Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

takikua
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 106
Registrado: Sab Abr 06, 2013 11:51 am
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad

Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por takikua »

Estimados compañeros,

Estos días he leído en prensa la noticia sobre el descontento de los Rectores con esta medida, por el coste que supondrá el abono de la cuota a la Seguridad Social para Empresas, Universidades o Centros de Formación Profesional, y me ha surgido la siguiente cuestión que podría afectar a nuestro colectivo:

Al tratarse de un alta en la Seguridad Social para estudiantes en practicas obligatorias tanto universitarios como formación profesional, sean remuneradas o no,

¿Podría afectar mediante incompatibilidades o reducciones de la pensión a retirados a partir del año 2009?


Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre

Disposición adicional quinta. Seguridad Social de las personas que desarrollan programas de formación y prácticas no laborales y académicas.
1. La realización de prácticas formativas en empresas, instituciones o entidades incluidas en programas de formación, la realización de prácticas no laborales en empresas y la realización de prácticas académicas externas al amparo de la respectiva regulación legal y reglamentaria, determinará la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que realicen las prácticas indicadas, aunque no tengan carácter remunerado.
Las prácticas a que se refiere el párrafo anterior comprenden las realizadas tanto por alumnos universitarios de titulaciones oficiales de grado y máster como por alumnos de formación profesional de grado medio o superior.
2. Las personas indicadas en el apartado 1 quedarán comprendidas en el Régimen General de la Seguridad Social, como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, con exclusión de la protección por desempleo, salvo que la práctica o formación se realice a bordo de embarcaciones, en cuyo caso la inclusión se producirá en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
3. El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social corresponderá:
a) En el caso de prácticas y programas formativos remunerados, a quien corresponda de acuerdo con la normativa aplicable en cada caso.
b) En el caso de prácticas y programas formativos no remunerados, a la empresa, institución o entidad en la que se desarrollen aquellos, salvo que en el convenio o acuerdo de cooperación que, en su caso, se suscriba para su realización se disponga que tales obligaciones corresponderán al centro educativo en el que los alumnos cursen sus estudios.



Saludos
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por aportodas »

Curioso....pero sí, me surgen dudas también como a tí, según lo dispuesto en el RD 710/2009 se podría interpretar que serían incompatibles las nuevas prácticas con alta en Seguridad Social:

RD 710/2009:

Artículo 9. Incompatibilidad.

El percibo de las pensiones de jubilación o retiro, tanto ordinarias como extraordinarias, además de su incompatibilidad con el desempeño de un puesto de trabajo en el sector público, será incompatible, con carácter general, con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social.


Lo más triste de todo es que, de interpretarse así, podrían darse casos que se perdería parte de la pensión sin ganar nada de dinero por las practicas (en su mayoría). Eso si se pide la compatibilidad para hacer esas prácticas, pues pudiera haber alguno que las haga sin saber que esas practicas con alta en Seguridad Social pudieran ser incompatibles y pudieran perder toda la pensión sin percibir ninguna remuneración a cambio. Vaya sorpresa se llevaría más de uno.

El tema es, ¿se considera actividad unas prácticas en empresa? , pues alta en Seguridad Social ya se sabe que existirá. Desde luego al que le pudiera afectar le aconsejaría que realizara consulta a Hacienda antes de realizar ninguna de esas prácticas y le dieran de alta en Seguridad Social.


Un saludo.
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por trasgu123 »

Estas de practicas, ok. Que pasa que no desarrollas ninguna actividad ?? Vaya si la desarrollas y ademas estas de alta en la S Social. Otra cosa bien diferente es que la empresa no te pague ni 1€ por ello, pero eso es asunto tuyo y de la empresa. Bueno y de los sucesivos gobiernos que permiten a las empresas tener gente de "practicas", entrando y saliendo en una rueda sin fin, casi gratis si no fuese porque ahora les obligan a darles de alta en la S Social.

Que es una putada porque no estar percibiendo compensacion economica ?? Pues si, pero a Hacienda me da que le da igual y se agarraran a que se esta dado de alta en la S Social.
MOLI

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por MOLI »

trasgu123 escribió: Dom Ene 06, 2019 12:01 pm Estas de practicas, ok. Que pasa que no desarrollas ninguna actividad ?? Vaya si la desarrollas y ademas estas de alta en la S Social. Otra cosa bien diferente es que la empresa no te pague ni 1€ por ello, pero eso es asunto tuyo y de la empresa. Bueno y de los sucesivos gobiernos que permiten a las empresas tener gente de "practicas", entrando y saliendo en una rueda sin fin, casi gratis si no fuese porque ahora les obligan a darles de alta en la S Social.

