en negro estuvieran fuera de colchones y zulos y tal.
El caso es que dicen que ya no se hacen barridos puntuales como antes, sino que ahora son bloqueos rutinarios e indefinidos en toda regla, y eso que la ley prohibe embargar bienes cuya efectiva existencia no conste.
Pero quería saber si existe alguna norma concreta que regule esto, alguna orden de servicio, instrucción, circular o algo así para conocer más concretamente el funcionamiento de la aplicación y qué hacer ante un mal uso de la misma o mejor dicho prevenirlo, casos de traba de saldos que resulten de embargo en origen de salarios, etc.
Un saludo y gracias de antemano.
Seguro que CGSALA y MARESP controlan algo de esto. En su día hace años hablé con ellos de otros temas de embargos, y con uno de ellos hablé hasta por teléfono, pero he perdido el teléfono, me he tenido que registrar como si fuera nuevo por perder las claves y el sistema no me deja mandar privados. Marco, un saludo si me lees, que me serviste de mucha ayuda.
Re: Información sobre embargos
Pues la verdad que ahora te entiendo. A mi me dijo mi abogada que era ilegal por completo. De hecho por un problema que tuve, como consecuencia de un divorcio y la otra parte se declaró insolvente, fueron a por mi y efectivamente, mi abogada presentó un escrito ante el Juzgado y resolvió la Secretaria Judicial.SOQ escribió: ↑Mar Jul 24, 2018 12:06 pm MOLI gracias por contestar. Pero no era eso lo que preguntaba.
Esa aplicación de los juzgados que dices debe ser el Punto Neutro Judicial, que según parece cruza datos a mansalva con Hacienda, Seguridad Social, SEPE, y hasta con el planeta Marte, vamos.
Una de sus funciones se llama embargo masivo de cuentas, vamos que apretando un botón bloquean toda cuenta en la que figures, que supongo lo de la directiva europea de blanqueo de capitales fue la excusa con que se creó el fichero de titularidades bancarias, como si los millonazos que se mueven en negro estuvieran fuera de colchones y zulos y tal.
El caso es que dicen que ya no se hacen barridos puntuales como antes, sino que ahora son bloqueos rutinarios e indefinidos en toda regla, y eso que la ley prohibe embargar bienes cuya efectiva existencia no conste.
Pero quería saber si existe alguna norma concreta que regule esto, alguna orden de servicio, instrucción, circular o algo así para conocer más concretamente el funcionamiento de la aplicación y qué hacer ante un mal uso de la misma o mejor dicho prevenirlo, casos de traba de saldos que resulten de embargo en origen de salarios, etc.
Un saludo y gracias de antemano.
Seguro que CGSALA y MARESP controlan algo de esto. En su día hace años hablé con ellos de otros temas de embargos, y con uno de ellos hablé hasta por teléfono, pero he perdido el teléfono, me he tenido que registrar como si fuera nuevo por perder las claves y el sistema no me deja mandar privados. Marco, un saludo si me lees, que me serviste de mucha ayuda.
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Re: Información sobre embargos
Buenas ya estoy aqui. Si quieres te ayudo mandame un mail al anavane_76@hotmail.es. y ya hablamos.
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Re: Información sobre embargos
para evitar que te embarguen el dinero de la cuenta has de presentar un escrito en el juzgado alegando que la cuenta donde tienes saldo es donde cobras las retribuciones. No te embargan por mucho que digan los acreedores. te pediran los movimientos para comprobarlo
Re: Información sobre embargos
No estas en lo cierto, en los embargo se puede embargar todo excepto el salario mínimo interprofesional hasta remate del mismo. Osease hasta completar la totalidad de la deuda, más costas e intereses. Cuales son las propiedades que no se pueden embargar. El Salario M.I,las herramientas de su profesión y poco más.Viene recogido en el Articulo 607 del Código Civil.Honorus maximus escribió: ↑Mié Jul 25, 2018 5:05 pm para evitar que te embarguen el dinero de la cuenta has de presentar un escrito en el juzgado alegando que la cuenta donde tienes saldo es donde cobras las retribuciones. No te embargan por mucho que digan los acreedores. te pediran los movimientos para comprobarlo
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Re: Información sobre embargos
como que no estoy en lo cierto? querras decir que no lo has hecho tu. yo lo he hecho.Fui al abogado, le comente que solo tenia una cuenta y que era donde recibía la nomina para hacer un escrito para que no me embargaran el saldo de la cuenta tambien. El juzgado me pidio los movimientos de la cuenta para comprobar que lo que decia era cierto. y no me han quitado saldo desde entonces. Se paraliza hasta lo del punto neutro judicial. Ademas contestaron rapido.
un saludo
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Re: Información sobre embargos
y en cuanto a las costas es un tema relativo tambien. si no las puedes pagar haces un escrito al juzgado(con abogado obviamente) y no te las cobran. Lo que puede el acreedor es solicitar otro embargo. La ley es para todos no solo para el acreedor.
espero haber sido de ayuda.
Un saludo
espero haber sido de ayuda.
Un saludo