Incapacidad permanente absoluta e IRPF

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Francisco I
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por Francisco I »

josejuan escribió:Pues no es por crear polémica pero cuando me reconocieron el grado de discapacidad en mi comunidad autónoma, no me acuerdo en que mes fue, ese año declaré como trabajador discapacitado todo el año, no hice distinción entre los meses anteriores al reconocimiento y los siguientes al reconocimiento.
Es más, creo que si pasas al retiro por falta de facultades psicofísicas en diciembre puedes declarar todo ese año como discapacitado.
Saludos.
Es que no es lo mismo. Una cosa es la circunstancia personal, que esa es la que se tiene a 31 de diciembre del ejercicio fiscal; y otra muy distinta es la consideración tributaria de los ingresos obtenidos, que esos son los que les correspondan según el día en el que se perciban.
No hay polémica.
Saludos
remedios
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por remedios »

Perdonar por el tiempo, pero no he podido entrar hasta ahora. En primer lugar daros las gracias a todos por vuestra información que me ha servido de mucho. Os cuento.....he pasado por hacienda para hacer la consulta fiscal.....el funcionario que me atendió, al parecer está bastante informado al respecto, y me dijo que en clases pasivas la ley no contempla la exención de la absoluta por agravamiento, ni siquiera cuando la enfermedad o lesión sea la misma que motivó su pase a retiro, incluso si fue en acto de servicio. Tambien me dijo que a la incapacidad absoluta no se le presupone un 65% mínimo de grado de discapacidad, que puede ser mayor o menor. Me dijo que si declaraba lo anterior cometería una infracción y tendría que pagar las consecuencias, una buena multa -nj . Me recomendó que pasara reconocimiento en el centro de valoración de la comunidad autónoma y ver si alcanzaba el 65%.
Es verdad que el apartado g) del articulo 7 de la ley del IRPF puede dar lugar a diferentes interpretaciones según he leído por la web, así que he decidido presentar mi renta declarando toda la pensión y poner solo una discapacidad superior al 33%, y después de presentar la renta hacer la consulta por escrito a la Agencia Tributaria, para que quede constancia de su respuesta y así evitar riesgos.
Una pregunta.....después de las vueltas que se le lleva dando a este tema desde hace años.....¿no tenemos referencia de alguien que haya hecho ya la consulta a la Agencia Tributaría? Es de suponer que sí, pero me quiero referir a que lo haya publicado. Muchas gracias de nuevo a todos.
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trasgu123
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por trasgu123 »

Creo recordar que hace tiempo alguien consulto lo mismo y la respuesta fue que la incapacidad psicofisica es la existente en la fecha de concesion de la pension.
elcalvario
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por elcalvario »

Al parecer hay que ir al ISFAS para pasar nuevo tribunal si uno ya esta retirado.Saludos
PABLE-T
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por PABLE-T »

remedios escribió:Perdonar por el tiempo, pero no he podido entrar hasta ahora. En primer lugar daros las gracias a todos por vuestra información que me ha servido de mucho. Os cuento.....he pasado por hacienda para hacer la consulta fiscal.....el funcionario que me atendió, al parecer está bastante informado al respecto, y me dijo que en clases pasivas la ley no contempla la exención de la absoluta por agravamiento, ni siquiera cuando la enfermedad o lesión sea la misma que motivó su pase a retiro, incluso si fue en acto de servicio. Tambien me dijo que a la incapacidad absoluta no se le presupone un 65% mínimo de grado de discapacidad, que puede ser mayor o menor. Me dijo que si declaraba lo anterior cometería una infracción y tendría que pagar las consecuencias, una buena multa -nj . Me recomendó que pasara reconocimiento en el centro de valoración de la comunidad autónoma y ver si alcanzaba el 65%.
Es verdad que el apartado g) del articulo 7 de la ley del IRPF puede dar lugar a diferentes interpretaciones según he leído por la web, así que he decidido presentar mi renta declarando toda la pensión y poner solo una discapacidad superior al 33%, y después de presentar la renta hacer la consulta por escrito a la Agencia Tributaria, para que quede constancia de su respuesta y así evitar riesgos.
Una pregunta.....después de las vueltas que se le lleva dando a este tema desde hace años.....¿no tenemos referencia de alguien que haya hecho ya la consulta a la Agencia Tributaría? Es de suponer que sí, pero me quiero referir a que lo haya publicado. Muchas gracias de nuevo a todos.
Entonces, que ventaja tiene pedir revisión por agravamiento y que te concedan la absoluta??
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por zuku »

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PABLE-T
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Re: Incapacidad permanente absoluta e IRPF

Mensaje por PABLE-T »


Muchísimas gracias ZUKU! no habia visto este tema. Un saludo
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