COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Psmito.
7 y medio?. Apuntó estoy yo de cumplirlos.
Abonan mes y medio. No?.
Sabrías decir el importe?
Lo ingresan y ya está sin más o te dicen algo, te informan del desglose?.
Gracias. Esperaremos a ver.
7 y medio?. Apuntó estoy yo de cumplirlos.
Abonan mes y medio. No?.
Sabrías decir el importe?
Lo ingresan y ya está sin más o te dicen algo, te informan del desglose?.
Gracias. Esperaremos a ver.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Menuda panda.psmito escribió: ↑Sab Abr 03, 2021 10:37 am7 meses y medio han tardado en pagarme a mibestia parda escribió: ↑Sab Abr 03, 2021 10:19 am Hola! A todos.
En relación al asunto este de la vacaciones no disfrutadas.
Sentencia favorable de 30 septiembre y como no veía un duro a los 3 meses pedí la ejecución de la sentencia han pasados 2 meses después y aún no he visto ni un duro. Vamos que llevo 6 meses y nada de nada. 0€.
Así que a esperar toca cuando quieran dignarse.
En cuanto al importe pues no sé, creo, parece que abonan los últimos 18 meses de vacaciones osea algo así como mes y medio. No se, ni idea.
En mi sentencia condenaban a la administración a las costas, ignoro si eso también me lo abonarán.
A ver qué pasa. Reiteró 0€ y van 6 meses.
En cuanto al tiempo en resolverse la sentencia desde que se presenta el contencioso en mi caso TSJ-Madrid aproximadamente 1 año.
Un saludo.
¿Hay derecho a intereses?
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
bestia parda escribió: ↑Sab Abr 03, 2021 1:53 pm Psmito.
7 y medio?. Apuntó estoy yo de cumplirlos.
Abonan mes y medio. No?.
Depende de los días que tengas, supongo, en mi caso al estar en Navarra tenía más días
Sabrías decir el importe?
Eso depende de los días que tengas y de tu sueldo y por lo dicho anteriormente lo mío no vale para los demás
Lo ingresan y ya está sin más o te dicen algo,
En mi caso ingreso y punto
te informan del desglose?.
Hasta ahora no, pero he solicitado el desglose por escrito
Gracias. Esperaremos a ver.
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corres el riesgo
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
compi es declarabe supongo en hacienda no?psmito escribió: ↑Dom Abr 04, 2021 11:12 ambestia parda escribió: ↑Sab Abr 03, 2021 1:53 pm Psmito.
7 y medio?. Apuntó estoy yo de cumplirlos.
Abonan mes y medio. No?.
Depende de los días que tengas, supongo, en mi caso al estar en Navarra tenía más días
Sabrías decir el importe?
Eso depende de los días que tengas y de tu sueldo y por lo dicho anteriormente lo mío no vale para los demás
Lo ingresan y ya está sin más o te dicen algo,
En mi caso ingreso y punto
te informan del desglose?.
Hasta ahora no, pero he solicitado el desglose por escrito
Gracias. Esperaremos a ver.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
No he visto el detalleducckke escribió: ↑Dom Abr 04, 2021 12:54 pmcompi es declarabe supongo en hacienda no?psmito escribió: ↑Dom Abr 04, 2021 11:12 ambestia parda escribió: ↑Sab Abr 03, 2021 1:53 pm Psmito.
7 y medio?. Apuntó estoy yo de cumplirlos.
Abonan mes y medio. No?.
Depende de los días que tengas, supongo, en mi caso al estar en Navarra tenía más días
Sabrías decir el importe?
Eso depende de los días que tengas y de tu sueldo y por lo dicho anteriormente lo mío no vale para los demás
Lo ingresan y ya está sin más o te dicen algo,
En mi caso ingreso y punto
te informan del desglose?.
Hasta ahora no, pero he solicitado el desglose por escrito
Gracias. Esperaremos a ver.
Pero esto es un cobro no una indemnización, por lo tanto doy por hecho que está sujeto a IRPF
Y por supuesto incluido en declaración de la renta
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Si, seguro que hay que hacer declaración complementaria , y como son 18 meses pues quizás tendremos que hacer dos o tres declaraciones complementarias si lo dividen por ejercicios. Yo ya no se cuantas declaraciones complementarias llevo hechas de la de cosas que he reclamado como productividades no pagadas, etc.
