KAMIKAZE escribió: ↑Jue Jul 05, 2018 2:43 am
Mucha suerte compañero. En mi caso, y supongo que en casi todos, ha tocado presentar recurso en el TSJ de Madrid.
Hola Kamikaze,
Lo has hecho tras la denegación de Defensa directamente y ya directo al TSJ? No tengo ni idea de derecho, pero no se puede denunciar previamente en un juzgado ?
KAMIKAZE escribió: ↑Jue Jul 05, 2018 2:43 am
Mucha suerte compañero. En mi caso, y supongo que en casi todos, ha tocado presentar recurso en el TSJ de Madrid.
Hola Kamikaze,
Lo has hecho tras la denegación de Defensa directamente y ya directo al TSJ? No tengo ni idea de derecho, pero no se puede denunciar previamente en un juzgado ?
Buenas tardes Calabrote, hoy mismo me ha mandado Florentino el escrito de demanda después de una serie de cuestiones previas, el TSJ de Madrid ha solicitado mediante diligencia de ordenación la incorporación en el plazo de veintedías de escrito de demanda. La propia resolución desestimatoria apelaba al TSJ de Madrid como tribunal competente para resolver la cuestión litigiosa.
KAMIKAZE escribió: ↑Jue Jul 05, 2018 2:43 am
Mucha suerte compañero. En mi caso, y supongo que en casi todos, ha tocado presentar recurso en el TSJ de Madrid.
Hola Kamikaze,
Lo has hecho tras la denegación de Defensa directamente y ya directo al TSJ? No tengo ni idea de derecho, pero no se puede denunciar previamente en un juzgado ?
Eso es lo que hace, poner la demanda en el Juzgado competente para resolver el asunto. Hay Juzgados de lo Penal, de Mercantil, de Social, etc., cada entiende de los asuntos correspondientes. Cuando se trata de una Resolucion administrativa, en la propia resolucion viene ante que tribunal se ha de interponer el recurso si no se esta conforme.
hola buenas tardes. a mi de momento me han dicho que nones y que recurra en alzada a la subsecretaria de defensa. ya esta presentado el recurso. He reclamado la parte proporcional de las vacaciones de este año también. tened en cuenta la antigüedad para la cantidad de dinero a reclamar por las vacaciones(la instruccion de defensa establecia unos dias de vacaciones al año en funcion de los trienios).
A mi compañero le contestaron desde Subsecretaria Defensa. Le contestan de nuevo q no figura en ningún lado en la legislación militar el derecho a cobrar vacas no remuneradas pero a la vez dicen q varios demandantes han ganado su petición en otros tribunales con lo q la cosa no está clara....si bien no ha mostrado mucha diligencia al solicitar su petición al límite del año desde su pase a retiro, cosa q desvirtúa su reclamación al solicitarlo tan al límite de las vacas no disfrutadas, y tal demanda roza el Abuso del Derecho.....
Con dos COJ........
Se nota q les han llegado varias y han leído algunas sentencias....
CALABROTE escribió: ↑Vie Ago 10, 2018 3:31 am
A mi compañero le contestaron desde Subsecretaria Defensa. Le contestan de nuevo q no figura en ningún lado en la legislación militar el derecho a cobrar vacas no remuneradas pero a la vez dicen q varios demandantes han ganado su petición en otros tribunales con lo q la cosa no está clara....si bien no ha mostrado mucha diligencia al solicitar su petición al límite del año desde su pase a retiro, cosa q desvirtúa su reclamación al solicitarlo tan al límite de las vacas no disfrutadas, y tal demanda roza el Abuso del Derecho.....
Con dos COJ........
Se nota q les han llegado varias y han leído algunas sentencias....
Alguna novedad Kamikaze? Q dice Florentino?
Saludos compañeros.
Buenas noches compañero, de momento no hay novedad alguna. La demanda ya fue presentada y seguimos a la espera del resultado. Ya sabéis que os informaré convenientemente de cualquier acontecimiento que vaya surgiendo. Mucho ánimo compañeros.
CALABROTE escribió: ↑Mié Ago 15, 2018 1:34 pm
Perfecto
Un saludo.
Hola Calabrote, vengo observando que pare ser que tratas de reclamar que te indemnicen por las vacaciones no disfrutada. Pero perdona esas vacaciones que no has disfrutado como consecuencia de que?.Por algún motivo habrá sido?.Ten importaría informarme por privado? Lo digo porque yo estuve varios años sin disfrutar de vacaciones como consecuencia de larga baja por enfermedad. Un Saludo
De cualquier modo y resumiendo se trata de reclamar las vacaciones no disfrutadas en forma de compensación económica de todo el tiempo q alguien ha estado de baja, después durante la aperura de expediente y hasta la resolución de la pérdida de aptitudes psicof. y pase a retiro.
Desde la fecha efectiva de pase a retiro hasta q reclames parece ser q no puede pasar más de un año.
Efectivamente. Se pueden reclamar las vacaciones no disfrutadas por un periodo de baja y acabado el expediente que determina el tipo de incapacidad permanente, tanto para militares como para los funcionarios. El periodo para poder reclamar es de un año desde que finaliza dicho expediente. Para calcular los periodos de vacaciones a pagar hay que incluir el año en curso y la antigüedad. Al final voy a reclamar 7500 euros.
Un saludo