Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Giancarlo
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Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

Buenos días.

Me gustaría que alguien me aclarase como puedo pasar de la incapacidad total a la absoluta.

En el 2000 me dieron la incapacidad total para la Guardia Civil ,en el 2016 sufrí un accidente por culpa de un tercero por el que me han quedado una serie de secuelas importantes.

He pasado la valoración de la Junta de Castilla y León, de asuntos sociales y me han concedido un 57% de incapacidad. Lo que no tengo claro es si el organismo que acudí es el que me tiene que dar la incapacidad. Al no tener seguridad social y pertenecer a clases pasivas,¿ A quien debo solicitar esa incapacidad?

Voy a hacer una reclamación previa a este organismo,para ver si me la suben al 65% , pero lo más seguro es que se ratifiquen y me tenga que ir a la vía judicial.

Lo que me gustaría saber ,es que organismo se encarga posteriormente de nosotros...Ya que nadie esta libre de sufrir un accidente y quedarle secuelas...Un funcionario de clases pasivas ,en situación de retiro por incapacidad total para su trabajo,no puede quedar en un limbo y a algún sitio tendrá que acudir si por desgracia sufre un accidente y quiere solicitar la absoluta.

Si tienes una total y te quedas con una tetraplejia, en silla de ruedas, alguien tendrá que valorar esto...digo yo...No es mí caso,es un ejemplo.

Espero vuestras respuestas.

Muchas gracias.

Reciban un cordial saludo.
zuku
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por zuku »

Hola.

Mira este enlace, creo que te aclarará las dudas

https://www.clasespasivas.net/foro/viewt ... =2&t=26349

Un saudo
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josejuan
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por josejuan »

Me surge la duda de si pudieras pedir en el centro de valoración de incapacidades de tu localidad que te valoren, llámales y comentales tu caso y que te digan si es de su competencia.
Francisco I
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Francisco I »

Salvo que el empeoramiento sea consecuencia de la misma enfermedad por la que nos pasaron al retiro, no hay absoluta, sea cual sea el % de discapacidad que nos concedan con posterioridad a dicho retiro. Y si por algún recoveco legal nos concedieran la absoluta, no tendría ninguna ventaja fiscal. Es un tema muy tratado en éstos foros.
Giancarlo
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

El caso es que en el año 2000 me dieron la total con un 33% de incapacidad. En el 2016 sufro un accidente por culpa de un tercero y el forense del juzgado valora unas nuevas secuelas.

Yo me voy a Centro de Valoraciones de Castilla y León,Centro Base y solicito una revisión por agravamiento de lesiones. Les digo que quiero la absoluta. En principio me dicen que no puedo. Que al INSS. Les digo que no tengo seguridad social y que ellos ya me valoraron en el 2004.

Me subieron del 33% que tenía al 57% ,8 puntos por debajo del 65% de la absoluta.

El miércoles presentaré reclamación previa al centro base,aunque intuyo que se ratificarán en el 57%, pese a que no han valorado una enfermedad como es la fibromialgia postraumatica.

Mis dudas si este organismo me la podrá dar...o me tocará ir al juzgado de lo social. He contratado un abogado,que por 500 euros merece la pena intentarlo. Solo con evitarme el irpf 3 meses me compensa.

Hoy he acudido a clases pasivas y me han dicho que con un 65% ,igual o superior quedo exento.

Lo que me daría rabia,es comenzar el proceso en el INSS...Aunque ellos me dijeron que como no trabajaba y no tenía seguridad social y era de clases pasivas... No debía hacerlo así... Pero me da que no tenían ni idea...aunque me hicieron pasar por 3 médicos para valoración.

La fibromialgia no la valoran,pero existe jurisprudencia, en la que te dan la absoluta si viene acompañada de más enfermedades.
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trasgu123
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por trasgu123 »

Seguimos confundiendo terminos.

- INCAPACIDAD LABORAL: la determinan los Organos competentes para ello dependiendo del sistema sanitario al que se pertenece. Cada sistema tiene normativa propia al respecto.

