devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Sergiosergio
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devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por Sergiosergio »

hola muy buena, haber si me pueden ayudar, donde tengo que poner la devolución de dos meses del pago anticipado por tener a cargo a mi madre con una minusvalía, la cual falleció y debo devolver dos meses ahora con la declaración, pero no se en que casilla poner la cantidad que debo devolver.

gracias!!
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trasgu123
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por trasgu123 »

Que raro suena eso de devolver un pago adelantado atraves de la declaracion de la renta. Cuando un Organismo paga de mas, por el motivo que sea, lo normal es que se ponga uno al dia haciendo un ingreso en la cuenta bancaria correspondiente.
Sergiosergio
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por Sergiosergio »

todo viene, no por culpa de hacienda.. por culpa de los encargados de las cuentas de mí cuartel.. que fui a darlo de baja y me dijeron que vale que se encargaban y que ya sin problema lo daban ellos de baja, y cuando veo que la sigo cobrando.. es cuando fui a hacienda personalmente y me dijeron que no habían recibido nada.. y que lo seguía cobrando porque ellos no sabían que mi madre había fallecido claro...no les había llegado nada... a partir de decírselo yo, ya ellos sí la dieron de baja automáticamente, asique me dijeron que claro, esos meses de más, debía ahora devolverlos conjuntamente con la declaración, que ellos no pueden sacar de mi cuenta ese dinero de más ni yo pagar en ninguna cuenta de ellos, que eso se hace mediante la declaración de la renta.. en fin... y lo que nose es en que casilla anotar ese dinero.
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TEMPUS FUGIT
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

Pero raro raro...........
Sergiosergio escribió: Mié Abr 04, 2018 11:49 am todo viene, no por culpa de hacienda.. por culpa de los encargados de las cuentas de mí cuartel.. que fui a darlo de baja y me dijeron que vale que se encargaban y que ya sin problema lo daban ellos de baja, y cuando veo que la sigo cobrando.. es cuando fui a hacienda personalmente y me dijeron que no habían recibido nada.. y que lo seguía cobrando porque ellos no sabían que mi madre había fallecido claro...no les había llegado nada... a partir de decírselo yo, ya ellos sí la dieron de baja automáticamente, asique me dijeron que claro, esos meses de más, debía ahora devolverlos conjuntamente con la declaración, que ellos no pueden sacar de mi cuenta ese dinero de más ni yo pagar en ninguna cuenta de ellos, que eso se hace mediante la declaración de la renta.. en fin... y lo que nose es en que casilla anotar ese dinero.
Quien en tu cuartel es el encargado de dar de baja a tu madre por fallecimiento????
Sergiosergio escribió: Mié Abr 04, 2018 11:49 am
todo viene, no por culpa de hacienda.. por culpa de los encargados de las cuentas de mí cuartel.. que fui a darlo de baja y me dijeron que vale que se encargaban y que ya sin problema lo daban ellos de baja,
cobrando que?
Sergiosergio escribió: Mié Abr 04, 2018 11:49 am y cuando veo que la sigo cobrando..
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por Sergiosergio »

no nos desviemos del tema principal de este post. la duda es si alguien me puede indicar en qué casilla tengo que poner esa cantidad que e cobrado de más. gracias.
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trasgu123
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por trasgu123 »

Lo siento pero o tu no te explicas bien o yo no lo entiendo.
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masss
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Re: devolver pago anticipado en la declaración de la renta

Mensaje por masss »

Creo entender que te refieres al "cheque familiar".
Si es así la comunicación de cualquier variación producida que afecte al cobro anticipado de la deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo así como, en su caso, el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos para su percepción, determinará la obligación de presentar el formulario 143 en el plazo de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se hubiera producido la variación o incumplimiento de los requisitos.

La comunicación de variaciones de la solicitud del abono anticipado podrá realizarse utilizando cualquiera de los siguientes medios:

Por vía electrónica a través de Internet, a través de los servicios electrónicos de comunicación de variaciones que se publiquen en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.

Mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (teléfono: 901 200 345).
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