Los de Hacienda tienen que alucinar con la Guardia Civil.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
pues si hay que quitar irpfs espero que ingresen lso 18 meses brutos....vitreo escribió: ↑Dom Abr 04, 2021 9:10 pmSi, seguro que hay que hacer declaración complementaria , y como son 18 meses pues quizás tendremos que hacer dos o tres declaraciones complementarias si lo dividen por ejercicios. Yo ya no se cuantas declaraciones complementarias llevo hechas de la de cosas que he reclamado como productividades no pagadas, etc.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Según consulta vinculante realizada a la Dirección general de Tributos, sobre cobro de rendimientos del trabajo posteriores a su periodo de cobro....si el periodo es posterior a dos años de cuando se debiera de haber cobrado...conlleva una reducción del 30%, imputándose al año en el que se haya producido la sentencia firme......os remito datos sobre la consulta...
https://www.iberley.es/resoluciones/res ... 18-1478267
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Buenas! Yo gané el contencioso en julio 2020 en TSJ Murcia. Me debían de pagar mas de 5000 euros. En agosto firmeza sentencia. En enero 2021 me pagan lo que les da la gana: tres mil y pico euros de los cinco mil y pico que fueron condenados a pagar. En marzo de este año, ante su incredulidad, mi abogado se ve en la obligación de ejecutar de forma parcial la sentencia. Hasta el momento, sin más noticias. Así qué, cuidado con estos...hasta el abogado ha flipado del incumplimiento flagrante de la sentencia...
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Hola, nos podrías poner el número de sentencia y número de juzgado para buscarla en CENDOJ y así leerla. Graciasjang74 escribió: ↑Lun Abr 05, 2021 5:53 pm Buenas! Yo gané el contencioso en julio 2020 en TSJ Murcia. Me debían de pagar mas de 5000 euros. En agosto firmeza sentencia. En enero 2021 me pagan lo que les da la gana: tres mil y pico euros de los cinco mil y pico que fueron condenados a pagar. En marzo de este año, ante su incredulidad, mi abogado se ve en la obligación de ejecutar de forma parcial la sentencia. Hasta el momento, sin más noticias. Así qué, cuidado con estos...hasta el abogado ha flipado del incumplimiento flagrante de la sentencia...
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- Comentario: al mal tiempo....….
Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Hola buenos días, tras leer mucho y darme cuenta que tengo que iniciar una instancia para solicitar el cobro de las vacaciones, ya que en este mes saldré en el BOD en la situación de retiro por incapacidad para el servicio, mi caso es que llevo de baja desde marzo de 2019, me ha llegado a mis manos un punto para aportar en las alegaciones de dicha instancia que me gustaría compartir, es para el personal de las fuerzas armadas, no se si para GC, o otros valdría. es de febrero de este año:
Criterio de interpretación de la Orden DEF 253/2015 por la que se regula el Régimen de Vacaciones, Permiso, Reducciones de Jornada y Licencia de los miembros de las FAS de la Subsecretaria de Defensa con fecha 02 de febrero de 2021.
Se establece la aplicación directa al personal militar de las Fuerzas Armadas de los derechos contemplados en el apartado 3 del artículo 50 de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público, que a continuación se trascribe:
“3. El periodo de vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios públicos no puede ser sustituido por una cuantía económica. En los casos de renuncia voluntaria deberá garantizarse en todo caso el disfrute de las vacaciones devengadas.
No obstante lo anterior, en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de éstos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas, y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses.”
Creo que seria muy valido adjuntar este dato.
Un saludo.
Criterio de interpretación de la Orden DEF 253/2015 por la que se regula el Régimen de Vacaciones, Permiso, Reducciones de Jornada y Licencia de los miembros de las FAS de la Subsecretaria de Defensa con fecha 02 de febrero de 2021.
Se establece la aplicación directa al personal militar de las Fuerzas Armadas de los derechos contemplados en el apartado 3 del artículo 50 de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público, que a continuación se trascribe:
“3. El periodo de vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios públicos no puede ser sustituido por una cuantía económica. En los casos de renuncia voluntaria deberá garantizarse en todo caso el disfrute de las vacaciones devengadas.
