APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION CP

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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estrello
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APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION CP

Mensaje por estrello »

A un funcionario estatal de carrera ingresado en 1976, que pasará a Retirado por edad en 2020, en el mismo Cuerpo pero distintas escala, habiendo pertenecido a varios Grupos retributivos:
C (mas de 10 años); B y subgrupo A2 por aplicación del RD LEY 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera, al no alcanzar los 35 años de servicio en este ultimo subgrupo A2, le serán detraídos del grupo inicial C diez años y añadidos al subgrupo A2 a la hora de fijar su haber regulador y calcular su pensión de Clases pasivas, de acuerdo con lo previsto en la Disposición Transitoria primera del Texto refundido de la Ley de Clases pasivas referido a cambio de Cuerpo a otro de índice de proporcionalidad distinto antes de 1 de enero de 1985 -
Francisco I
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por Francisco I »

Gracias. Ese asunto ya ha sido tratado varias veces y creo que casi todo el mundo lo tendrá claro. En todo caso; gracias por confirmarnoslo.
estrello
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por estrello »

Francisco I:
Siento no haberme expresado bien, el caso es que yo no lo tengo claro, y no afirmo en mi mensaje, al contrario preguntaba si es de aplicación para este tipo de situaciones, pero no consigné signos de interrogación ya que hay algunos foros que al enviar mensajes con estos rechazan el envío, así que sigo con la duda por si alguien me puede aclarar que le haya sido aplicado en los últimos tiempos o conozca algún compañero al que se lo hayan aplicado recientemente.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por Francisco I »

Ese ya es otro planteamiento. La respuesta es SÍ. A mi mismo se me ha aplicado en toda su extensión esa mejora de los 10 años; y mi caso es muy similar al que usted expone.
En 1975 yo era del grupo D, (en aquellas fechas indice 4) en 1977 pasé al grupo C, entonces indice 6; en 1996 pasé al A-2 y en 2008 al A-1. Y cuando me he retirado por edad en 2016, se me han tenido en cuenta 19 años de A-1, 12 años de A-2 y 10 años de C-1. Todo ello de oficio y sin tener que reclamar nada.

NOTA: No se aplica si el retiro es voluntario.
josejuan
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por josejuan »

Pues yo no lo veo tan claro, si el funcionario en cuestión estuvo más de 10 años en el grupo retributivo c e ingresó en 1976 y no hizo ningún cambio de grupo en ese periodo hasta 1985.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por trasgu123 »

Efectivamente, tiene que haber un cambio con fecha tope 31 de diciembre de 1984. Dicho esto, que yo recuerde los que cambiaron de grupo en aplicacion del Real Decreto-ley 12/1995, fueron Militares, GC y PN y se me hace muy raro que alguno de ellos haya ingresado directamente en el grupo C en 1976.

Yo ingrese en 1978 y lo hice en el grupo E, pasando en 1980 al C.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por Francisco I »

josejuan escribió:Pues yo no lo veo tan claro, si el funcionario en cuestión estuvo más de 10 años en el grupo retributivo c e ingresó en 1976 y no hizo ningún cambio de grupo en ese periodo hasta 1985.
Atendiendo a la literalidad de la famosa Disposición Transitoria primera, es verdad que la cosa no está clara.
En primer lugar no queda claro cuantos años se pueden canjear, puesto que dice " hasta un máximo de 10 años de los servidos en el grupo inferior" pero no tienen porqué ser siempre los diez años, si por ejemplo se tienen solo 8 años de un grupo y el resto de otro superior.
En segundo lugar, se exige que el cambio se haya producido por ascenso, ( no por reclasificación de oficio, que fue lo que hicieron en 1996 ) y antes del año 1985; lo cual empieza a ser excluyente y en la práctica irá desapareciendo. ¿ Qué ocurriría con un funcionario que ingresara en el grupo A-2 en el año 1980, ( en ese año se denominaba índice 8) y cambiara al grupo A-1, ( índice 10) en 1986 ?

Que yo sepa, al menos en las FAS están cortando por derecho y concediendo los 10 años a todo el que cumple con la condición de haber cambiado de grupo antes de 1985; sin mirar nada mas; pero eso no tiene porqué ser así en todos los ministerios, ni continuar siéndolo con los recortes y las "afinaciones".

Nota: Ignoro porqué coño sale un muñeco donde yo he escrito el dígito ocho.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por trasgu123 »

La esencia de las Disposiciones Transitorias es que su vigencia finiquita con el paso de XXX tiempo. En este caso la fecha de fin de la vigencia esta muy clara, el 31 de diciembre de 1984.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por estrello »

Como Militar hasta 1975 en los empleos de Soldado a Cabo 1º, se habían prestado servicios durante 20 meses y actualmente en la nomina figuran de abono un total de trece Trienios, en los subgrupos que se especifican :

A2 7

C1 1

C2 5

Si como observo en anteriores comentarios en periodo similar se han aplicado los repetidos diez años de cambio, creo que en el caso expuesto aun sobran 5 años en el grupo C2 y que desde el ultimo trienio reconocido y abonado, se pueden acumular unos 5 años mas en el subgrupo A2, que salvo error para el haber regulador podrían ser un total de 36 años, es decir 10 añadidos y 26 de permanencia real en este Subgrupo
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por trasgu123 »

Olvidate de que te sumen años al grupo A2 (antes B), te los sumaran al C1 (antes C). Aqui se explica detalladamente el porque

viewtopic.php?f=2&t=9007
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió:Olvidate de que te sumen años al grupo A2 (antes B), te los sumaran al C1 (antes C). Aqui se explica detalladamente el porque

viewtopic.php?f=2&t=9007
No había leído antes el hilo correspondiente al enlace que nos pones; en él se afirma que no existía el Grupo B en la FAS, antes de 1985. Creo que eso no es cierto. Los Brigadas ATS de aquellos años tenían el índice 8, que corresponde con el actual A-2 pero que antes fue B. Ahora es cuando no existe el B en las FAS.

En cualquier caso, la DT1ª no especifica exactamente a que grupo se añaden los 10 años; sino que dice que se pasarán de grupo menor al grupo mayor de los que se hayan alcanzado.
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Re: APLICACION DIEZ AÑOS GRUPO RETRIBUTIVO SUPERIOR PENSION

Mensaje por trasgu123 »

Pues asi es como lo estan aplicando los muy . . . . . . Lo ponen muy claro en el señalamiento de pension que te manda a casa Defensa.
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