RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVIDUAL

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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URSULA
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RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVIDUAL

Mensaje por URSULA »

Buenos dias compañer@s, no se si este es el apartado adecuado para formular mi duda, lo he puesto aqui pues considero que puede ser de interes para persona que pase a retiro y se vea en la misma disyuntiva.
Me gustaria saber si algun@ de vosotr@s, os habeis visto en un caso similar al mio que os expongo a continuación:
Como ya sabeis tenemos un Fondo de Pensiones colectivo de la A.G.E el cual podemos rescatar del BBVA una vez pasamos a retiro, pues bien en mi caso como creo que muchos de vosotros tengo a parte un Plan de Pensiones individual al que hago aportaciones mensuales.
Cuando pasé a retiro intente traspasar el F.P BBVA al P.P que tengo en otra entidad y me dijeron que las clausulas del mismo solo permitian el rescate del Fondo y que posteriormente podria hacer con ese capital una aportacion extraordinaria al otro plan de pensiones.
Como esto no me convencio del todo me fui a Delegacion de Hacienda y expuse mi caso, contestandome estos que los Planes no eran vinculantes entre si y que el de BBVA lo rescataba por la contingencia de jubilacion y para el de la otra entidad me quedaban las contingencias de incapacidad y dependencia.
Dicho esto me voy a mi entidad les comunico todo, estos me afirman lo mismo que no es vinculante y ordeno transferencia.
En el momento que les llega la trasferencia me dicen para sorpresa mia que han elevado mi consulta a la Gestora del plan y le contestan que todas las oportaciones realizadas desde el rescate del Plan BBVA pasan a la contingencia de fallecimiento, metiendome tres contigencias de rescate en una un agravio comparativo enorme respecto con cualquier otro participe que si le diferencian dos contigencias, ya que yo he recatado por jubilacion y no volveria a hacerlo por lo mismo
Ejemplo: persona con dos planes de pensiones que sufre incapacidad permanente pero sigue trabajando rescata el plan de su entidad por la contingencia de discapacidad y a la edad de jubilacion rescata el del BBVA.
Tras leerme condicionado de los planes y leyes al respecto creo que llevo razon, por lo que he realizado consulta al Defensor del Participe y a la DIreccion General de Seguros y Fondos de Pensiones sin obtener aun respuesta habiendose cumplido plazos.
Dicho todo esto me gustaria saber si alguien se ha visto en la misma situacion, que resolucion le ha dado su entidad, lo puede rescatar por la contigencia de discapacidad cuando quiera o pasa a fallecimiento como me dicen a mi?
Gracias, un saludo.-
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trasgu123
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por trasgu123 »

Hay que rescatarlos, Si no pasan a "fallecimiento", asi me lo dijeron a mi en la Kutxa que era donde tenia el Plan de Pensiones mas grande, y asi lo hice.
juans
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por juans »

Toda esa materia es muy complicada y además ha sufrido cambios con el tiempo.
Pongo el enlace a una consulta de la DG de Seguros. Aunque tiene su miga y por tanto es recomendable su lectura con calma y concentración, yo interpreto que es posible que, en el otro plan, queden las contingencias de incapacidad y dependencia siempre que así se prevea en sus condiciones.
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URSULA
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por URSULA »

Muchisimas gracias a los dos, a ti trasgu123 decirte que mi caso mas clavado al tuyo imposible, ya que el otro plan que tengo es de la kutxa y me dicen lo mismo que a ti, rescatar los dos,
El motivo por el que no lo hice y me interesa seguir aportando, es porque la hipoteca la tengo vinculada con este y si no quiero se me dispare el diferencial.
Por lo que a ver si tengo suerte, si no la unica salida que se me ocurre es rescatarlo y abrir un plan a mi pareja para cumplir la vinculacion,
A ti juans, decirte que esa contestacion es una de la que he leido de las que tiene colgadas la DGSFP y a mi humilde entender yo interpreto que si tendriamos derecho a seguir aportando a ver que me contestan.
Un saludo.-
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trasgu123
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por trasgu123 »

Yo oido lo que me dijeron en la kutxa, rescate los dos: El del ministerio en el BBVA y el particular mio en la Kutxa. Mas vale pajaro en mano que .....
Estovamal
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por Estovamal »

