MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.
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MODIFICACIÓN LEY 35/2006 Y RD 439/2007 DEL IRPF.
Buenas tardes:No entiendo que quiere decir el articulo 7.6 , si alguien me puede aclarar ,si estamos exentos de hacer la declaracion de la renta o que en nomina no descuentan nada.Gracias.
Rentas exentas tras la reforma del IRPF
Tras la reforma del IRPF que ha eliminado los beneficios fiscales que tenían algunas indemnizaciones o rentas, como la cuantía percibida por un despido o los dividendos, todavía existen algunas rentas exentas del pago de impuestos. Se mantienen por tanto libres de impuestos las indemnizaciones de terrorismo, guerra civil o daños personales, entre otros.
La lista es extensa, a continuación se detallan algunos de los pagos que percibe el contribuyente que todavía no han abandonado sus beneficios fiscales. Hay que tener en cuenta que muchos de ellos incluyen una serie de requisitos que hay que cumplir para no considerar dichos pagos hechos imponibles en el impuesto.
De forma resumida, sí existen bastantes pagos exentos en IRPF, casi todos ellos recogidos en el artículo 7 de la ley del impuesto. En el manual de la renta de la AEAT aparece también la relación.
La Ley del IRPF declara exentas determinadas rentas, es decir, las contempla en su hecho imponible pero no las grava. Dichas rentas las siguientes:
6. Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas.
Rentas exentas tras la reforma del IRPF
Tras la reforma del IRPF que ha eliminado los beneficios fiscales que tenían algunas indemnizaciones o rentas, como la cuantía percibida por un despido o los dividendos, todavía existen algunas rentas exentas del pago de impuestos. Se mantienen por tanto libres de impuestos las indemnizaciones de terrorismo, guerra civil o daños personales, entre otros.
La lista es extensa, a continuación se detallan algunos de los pagos que percibe el contribuyente que todavía no han abandonado sus beneficios fiscales. Hay que tener en cuenta que muchos de ellos incluyen una serie de requisitos que hay que cumplir para no considerar dichos pagos hechos imponibles en el impuesto.
De forma resumida, sí existen bastantes pagos exentos en IRPF, casi todos ellos recogidos en el artículo 7 de la ley del impuesto. En el manual de la renta de la AEAT aparece también la relación.
La Ley del IRPF declara exentas determinadas rentas, es decir, las contempla en su hecho imponible pero no las grava. Dichas rentas las siguientes:
6. Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas.
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Re: Reforma IRPF.
Significa que esas rentas no están sujetas a tributación por IRPF, y por tanto también quedan libres de retenciones a cuenta de dicho impuesto.
El que se tenga que hacer o no la Declaración de Renta, no está relacionado únicamente con esas rentas. Si sólo se tienen esos ingresos, no hay que hacerla, pero si se tienen otros ingresos ya dependerá de las cantidades y demás circunstancias.
El que se tenga que hacer o no la Declaración de Renta, no está relacionado únicamente con esas rentas. Si sólo se tienen esos ingresos, no hay que hacerla, pero si se tienen otros ingresos ya dependerá de las cantidades y demás circunstancias.
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Re: Reforma IRPF.
Para el 2015 ya no nos retienen IRPF ?Francisco I escribió:Significa que esas rentas no están sujetas a tributación por IRPF, y por tanto también quedan libres de retenciones a cuenta de dicho impuesto.
El que se tenga que hacer o no la Declaración de Renta, no está relacionado únicamente con esas rentas. Si sólo se tienen esos ingresos, no hay que hacerla, pero si se tienen otros ingresos ya dependerá de las cantidades y demás circunstancias.
Un Saludo
- sargentodehierro
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Re: Reforma IRPF.
Yo la verdad que no he visto nada de eso en el anteproyecto de ley.
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Re: Reforma IRPF.
Sargento de hierro lo he leido de la pagina principal de esta web en ultimas noticias , yo tampoco tenia ni idea por eso pregunte.Un saludo.
- ElTopo51
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Re: Reforma IRPF.
En 2015, en principio, seguirá vigente lo actual, ya que el Anteproyecto de Modificación no afecta en nada a lo ya legislado en esta materia. No hay nada nuevo al respecto.Bripac76 escribió:
Para el 2015 ya no nos retienen IRPF ?
Un Saludo
Por tanto, en lo referente a rentas exentas del impuesto y en consecuencia también en cuanto a retenciones, seguiremos sujetos a lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Artículo 7 .Letra g) Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, siempre que la lesión o enfermedad que hubiera sido causa de aquéllas inhabilitara por completo al perceptor de la pensión para toda profesión u oficio.
Saludos cordiales. Topo.
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Re: Reforma IRPF.
Buenas tardes, como es mi primer mensaje me presento. Mi nombre es Ricardo. Resido en Málaga, la bella. Perdí la vista en acto de servicio en el 84 en San Gregorio. Y dicho esto, creo que la situación sigue igual, Cuando dice que nuestras pensiones se contemplan en su hecho imponible quiere decir que cuando tengamos que realizar la declaración de renta, hay que declararlas, aunque no se nos retiene nada, ni se nos grava, ni se suma su total a los demás ingresos declarados. Aprovecho para felicitar a los moderadores y administrador por su excelente gestión, y a todos aquellos usuarios del foro que me han dado respuestas a través de consultas de terceros. Salud.
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Re: Reforma IRPF.
Simplemente indicar que, por lo general, las rentas exentas no hay que declararlas.
- sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
Hoy se ha publicado en el BOE Núm. 288 de 28 de noviembre de 2014:
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.
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Un saludo.
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.
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- Suboficial Mayor
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
Buenas tardes:
¿¿entonces entiendo que el articulo 7.6 de la ley 35/2006 no se modifica en nada no??,
¿¿y si entonces estan exentas de tributar por IRPF , no tendrian que descontarnos nada de la nomina no???.
Que lio!!!!!.Un saludo.
¿¿entonces entiendo que el articulo 7.6 de la ley 35/2006 no se modifica en nada no??,
¿¿y si entonces estan exentas de tributar por IRPF , no tendrian que descontarnos nada de la nomina no???.
Que lio!!!!!.Un saludo.
- sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
En lo que afecta a los pensionistas de clases pasivas no. Si tu pensión esta exenta del IRPF lógicamente no tendrás retención en la pensión.
Un saludo
Un saludo
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- Suboficial Mayor
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
Ni pension es por incapacidad permanente total como ocurrida en acto de servicio, ¿¿¿entiendo entonces que debo reclamar en clases pasivas que mi nomina no le apliquen el descuento de irpf , que le estan aplicando ahora ,el cual asciende al 18%????para asi poder cobrar el tope de 2554,60 todos los meses.
Un saludo.
Un saludo.
- sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
Si no estás incapacitado para toda profesión u oficio tu pensión seguirá estando sujeta al IRPF.
Un saludo.
Un saludo.
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- Situacion: Retiro por incapacidad
IRPF 2015 «BOE» núm. 288, de 28 de noviembre de 2014
Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?i ... 2014-12327
Un Saludo a tod@s
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Un Saludo a tod@s
- sargentodehierro
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Re: MODIFICACIÓN LEY 35/2006 DEL IRPF.
Hoy se ha aprobado en el Consejo de MInistros:
REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
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REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de pagos a cuenta y deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo.
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