SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

ItineranteCivico
Alferez
Alferez
Mensajes: 247
Registrado: Mié Mar 10, 2021 10:02 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por ItineranteCivico »

zuku escribió: Lun Abr 12, 2021 10:45 pm Que no os queda duda, los que no tenéis resolución de CP, SS, o TEAC y habéis entrado por la portañica en la AEAT, por muchas alegaciones que os pidan , acabaréis en el TEAR. La AEAT no se moja sin una res. de algún organismo, y el acta de la JMP no les sirve, no se quieren pillar los dedos, ni jugarse su louchiño :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Y estáis de suerte porque os ahorráis el Contencioso con CP, de una forma u otra lo tenéis ganado, pero el TEAR es de gratis y lo otro NO
Vamos a ver Zuku si conmigo salimos de dudas, yo voy con la Res de CP, y a ver con que nos salen :mrgreen:
Dani35
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 117
Registrado: Jue Mar 18, 2021 10:07 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Dani35 »

zuku escribió: Lun Abr 12, 2021 10:45 pm Que no os queda duda, los que no tenéis resolución de CP, SS, o TEAC y habéis entrado por la portañica en la AEAT, por muchas alegaciones que os pidan , acabaréis en el TEAR. La AEAT no se moja sin una res. de algún organismo, y el acta de la JMP no les sirve, no se quieren pillar los dedos, ni jugarse su louchiño :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Y estáis de suerte porque os ahorráis el Contencioso con CP, de una forma u otra lo tenéis ganado, pero el TEAR es de gratis y lo otro NO
Eres un crack, lo que mi primer abogado no vio, tu ya lo tienes claro. Esa es la vía, podemos entrar todos , aunque ahora haya que ir al contencioso, la vía es abrir la puerta de la AEAT, y de ahí al tear, y porsupuesto saltandote el de reposición, que es una pérdida de tiempo, bien pensado y efectuado. El tear no va a contravenir al teac. Tengo envidia sana de los que vais con este señor, ya no por lo gratis, que al final es lo de menos, sino, porque lo tenéis aquí 24 horas y le podéis consultar cuando queráis y lo mejor? Que os contesta rápido. Lo abogados , al menos el mio, tenía que mandarle un correo, ah y me contestaba a los dos días, diciendo, que se pondría en contacto conmigo en breve, eso eran unos 5 o 10 días. No todos son así eh, el último último he llevado , un fenómeno.
remedios
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 957
Registrado: Jue Jun 11, 2015 6:43 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 10:31 am
zuku escribió: Lun Abr 12, 2021 10:45 pm Que no os queda duda, los que no tenéis resolución de CP, SS, o TEAC y habéis entrado por la portañica en la AEAT, por muchas alegaciones que os pidan , acabaréis en el TEAR. La AEAT no se moja sin una res. de algún organismo, y el acta de la JMP no les sirve, no se quieren pillar los dedos, ni jugarse su louchiño :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Y estáis de suerte porque os ahorráis el Contencioso con CP, de una forma u otra lo tenéis ganado, pero el TEAR es de gratis y lo otro NO
Eres un crack, lo que mi primer abogado no vio, tu ya lo tienes claro. Esa es la vía, podemos entrar todos , aunque ahora haya que ir al contencioso, la vía es abrir la puerta de la AEAT, y de ahí al tear, y porsupuesto saltandote el de reposición, que es una pérdida de tiempo, bien pensado y efectuado. El tear no va a contravenir al teac. Tengo envidia sana de los que vais con este señor, ya no por lo gratis, que al final es lo de menos, sino, porque lo tenéis aquí 24 horas y le podéis consultar cuando queráis y lo mejor? Que os contesta rápido. Lo abogados , al menos el mio, tenía que mandarle un correo, ah y me contestaba a los dos días, diciendo, que se pondría en contacto conmigo en breve, eso eran unos 5 o 10 días. No todos son así eh, el último último he llevado , un fenómeno.
Anda que no!!! Yo estuve un mes esperando a que el abogado mirara lo mío y desistí, pues no había forma de comunicarse con él por ningún medio; eso es lo que tienen los abogados buenos, que están muy solicitados; así que cuando el amigo Zuku me dijo que me despreocupara, que el me ayudaría a sacar esto adelante, no veas la paz y tranquilidad que me transmitió, que descanso!!! Zuku no es abogado, pero de este proceso sabe y aparte, es muy servicial, es un gran tipo aunque él no se lo termine de creer, jeje.
-groupwave
"Poco a poco hila la vieja el copo"
Jilary
Alferez
Alferez
Mensajes: 229
Registrado: Dom Ene 03, 2021 11:07 am
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Jilary »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 10:31 am
zuku escribió: Lun Abr 12, 2021 10:45 pm Que no os queda duda, los que no tenéis resolución de CP, SS, o TEAC y habéis entrado por la portañica en la AEAT, por muchas alegaciones que os pidan , acabaréis en el TEAR. La AEAT no se moja sin una res. de algún organismo, y el acta de la JMP no les sirve, no se quieren pillar los dedos, ni jugarse su louchiño :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Y estáis de suerte porque os ahorráis el Contencioso con CP, de una forma u otra lo tenéis ganado, pero el TEAR es de gratis y lo otro NO
Eres un crack, lo que mi primer abogado no vio, tu ya lo tienes claro. Esa es la vía, podemos entrar todos , aunque ahora haya que ir al contencioso, la vía es abrir la puerta de la AEAT, y de ahí al tear, y porsupuesto saltandote el de reposición, que es una pérdida de tiempo, bien pensado y efectuado. El tear no va a contravenir al teac. Tengo envidia sana de los que vais con este señor, ya no por lo gratis, que al final es lo de menos, sino, porque lo tenéis aquí 24 horas y le podéis consultar cuando queráis y lo mejor? Que os contesta rápido. Lo abogados , al menos el mio, tenía que mandarle un correo, ah y me contestaba a los dos días, diciendo, que se pondría en contacto conmigo en breve, eso eran unos 5 o 10 días. No todos son así eh, el último último he llevado , un fenómeno.
Totalmente de acuerdo contigo. Hemos tenido una suerte tremenda por dar con Zuku. Cualquier abogado, además de no enterarse, te puede marear la perdiz y no conseguir nada. Además de prestarse a ayudar desinteresadamente, lo hace muy bien y muy rápido. Muchas gracias Zuku👌👌👌
Jilary
Alferez
Alferez
Mensajes: 229
Registrado: Dom Ene 03, 2021 11:07 am
Cuerpo: No Funcionario
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Jilary »

