trasgu123 escribió: ↑Jue Nov 14, 2019 1:39 pm
mggsandoval escribió: ↑Mié Nov 13, 2019 7:22 pm
Buenas tardes:
¿Alguien puede indicarme en qué texto legal se recoge la compatibilidad de cotizar en clases pasivas (procedente de reserva transitoria) con el cobro de una pensión de jubilación del régimen general?
Muchas gracias.
Contestacion a la gallega.
Ves en algun lado de la normativa legal de pensiones de la S Social que el percibo de las mismas, sea incompatible con cobrar estando en la Reserva ??.
Pues sigo sin tener claro que sea compatible una pensión del Régimen General (adelantada a los 61 años por coeficientes reductores por la actividad) con el cobro de las retribuciones en Reserva (procedente de la R. Transitoria), percibiendo ambas hasta la edad de jubilación en Clases Pasivas.
Entre las incompatibilidades que cita la web de la S. Social está esta: "El desempeño de un puesto de trabajo en el sector público delimitado en el párrafo segundo del apartado 1del art. 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas (excepciones: profesores universitarios eméritos y personal licenciado sanitario)".