Hola:
Creo que lamentablemente la has pifiado, esa pasta queda, “pignorada”, a disposición del gestor del fondo, hasta que tus herederos la reclamen y paguen, en su momento, esos “pequeños impuestitos de nada” a los que no se suele hacer referencia a la hora de endosarlos y si demasiada a las “desgravaciones” de las cantidades aportadas.
Sé que es largo pero os relatare escuetamente mi caso. Ante la intensa propaganda de los “Fondos de Pensiones” (aun vigente), a principios de los 80, constituí uno a mi nombre, con aportaciones mensuales, aconsejado por el director de la sucursal bancaria en el que confiaba, a los dos años mas o menos, en la misma entidad, pensamos constituir otro similar a nombre de mi esposa, durante la conversación previa, me percate por casualidad de cosas que desconocía y creía imposibles e inauditas, era ni más ni menos el “secuestro” de mi pasta, por la gestora del fondo, hasta mi jubilación o fallecimiento, existiese la necesidad que existiese en mi familia.
Ante esto empecé a hacer preguntas, dejando de escuchar “milongas”, pregunte, ya creo que pregunte, como mi interlocutor trataba por todos los medios posibles, de “venderme” lo de la desgravación fiscal de las aportaciones, hice hincapié en las condiciones reales del rescate llegado el momento, por lo que no le quedo más remedio que decirme que la cantidad acumulada estaba sujeta a IRPF (cuyos tipos en aquella época nada tenían que ver con los actuales) y otros posibles impuestos (patrimonio, sucesiones, etc.), que si bien son duros por jubilación, lo son aun mas por herencia. Ante perspectiva tan “halagüeña”, sobra decir que no solo no contrate el nuevo, sino que deje de hacer aportaciones mensuales al que ya tenía.
El montante de la “pignoración” ascendía a unas 300.000 Ptas. (1.800 €), con las que perfectamente podía haber comprado un plaza de garaje, la cual habría estado a mi disposición de surgir necesidad económica con la posibilidad de rentar algún dinerillo, cosa que hice posteriormente para mi uso, con un coste ligeramente inferior y que hace cuatro años (después de utilizarla durante 30), vendí por 26.000 €, al cambiar mi residencia.
Posteriormente, como de todos es sabido, a todos funcionarios como “gran beneficio” el gobierno de turno nos “aseguro” con un magnífico Plan de Pensiones al que no aporte, por supuesto, ni un € mas.
A mi Retiro por incapacidad, lo primero que hice fue rescatar ambos planes, porque la astronómica cantidad aproximada (no llego pero seré generoso) de 2.000 € el privado y el oficial 1.700 € (creo que las ”obligadas” aportaciones han sido superiores), eso si no se me ha olvidado declararlos en el IRPF que ya tenía noticias Hacienda de ello.
Perdonar mi larga exposición sobre el tema, que cada cual saque la conclusión que más le interese sobre “Planes de Pensiones”, un saludo.
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por juans »

En mi opinión, los planes de pensiones ni son tan buenos como nos los han querido vender en su momento ni son tan malos ... malísimos.
La ventaja fiscal está en que se aplaza su tributación y que hasta una cierta fecha tuvieron la reducción del 40% si el rescate era en forma de capital (en el País Vasco así continúan). A partir de ahí, el análisis de si son o no interesantes solamente lo puede hacer cada uno ya que entran en juego muchos aspectos a considerar.
Si son mejores las inversiones inmobiliarias es algo que también resulta discutible, basta ver lo que les está pasando a muchos actualmente.
En resumen, en esto lo único cierto es que la banca siempre gana.
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trasgu123
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por trasgu123 »

A ello habria que añadir que desde los 80 hasta el presente, la normativa de los Planes ha cambiado en varios aspectos. Entre otros el del rescate que antes solo se podia hacer por jubilacion o fallecimiento y ahora, ademas de lo anterior, tambien se puede por enfermedad grave, paro de larga duracion, etc.
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por juans »

Totalmente cierto. Además, en las EPSV del País Vasco, cabe el rescate por el transcurso de 10 años.
Estovamal
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Re: RESCATE F.PENSIONES A.G.E Y POSTERIOR P.PENSIONES INDIVI

Mensaje por Estovamal »

Estoy de acuerdo con lo que exponéis, cada persona es un mundo y ese mundo a él solo le corresponde juzgar, pues su forma de vida es suya y por supuesto solo él conoce en su integridad su problemática.
Solo he expuesto mi experiencia, que como ha quedado claro ha sido un tanto desafortunada en lo que a Planes de Pensiones se refiere.
Desde esa perspectiva, personalmente en su día confeccione, con mayor o menor acierto, mi propio Plan de Pensiones, para tener la libertad de gestionar y hacer uso de mis ahorros cuando así lo he necesitado sin tener que depender de circunstancias extremas ni demás zarandajas.
Cada época he tenido mi forma y manera de hacerlo conforme a mis posibilidades, necesidades y circunstancias, pero solo mías de nadie más.
Analicémoslo, ¿Que es un Fondo de Pensiones?, en mi ignorante forma de entenderlo, ni más ni menos que un fondo monetario, puesto a disposición de unos gestores (que no lo hacen gratis marcándose ellos sus sueldos, prebendas y gratificaciones), que lo invierten mayoritariamente en diferentes productos financieros, conforme a intereses de política empresarial y/o estatal (un claro ejemplo de tirar con pólvora ajena).
Desde esta premisa, tratando de diversificar riesgos siempre, mis pocos ahorros, los he invertido en algún inmueble de mínimo riesgo (comprando y vendiendo según mi interés), acciones (pocas, de empresas elegidas por mí), fondos de renta fija y/o variable (controlando su evolución para salir si pintan bastos), imposiciones a plazo (el efectivo, donde más interés me ofreciesen), deuda del estado (si podía y sus condiciones interesaban), etc. Formula que en teoría, es lo que hace cualquier Fondo de Pensiones, con la ventaja de que siempre he tenido control sobre mi patrimonio, cosa que en sus manos está sujeta a unas condiciones muy restrictiva, salvo para aportar más fondos.
La legislación anterior, presente y futura, de estos fondos en España, está basada en las propuestas e interés propio de los Gestores (que en sus consejos de administración acogen a las grandes mentes privilegiadas de quienes legislaron), quienes propondrán su modificación cuando alguno de sus intereses consideren amenazado, sin que sus participantes tengan voz ni voto salvo el de llevarlo a otro Gestor (otro perro con el mismo collar).
En cuanto a Hacienda, puede que sea más ventajosa…o ….. (como suele decirse) ….no, eso solo se sabe cuando se rescata y entonces ya es….demasiado tarde, así que yo he ido pagando año a año lo que me ha correspondido y ahora no tengo ni espero dejar “deudas” pendientes …… con esa señora.
Saludos.
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