Ayer me llegó la de clases pasivas y me dà opción a recurso contencioso administrativo ante el tribunal superior de justicia de Madrid o recurso potestativo de reposición ante la dirección general de ordenación de la SS. Me llegó justo cuando me marchaba de viaje dos días.
Dani35
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 117
Registrado: Jue Mar 18, 2021 10:07 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Dani35 »

Jilary escribió: Mar Abr 13, 2021 2:20 pm Ayer me llegó la de clases pasivas y me dà opción a recurso contencioso administrativo ante el tribunal superior de justicia de Madrid o recurso potestativo de reposición ante la dirección general de ordenación de la SS. Me llegó justo cuando me marchaba de viaje dos días.
Claro, ahora el recurso de reposición es a la seguridad social. Lo que voy a decir, es sin convencimiento, pero antes el de reposición se hacía ante clases pasivas ( cuando lo hice yo) y estaba clara la denegación. Pero ahora , igual si el de reposición va a la seguridad social, puede ser interesante hacerlo a ver que contestan ellos, ya que en la seguridad social en sí misma y por ley, deja exento de irpf a todos los incapacitados por la absoluta, y para más inri, si el informe que presentas es del edificio, como marca la ley, con más motivo.
ItineranteCivico
Alferez
Alferez
Mensajes: 247
Registrado: Mié Mar 10, 2021 10:02 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por ItineranteCivico »