No obstante lo anterior, en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de éstos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas, y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses.”
Creo que seria muy valido adjuntar este dato.
Un saludo.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
En este enlace hay modelos de solicitudes de vacaciones no disfrutadas de todos los Cuerpos y Funcionarios:lorens escribió: ↑Mar Abr 06, 2021 1:32 pm Hola buenos días, tras leer mucho y darme cuenta que tengo que iniciar una instancia para solicitar el cobro de las vacaciones, ya que en este mes saldré en el BOD en la situación de retiro por incapacidad para el servicio, mi caso es que llevo de baja desde marzo de 2019, me ha llegado a mis manos un punto para aportar en las alegaciones de dicha instancia que me gustaría compartir, es para el personal de las fuerzas armadas, no se si para GC, o otros valdría. es de febrero de este año:
Criterio de interpretación de la Orden DEF 253/2015 por la que se regula el Régimen de Vacaciones, Permiso, Reducciones de Jornada y Licencia de los miembros de las FAS de la Subsecretaria de Defensa con fecha 02 de febrero de 2021.
Se establece la aplicación directa al personal militar de las Fuerzas Armadas de los derechos contemplados en el apartado 3 del artículo 50 de la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público, que a continuación se trascribe:
“3. El periodo de vacaciones anuales retribuidas de los funcionarios públicos no puede ser sustituido por una cuantía económica. En los casos de renuncia voluntaria deberá garantizarse en todo caso el disfrute de las vacaciones devengadas.
No obstante lo anterior, en los casos de conclusión de la relación de servicios de los funcionarios públicos por causas ajenas a la voluntad de éstos, tendrán derecho a solicitar el abono de una compensación económica por las vacaciones devengadas y no disfrutadas, y en particular, en los casos de jubilación por incapacidad permanente o fallecimiento, hasta un máximo de dieciocho meses.”
Creo que seria muy valido adjuntar este dato.
Un saludo.
https://www.clasespasivas.net/foro/view ... 8&start=45
Saludos.
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
RECURSO Núm. 83/2019 SENTENCIA Núm. 329/2020 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERAvitreo escribió: ↑Lun Abr 05, 2021 11:05 pmHola, nos podrías poner el número de sentencia y número de juzgado para buscarla en CENDOJ y así leerla. Graciasjang74 escribió: ↑Lun Abr 05, 2021 5:53 pm Buenas! Yo gané el contencioso en julio 2020 en TSJ Murcia. Me debían de pagar mas de 5000 euros. En agosto firmeza sentencia. En enero 2021 me pagan lo que les da la gana: tres mil y pico euros de los cinco mil y pico que fueron condenados a pagar. En marzo de este año, ante su incredulidad, mi abogado se ve en la obligación de ejecutar de forma parcial la sentencia. Hasta el momento, sin más noticias. Así qué, cuidado con estos...hasta el abogado ha flipado del incumplimiento flagrante de la sentencia...
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
Muchas Gracias.jang74 escribió: ↑Mar Abr 06, 2021 5:31 pmRECURSO Núm. 83/2019 SENTENCIA Núm. 329/2020 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN PRIMERAvitreo escribió: ↑Lun Abr 05, 2021 11:05 pmHola, nos podrías poner el número de sentencia y número de juzgado para buscarla en CENDOJ y así leerla. Graciasjang74 escribió: ↑Lun Abr 05, 2021 5:53 pm Buenas! Yo gané el contencioso en julio 2020 en TSJ Murcia. Me debían de pagar mas de 5000 euros. En agosto firmeza sentencia. En enero 2021 me pagan lo que les da la gana: tres mil y pico euros de los cinco mil y pico que fueron condenados a pagar. En marzo de este año, ante su incredulidad, mi abogado se ve en la obligación de ejecutar de forma parcial la sentencia. Hasta el momento, sin más noticias. Así qué, cuidado con estos...hasta el abogado ha flipado del incumplimiento flagrante de la sentencia...
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Re: COBRO DE VACACIONES NO DISFRUTADAS
He leído que el abono económico de las vacaciones no disfrutadas por haber pasado de baja laboral a retiro tiene repercusiones en respecto a derechos Pasivos. De qué forma?