Que es una putada porque no estar percibiendo compensacion economica ?? Pues si, pero a Hacienda me da que le da igual y se agarraran a que se esta dado de alta en la S Social.
Estos grandes Maestro de este Foro no descansa ni en Reyes. Felices Reyes y como dice el Maestro Arano espero que habréis limpiados bien los zapatos.
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por aportodas »

trasgu123 escribió: Dom Ene 06, 2019 12:01 pm Estas de practicas, ok. Que pasa que no desarrollas ninguna actividad ?? Vaya si la desarrollas y ademas estas de alta en la S Social. Otra cosa bien diferente es que la empresa no te pague ni 1€ por ello, pero eso es asunto tuyo y de la empresa. Bueno y de los sucesivos gobiernos que permiten a las empresas tener gente de "practicas", entrando y saliendo en una rueda sin fin, casi gratis si no fuese porque ahora les obligan a darles de alta en la S Social.

Que es una putada porque no estar percibiendo compensacion economica ?? Pues si, pero a Hacienda me da que le da igual y se agarraran a que se esta dado de alta en la S Social.
Yo interpreto igual trasgu, que es probable que a Hacienda le dé igual y se agarrarán a que se está dado de alta en la Seg. Social. Cuando me refería a "actividad" quizás debí especificar "actividad laboral".

Por ejemplo si el RD. 710/2009, se refiriese a "actividad remunerada que implique alta en Seg. Social" se evitaría la duda, pero sólo indica "actividad que implique alta en Seg. Social" y, con la nueva regulación de las prácticas, parece que se cumple la incompatibilidad, pues las prácticas son una actividad como tal e implicarán alta en Seg. Social. Quien las vaya a hacer, ya sea prácticas de carrera universitaria, grados de F.P. etc....que pregunte antes de caer en incompatibilidades, pues pudiera afectar a cualquiera de las prácticas de cualquier estudio: grados medios, superiores, grados universitarios, másteres etc..

Un saludo.
Avatar de Usuario
psmito
Coronel
Coronel
Mensajes: 4205
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por psmito »

Yo he elevado consulta a clases pasivas, supongo me contestaran a lo largo de la semana que entra

según yo interpreto con la redacción actual es incompatible
otra cosa es que con el tiempo modifiquen el texto refundido de clases pasivas y añadan la excepción de practicas de grado o cursos formativos

ya veremos
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
trasgu123
Teniente General
Teniente General
Mensajes: 15563
Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
Cuerpo: Militar de Carrera
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea.
Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por trasgu123 »

Cuando mi hijo hizo el Master en la Universidad de Deusto las practicas fueron 200H a 0€, cuando llevaba 200H + XH le dijo a la empresa que no habia problema en seguir pero que le pagaran al menos los gastos. Ese mismo dia recogio sus cosas, dijo adios a los currantes de la empresa y hasta nunca. Ahora esas mismas practicas son 200H con un minimo de 800€, algo se avanza.
aportodas
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 914
Registrado: Sab Dic 20, 2008 6:13 pm

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por aportodas »

psmito escribió: Dom Ene 06, 2019 6:46 pm Yo he elevado consulta a clases pasivas, supongo me contestaran a lo largo de la semana que entra

según yo interpreto con la redacción actual es incompatible
otra cosa es que con el tiempo modifiquen el texto refundido de clases pasivas y añadan la excepción de practicas de grado o cursos formativos

ya veremos
Compañero, si tienes a bien coméntanos qué te dicen cuando te den respuesta.

