Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

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condestable47
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Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

Buenas.
Aunque sigo el foro, no he sido usuario del mismo.
Este año, el 2017, se me devolvió por parte de mi entidad financiera lo que me correspondía de las cláusula suelo.
Viene desglosado por años.
2014, 2015, 2016, nada, la entidad la eliminó en el 2013 (es el BBVA, parte del año se vio afectado hasta que se retiró)
Del 2013 se me devuelve una cantidad, X
Del 2012 se me devuelva una cantidad, Y
De los aos anteriores al 2012 otra cantidad, Z

Entiendo que en la declaración de este año, solo deberé incluir la cantidad del 2013 (x), ya que entiendo que son los últimos 4 años, el resto no se ven afectados.

En la información que he visto para este año desde la aplicación de la Agencia Tributaria viene el total, pero entiendo que solo son los últimos 4 años, y en mi caso, ya que 204, 2015, 2016 no tenía ya cláusula suelo, solo debe incluir la cantidad del 2013

Muchas gracias
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por trasgu123 »

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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

Entiendo eso. Qué solo tengo que declarar el año 2013.

Saludos
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

Sale uno perdiendo.
Además. Si sin los últimos 4 años, son los últimos 4 años.
En mi caso solo sería el 2013, unos 473€ de ese año, que no es lo mismo que unos 2770 que me devolvieron
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por Francisco I »

Los ejercicios prescritos, prescritos están; para lo bueno y para lo malo.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

Por eso. Entiendo que solo toca declarar desde el 2013 al 2016
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por Francisco I »

condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 11:53 am Por eso. Entiendo que solo toca declarar desde el 2013 al 2016
Así es; pero hay que tener mucho cuidado, porque Hacienda está incluyendo en los "Datos Fiscales" el total de lo que en su día nos devolvieron los Bancos, por la diferencia de intereses de la cláusula suelo. Seguro que van a ser miles y miles los que van a "picar".
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

Francisco I escribió: Sab Mar 17, 2018 3:17 pm
condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 11:53 am Por eso. Entiendo que solo toca declarar desde el 2013 al 2016
Así es; pero hay que tener mucho cuidado, porque Hacienda está incluyendo en los "Datos Fiscales" el total de lo que en su día nos devolvieron los Bancos, por la diferencia de intereses de la cláusula suelo. Seguro que van a ser miles y miles los que van a "picar".
Justo eso. En mis datos fiscales unos 2700€ del total que me devolvieron, el años 2013 unos 470€, el resto del año 2012 y anteriores, con lo que.... al ser del 2013 en adelante son esos 470€, no los 2700€ "lereles" que vienen en los datos fiscales, y muchos, muchos los incluirán TODOS los años, no los 4 últimos -mu
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por Francisco I »

condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 6:40 pm
Francisco I escribió: Sab Mar 17, 2018 3:17 pm
condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 11:53 am Por eso. Entiendo que solo toca declarar desde el 2013 al 2016
Así es; pero hay que tener mucho cuidado, porque Hacienda está incluyendo en los "Datos Fiscales" el total de lo que en su día nos devolvieron los Bancos, por la diferencia de intereses de la cláusula suelo. Seguro que van a ser miles y miles los que van a "picar".
Justo eso. En mis datos fiscales unos 2700€ del total que me devolvieron, el años 2013 unos 470€, el resto del año 2012 y anteriores, con lo que.... al ser del 2013 en adelante son esos 470€, no los 2700€ "lereles" que vienen en los datos fiscales, y muchos, muchos los incluirán TODOS los años, no los 4 últimos -mu
Y eso es así, porque Hacienda no lo tiene desglosado. Hacienda solo sabe lo que los Bancos le han comunicado; y éstos le han dado las cifras totales, sin desglosar por años.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por juans »