Es que el recurso de reposición es por si se necesita ganar tiempo, porque el órgano que resuelve es el mismo que denego en un principio y es volver a recibir la misma negativa.
Lo mejor ha sido ir directamente al TEAR, pero con CP que vais a hacer? Ir al contencioso? O jugar a una sola carta con el TEAR?
ItineranteCivico
Alferez
Alferez
Mensajes: 247
Registrado: Mié Mar 10, 2021 10:02 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por ItineranteCivico »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 2:47 pm
Jilary escribió: Mar Abr 13, 2021 2:20 pm Ayer me llegó la de clases pasivas y me dà opción a recurso contencioso administrativo ante el tribunal superior de justicia de Madrid o recurso potestativo de reposición ante la dirección general de ordenación de la SS. Me llegó justo cuando me marchaba de viaje dos días.
Claro, ahora el recurso de reposición es a la seguridad social. Lo que voy a decir, es sin convencimiento, pero antes el de reposición se hacía ante clases pasivas ( cuando lo hice yo) y estaba clara la denegación. Pero ahora , igual si el de reposición va a la seguridad social, puede ser interesante hacerlo a ver que contestan ellos, ya que en la seguridad social en sí misma y por ley, deja exento de irpf a todos los incapacitados por la absoluta, y para más inri, si el informe que presentas es del edificio, como marca la ley, con más motivo.
Pues igual tienes razón Dani, no había reparado yo en eso.
ItineranteCivico
Alferez
Alferez
Mensajes: 247
Registrado: Mié Mar 10, 2021 10:02 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por ItineranteCivico »

Pero en verdad es que cuando me contesto CP lo hizo a través de la SS, porque organicamente esta asi encuadrado ahora, pero quien habla en realidad solo los funcis de CP de siempre -1
Dani35
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 117
Registrado: Jue Mar 18, 2021 10:07 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Dani35 »

ItineranteCivico escribió: Mar Abr 13, 2021 2:55 pm Pero en verdad es que cuando me contesto CP lo hizo a través de la SS, porque organicamente esta asi encuadrado ahora, pero quien habla en realidad solo los funcis de CP de siempre -1
Claro, porque sigue siendo clases pasivas, aunque están encuadrados en el ministerio de la ss., es de migraciones y tal. Esa es la duda, que seguramente te seguirán contestando ellos, pero los que se jubilen entrados después del 2011, ya será otra historia, y el agravamiento directamente será exclusivo se la ss, a ti que eres de Clases Pasivas, te lo ha hecho el inss, ya que clases pasivas no tiene tribunal médico, por lo que se vale del inss, pero los que te mandan la resolución sigue siendo clases pasivas. En cualquiera de los casos el teac te dará la razón.
Dani35
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 117
Registrado: Jue Mar 18, 2021 10:07 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Dani35 »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:08 pm
ItineranteCivico escribió: Mar Abr 13, 2021 2:55 pm Pero en verdad es que cuando me contesto CP lo hizo a través de la SS, porque organicamente esta asi encuadrado ahora, pero quien habla en realidad solo los funcis de CP de siempre -1
Claro, porque sigue siendo clases pasivas, aunque están encuadrados en el ministerio de la ss., es de migraciones y tal. Esa es la duda, que seguramente te seguirán contestando ellos, pero los que se jubilen entrados después del 2011, ya será otra historia, y el agravamiento directamente será exclusivo se la ss, a ti que eres de Clases Pasivas, te lo ha hecho el inss, ya que clases pasivas no tiene tribunal médico, por lo que se vale del inss, pero los que te mandan la resolución sigue siendo clases pasivas. En cualquiera de los casos el teac te dará la razón.
Lo que digo, lo digo sin base empírica, no pretendo confundir a nadie, porque es un tema espinoso. Imagino que mientras que pertenezcamos a clases pasivas serán ellos los que tengan la última palabra sobre nosotros. Aunque estén en otro ministerio, pero demomento seguimos en clases pasivas.
remedios
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 957
Registrado: Jue Jun 11, 2015 6:43 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:13 pm
Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:08 pm
ItineranteCivico escribió: Mar Abr 13, 2021 2:55 pm Pero en verdad es que cuando me contesto CP lo hizo a través de la SS, porque organicamente esta asi encuadrado ahora, pero quien habla en realidad solo los funcis de CP de siempre -1
Claro, porque sigue siendo clases pasivas, aunque están encuadrados en el ministerio de la ss., es de migraciones y tal. Esa es la duda, que seguramente te seguirán contestando ellos, pero los que se jubilen entrados después del 2011, ya será otra historia, y el agravamiento directamente será exclusivo se la ss, a ti que eres de Clases Pasivas, te lo ha hecho el inss, ya que clases pasivas no tiene tribunal médico, por lo que se vale del inss, pero los que te mandan la resolución sigue siendo clases pasivas. En cualquiera de los casos el teac te dará la razón.
Lo que digo, lo digo sin base empírica, no pretendo confundir a nadie, porque es un tema espinoso. Imagino que mientras que pertenezcamos a clases pasivas serán ellos los que tengan la última palabra sobre nosotros. Aunque estén en otro ministerio, pero demomento seguimos en clases pasivas.
Yo creo que hasta que no quede CP totalmente integrado en el INSS, seguirán con la misma politica de respuestas, pero también se podría probar antes de que te cierren la puerta, es una opción más y no afecta al tiempo, ya que no paraliza el camino hacia el TEAR. Pero es una opinión sin ningún tipo de criterio. Yo probablemente pasaría ya de ellos.
"Poco a poco hila la vieja el copo"
Dani35
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 117
Registrado: Jue Mar 18, 2021 10:07 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por Dani35 »