Un saludo.
sardo
Sargento
Sargento
Mensajes: 27
Registrado: Lun Mar 10, 2014 1:35 pm

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por sardo »

Hola a todos...yo también estoy interesado en el asunto. Me encuentro retirado y actualmente estoy cursando un FP y seria un varapalo que con esta normativa por hacer las practicas nos retirasen la pensión al tener que darnos de alta en la SS. Un saludo y feliz año a todos.
Arquímedes

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por Arquímedes »

Hola compis,

Pues yo estoy también haciendo un grado y tendré que realizar dos "Practicum", así que me joderán bien. Esta gente no conforme con hacer que sea casi imposible trabajar al perder dinero en el cambio, ahora nos joderán también la posibilidad de estudiar una carrera universitaria, porque...3 meses de Prácticas extensivas son entre 5000 a 6000 euros para la mayoría de nosotros.

Por favor compi, cuando te conteste clases pasivas házmelo saber, aunque me temo lo peor.

Gracias.
Arquímedes

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por Arquímedes »

psmito escribió: Dom Ene 06, 2019 6:46 pm Yo he elevado consulta a clases pasivas, supongo me contestaran a lo largo de la semana que entra

según yo interpreto con la redacción actual es incompatible
otra cosa es que con el tiempo modifiquen el texto refundido de clases pasivas y añadan la excepción de practicas de grado o cursos formativos

ya veremos
Hola compi,
¿Alguna respuesta?.
Gracias
Avatar de Usuario
psmito
Coronel
Coronel
Mensajes: 4205
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por psmito »

todavía no
cuando la reciba la copiare integra en el foro

gracias un saludo
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
caniyosa
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 106
Registrado: Jue Nov 21, 2013 12:29 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por caniyosa »

Buenas tardes, actualmente estoy realizando un curso de Formacion Profesional para el empleo dirigido a personas trabajadoras desempleadas a través del SEXPE (Servicio Extremeño Público de Empleo). Este curso es asistencial de lunes a viernes de 490 horas a través de una academia de formación y después se realizarán las prácticas no laborales (80 horas) en una empresa. Me surge la duda si este Real Decreto es de aplicación también y si afectará a la pensión.
Esto es lo que dice el DECRETO 97/2016, de 5 de julio, por el que se regula la Formación
Profesional para el Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras
desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

4. Las prácticas profesionales en empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de
relación laboral entre el alumnado y las empresas o entidades en las que se realicen. Con
anterioridad al comienzo de las prácticas, su realización se pondrá en conocimiento de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los representantes legales de las personas
trabajadoras en la empresa, acompañando una relación del alumnado que participa en las
mismas.
Avatar de Usuario
psmito
Coronel
Coronel
Mensajes: 4205
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por psmito »

la contestación parece va para largo hoy me ha llegado esto
En respuesta a su consulta, de fecha: 06/01/2019 13:00:28, le informamos lo siguiente:
Su consulta se ha trasladado al Área de Ordenación Normativa de esta Dirección General para su tramitación por los Servicios correspondientes de la referida Unidad.
caniyosa escribió: Dom Ene 13, 2019 5:22 pm Buenas tardes, actualmente estoy realizando un curso de Formacion Profesional para el empleo dirigido a personas trabajadoras desempleadas a través del SEXPE (Servicio Extremeño Público de Empleo). Este curso es asistencial de lunes a viernes de 490 horas a través de una academia de formación y después se realizarán las prácticas no laborales (80 horas) en una empresa. Me surge la duda si este Real Decreto es de aplicación también y si afectará a la pensión.
Esto es lo que dice el DECRETO 97/2016, de 5 de julio, por el que se regula la Formación
Profesional para el Empleo dirigida prioritariamente a personas trabajadoras
desempleadas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

4. Las prácticas profesionales en empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de
relación laboral entre el alumnado y las empresas o entidades en las que se realicen. Con
anterioridad al comienzo de las prácticas, su realización se pondrá en conocimiento de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social y de los representantes legales de las personas
trabajadoras en la empresa, acompañando una relación del alumnado que participa en las
mismas.
yo entiendo que un Real decreto Ley prevalece por encima de un decreto de una CC.AA
con lo cual sera el de la CC.AA el que tenga que adaptarse
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
caniyosa
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 106
Registrado: Jue Nov 21, 2013 12:29 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: Prácticas Curriculares Universidad y FP alta en la Seguridad Social Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre.

Mensaje por caniyosa »

Buenas tardes, le han contestado a alguno los de clases Pasivas? Yo también hice la consulta y todavía esperando
Responder

Volver a “Otros asuntos y consultas sobre pensión, IRPF, compatibilidades, etc”