De todas formas, lo que hay que incluir no es lo devuelto por el banco sino lo correspondiente a desgravación por vivienda de ese importe.
Es muy recomendable leer detenidamente el enlace de trasgu.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

juans escribió: Sab Mar 17, 2018 9:18 pm De todas formas, lo que hay que incluir no es lo devuelto por el banco sino lo correspondiente a desgravación por vivienda de ese importe.
Es muy recomendable leer detenidamente el enlace de trasgu.
Entiendo que si por ejemplo, en el 2013, que es el único año que en mi caso me afecta, del 2012y anteriores están prescritos, desgrave 460€ y el banco de ese año me ha devuelto 470€, solo toca declarar los 460€, no los 470€ que el banco me reintegro de ese año.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por Francisco I »

juans escribió: Sab Mar 17, 2018 9:18 pm De todas formas, lo que hay que incluir no es lo devuelto por el banco sino lo correspondiente a desgravación por vivienda de ese importe.
Es muy recomendable leer detenidamente el enlace de trasgu.
Correcto; pero solo de los ejercicios no prescritos.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por juans »

condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 10:12 pm
Entiendo que si por ejemplo, en el 2013, que es el único año que en mi caso me afecta, del 2012y anteriores están prescritos, desgrave 460€ y el banco de ese año me ha devuelto 470€, solo toca declarar los 460€, no los 470€ que el banco me reintegro de ese año.
Lo que tendrás que incluir para devolver es bastante menos que esos 460 € y me explico.
Si los 470 € que el banco te ha devuelto fueron objeto de desgravación por vivienda, te desgravaste 470x0,15= 70,5 €. Esa es la cantidad que tendrás que devolver a Hacienda en tu declaración de IRPF. Todo ello supooniendo que tu desgravación fue del 15%, lo cual depende de cuál sea tu comunidad autónoma, pero lo puedes comprobar fácilmente en tu dclaración de 2013.
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por condestable47 »

juans escribió: Lun Mar 19, 2018 9:31 am
condestable47 escribió: Sab Mar 17, 2018 10:12 pm
Entiendo que si por ejemplo, en el 2013, que es el único año que en mi caso me afecta, del 2012y anteriores están prescritos, desgrave 460€ y el banco de ese año me ha devuelto 470€, solo toca declarar los 460€, no los 470€ que el banco me reintegro de ese año.
Lo que tendrás que incluir para devolver es bastante menos que esos 460 € y me explico.
Si los 470 € que el banco te ha devuelto fueron objeto de desgravación por vivienda, te desgravaste 470x0,15= 70,5 €. Esa es la cantidad que tendrás que devolver a Hacienda en tu declaración de IRPF. Todo ello supooniendo que tu desgravación fue del 15%, lo cual depende de cuál sea tu comunidad autónoma, pero lo puedes comprobar fácilmente en tu dclaración de 2013.
Entiendo.
En la declaración del IRPF del 2013, en mi caso, la deducción que viene son unos 363€, que eso debe ser ya el % de los más de 4000€ que pague de capital e intereses de la hipoteca. Por eso he comentado que debería solo incluir esos 363€ en la de este año como cantidad a regularizar. Ya que el banco del 2013 me ha devuelto por cobro indebido unos 470€, solo incluir esos 363€ (que son ya el % de total de capital e intereses)

Pd. menos mal que los ejercicio del 2012 y anteriores han prescrito :-)
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Re: Tributación cláusulas suelo, declaración IRPF 2017, la de este año

Mensaje por Francisco I »

No es así. Os estais liando. Hacienda solo quiere que le digamos cual es la cifra de intereses hipotecarios que el Banco nos ha devuelto, y sobre los que nosotros aplicamos la deducción en su momento. Para ello nos habilita unas casillas, y ya el programa calcula el % correspondiente y lo suma a la base imponible. Todo ello únicamente de aquellos ejercicios no prescritos.
Si en el año 2013, nos aplicamos deducciones del 15% por 8.000 € de capital mas 2.000 € de intereses, nos beneficiamos de una deducción de 1.500 €.
Si con posterioridad, el Banco nos ha devuelto 500 € por intereses pagados de mas en 2013, eso significa que debemos regularizar con Hacienda, y ahora las cuentas serían así: 8.000 + 1.500 = 9.500 * 15% = 1.425 € de deducción regularizada; frente a los 1.500 que aplicamos en su día.
Por lo tanto Hacienda nos incrementará en la base imponible del actual ejercicio, esos 75 € que en su día nos dedujimos de mas. Pero eso ya lo calcula el programa; nosotros únicamente hemos de colocar en la correspondiente casilla, habilitada a tal efecto, la diferencia de intereses, si es que las cobramos en efectivo; porque hay gente que las aplicó a reducir capital pendiente.
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