remedios escribió: Mar Abr 13, 2021 3:30 pm
Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:13 pm
Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:08 pm

Claro, porque sigue siendo clases pasivas, aunque están encuadrados en el ministerio de la ss., es de migraciones y tal. Esa es la duda, que seguramente te seguirán contestando ellos, pero los que se jubilen entrados después del 2011, ya será otra historia, y el agravamiento directamente será exclusivo se la ss, a ti que eres de Clases Pasivas, te lo ha hecho el inss, ya que clases pasivas no tiene tribunal médico, por lo que se vale del inss, pero los que te mandan la resolución sigue siendo clases pasivas. En cualquiera de los casos el teac te dará la razón.
Lo que digo, lo digo sin base empírica, no pretendo confundir a nadie, porque es un tema espinoso. Imagino que mientras que pertenezcamos a clases pasivas serán ellos los que tengan la última palabra sobre nosotros. Aunque estén en otro ministerio, pero demomento seguimos en clases pasivas.
Yo creo que hasta que no quede CP totalmente integrado en el INSS, seguirán con la misma politica de respuestas, pero también se podría probar antes de que te cierren la puerta, es una opción más y no afecta al tiempo, ya que no paraliza el camino hacia el TEAR. Pero es una opinión sin ningún tipo de criterio. Yo probablemente pasaría ya de ellos.
Estoy de acuerdo contigo, no lo paraliza, simplemente lo ralentiza. La duda que tengo, que aunque quedemos completamente integrados en la ss, nosotros siempre , hasta que no quede ninguno de Clases Pasivas, estaremos inmersos en su normativa , entre ellas es que nosotros tenemos haber regulador, y aun hay miles trabajando de servicio, y si se jubilan o caen por incapacidad, imagino que se les tratará conforme a la normativa de Clases Pasivas. Esa es la duda que tengo. Más que nada, porque si ahora se incapacita a un policía o guardia civil, de los entrados después del 2011, y se le da incapacidad para el servicio, cobraría el 55 de su base de cotización, ( cierto es que cobran mas).Así que no creo que puedan hacerle eso a la gente que queda todavía de servicio de Clases Pasivas entrada antes del 2011 y está de servicio. Más que nada, porque ellos ahora van por base de cotización, y nosotros y los que quedan, por haber regulador, con algunos más matices. El problema es que con la equiparacion, los que quedan de Clases Pasivas, si se jubilan, lo van a notar bastante si solo les Dan la total o lo que es lo mismo , la incapacidad permanente para el servicio.
remedios
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 957
Registrado: Jue Jun 11, 2015 6:43 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por remedios »

Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:41 pm
remedios escribió: Mar Abr 13, 2021 3:30 pm
Dani35 escribió: Mar Abr 13, 2021 3:13 pm

Lo que digo, lo digo sin base empírica, no pretendo confundir a nadie, porque es un tema espinoso. Imagino que mientras que pertenezcamos a clases pasivas serán ellos los que tengan la última palabra sobre nosotros. Aunque estén en otro ministerio, pero demomento seguimos en clases pasivas.
Yo creo que hasta que no quede CP totalmente integrado en el INSS, seguirán con la misma politica de respuestas, pero también se podría probar antes de que te cierren la puerta, es una opción más y no afecta al tiempo, ya que no paraliza el camino hacia el TEAR. Pero es una opinión sin ningún tipo de criterio. Yo probablemente pasaría ya de ellos.
Estoy de acuerdo contigo, no lo paraliza, simplemente lo ralentiza. La duda que tengo, que aunque quedemos completamente integrados en la ss, nosotros siempre , hasta que no quede ninguno de Clases Pasivas, estaremos inmersos en su normativa , entre ellas es que nosotros tenemos haber regulador, y aun hay miles trabajando de servicio, y si se jubilan o caen por incapacidad, imagino que se les tratará conforme a la normativa de Clases Pasivas. Esa es la duda que tengo. Más que nada, porque si ahora se incapacita a un policía o guardia civil, de los entrados después del 2011, y se le da incapacidad para el servicio, cobraría el 55 de su base de cotización, ( cierto es que cobran mas).Así que no creo que puedan hacerle eso a la gente que queda todavía de servicio de Clases Pasivas entrada antes del 2011 y está de servicio. Más que nada, porque ellos ahora van por base de cotización, y nosotros y los que quedan, por haber regulador, con algunos más matices. El problema es que con la equiparacion, los que quedan de Clases Pasivas, si se jubilan, lo van a notar bastante si solo les Dan la total o lo que es lo mismo , la incapacidad permanente para el servicio.
Por todo que he leído, pienso que los de CP anteriores a 2011 mantendrán todos sus derechos, como hasta ahora; y como tú bien dices, los que han entrado a partir de 2011 se rigen por otras Leyes y Normas., por lo que ya están integrados en la Seg. SOCIAL.
"Poco a poco hila la vieja el copo"
zuku
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 3833
Registrado: Lun Oct 19, 2009 2:16 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Marina de Guerra

Re: SI ESTAN EXENTAS DEL IRPF LA ABSOLUTA TEAC 2 de julio de 2015

Mensaje por zuku »

ItineranteCivico escribió: Mar Abr 13, 2021 10:03 am
zuku escribió: Lun Abr 12, 2021 10:45 pm Que no os queda duda, los que no tenéis resolución de CP, SS, o TEAC y habéis entrado por la portañica en la AEAT, por muchas alegaciones que os pidan , acabaréis en el TEAR. La AEAT no se moja sin una res. de algún organismo, y el acta de la JMP no les sirve, no se quieren pillar los dedos, ni jugarse su louchiño :mrgreen: :mrgreen: :mrgreen:

Y estáis de suerte porque os ahorráis el Contencioso con CP, de una forma u otra lo tenéis ganado, pero el TEAR es de gratis y lo otro NO
Vamos a ver Zuku si conmigo salimos de dudas, yo voy con la Res de CP, y a ver con que nos salen :mrgreen:
Lo tuyo es diferente, ya tienes una Res. que te reconoce la absoluta, por lo que he visto la AEAT es receptiva a la exención, siempre que no se mojen, o sea que tengan algo de algún organismo, para justificar esa exención, pasan de mojarse.

Caso diferente es los que solo tienen un acta médica y no tienen reconocida la absoluta por ningún organismo del Estado
SI HACEMOS CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB, AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”