PAGA PENSION Y PAGA POR LA SEGURIDAD SOCIAL
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- Cabo 1º
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PAGA PENSION Y PAGA POR LA SEGURIDAD SOCIAL
Queridos compañeros, tengo una pensión por Incapacidad Permanente , luego he estado en una empresa civil ,dado de alta y pagando mis impuestos, cuando he cumplido los 61 años arreglo el " papeleo " para una jubilación anticipada. En la SS. me dicen que sí y me quedan unos 700 € brutos, pero que tengo que elegir una de las 2 pensiones (la de clases pasivas ó la de la SS.). y me pregunto que pasa con los 17 años que he cotizado a la SS. He hablado con el habilitado de clases pasivas de Hacienda de mi ciudad y me dice que haga una instancia a Costes y Pensiones y solicite que la paga que me daria la SS. se me incremente en mi pensión de Clases Pasivas. Mi pregunta que os hago es: alguien ha tenido este caso, o si sabeis que la instancia antes reseñada puede llevar a buen puerto. Os agradeceria que si podeis me ayudarais, (por supuesto las cervezas corren de mi cuenta). Muchas gracias y un fuerte abrazo.
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- General de Brigada
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Re: PAGA PENSION Y PAGA POR LA SEGURIDAD SOCIAL
Lo mejor es que esperes a tener los 65 años de edad, y en ese momento la S. Social tendrá que concederte tu pensión contributiva, que será la que de acuerdo a los años cotizados y a las Bases de Cotización te corresponda. En tu caso no tendrás derecho al Complemento por mínimos, por tener otra pensión y rebasar los ingresos mínimos que dan derecho a dicho Complemento. Tus dos pensiones son compatibles entre sí, y nadie te las puede negar. El único límite es que sumadas las dos, no percibirás mas del tope fijado como pensión máxima.
La jubilación voluntaria por la S. Social tiene unos requisitos que en tu caso no te conviene acogerte a ella.
Mi consejo es que esperes a los 65 años.
Tu Habilitado anda un poco bastante pez en éste asunto de "anexar" pensiones. Tu pensión de Clases Pasivas fue fijada en su día y no admite "adosados" a posteriori.
La jubilación voluntaria por la S. Social tiene unos requisitos que en tu caso no te conviene acogerte a ella.
Mi consejo es que esperes a los 65 años.
Tu Habilitado anda un poco bastante pez en éste asunto de "anexar" pensiones. Tu pensión de Clases Pasivas fue fijada en su día y no admite "adosados" a posteriori.