- MINUSVALIA SOCIAL: la determinan los Servicios Sociales de las Comunidades Autonomas, siendo indiferente el sistema sanitario al que se pertenezca. La normativa es UNA para todo el mundo, el Real Decreto 1971/1999.
Francisco I
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Francisco I »

Ya te digo yo que si lo que buscas es quedar exento del IRPF, no te gastes ni un euro en ello. No lo vas a conseguir. ¿ Sabes cuantos retirados y jubilados existen que a sus avanzadas edades, cumplen las condiciones de salud para tener la absoluta ? Cientos de miles. pero si te sobran los 500 euros, eres muy libre de regalárselos a ese abogado sin escrúpulos.
Yo me gastaría el dinero en conseguir una buena indemnización por parte de la aseguradora de ese tercero culpable de tu accidente; ahí si puedes y debes de rascar, hasta don la vigente ley del Seguro y sus Baremos te permitan. Y ya te digo que esa indemnización está libre de impuestos si es fijada en sentencia judicial.
Última edición por Francisco I el Mar May 07, 2019 10:53 pm, editado 1 vez en total.
Giancarlo
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

Es cierto. Donde más esperanzas tengo es en un abogado especialista en daño cerebral,por lo del accidente.

El otro abogado, es otra vía más, que no quiero cerrar y por 500 euros, merece la pena intentarlo.

El abogado del accidente, me pedirá también la absoluta, porque el forense dejó abierta esa vía en su informe.

Lo que pasa que por el juzgado de lo social es más rápido y por la vía penal ya llevo 3 años. Por lo social en 6 meses sabré si me la dan o no.

Veremos a ver que sucede....
zuku
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por zuku »

Hola.

¿ Un abogado especialista en daño cerebral? :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: ; permíteme que me descojone. ¿Desde cuando en derecho se estudia neurología a ese nivel?. Mas bien tendrías que contratar un médico titulado en daño corporal (incluida la cachola) o un neurologo.

El abogado de los 500€ dice que merece la pena intentarlo, pues claro, faltaría mas, se embolsa 500€ por hacer un escrito sin fundamento. Luego tendrás que pagar un poder para pleitos (50€) + el procurador (150€), y en caso de que la reclamación esté fuera de lugar si el juez lo estima oportuno te puede condenar en costas.

Dices que el abogado del accidente te pedirá la absoluta, :lol: :lol: :lol: :lol:, el abogado solo pedirá la indemnización que te corresponda, si es del seguro velará por los intereses de su patrón, que es el seguro; si lo pagas tú velará por los tuyos. Ten en cuenta las posibles apelaciones que también cuestan dinero.
En el caso de que ganaras y el juez previo informe del forense te declarase incapacitado de forma absoluta, al estar ya retirado no estarías exento del IRPF porque el art. 7(g) de la Ley del IRPF lo dice muy claro.

La decisión es tuya igual que tu dinero, no puedes ganar

Un saludo y suerte
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Giancarlo
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

Es cierto Zuku.

No existen abogados especialistas en daño cerebral. Pero si abogados que han llevado casos de ese tipo,de motoristas con daño cerebral y que les han sacado indemnizaciones millonarias.

Por supuesto,que los informes buenos son de los neurólogos y son los que han valorado el forense.

El abogado particular no es del seguro. Va a comisión.

El otro abogado,pertenece a una asociación, de una enfermedad rara y la padece un familiar suyo. Quizás me equivoque,pero los gastos son mínimos.

He escrito aquí, porque desconozco todo este proceso. Parto del NO. Sin expectativas, así que porque no intentarlo. No es un dineral.

De todos modos, OS tendré informados. Los procesos están iniciados y ya se verá en que quedan.

Por cierto, la base ya la tengo cubierta. El forense ya me dio mas de 600 días moderados y mas de 45 puntos de secuelas. La incapacidad absoluta, según el nuevo baremo de accidentes, puede subir en unos 180.000 euros más la indemnización, más lucro cesante,daño emergente etc.

Quizás no esté haciendo lo correcto. Pero por 500 euros, merece la pena intentarlo por las dos vías, la penal y la social.

Reciban un cordial saludo todos los que me han contestado y todos los que me han leído.
zuku
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por zuku »

Suerte
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psmito
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por psmito »

si lo que buscas es la incapacidad absoluta y fijate que es incapacidad
hay 3 vias
1º SS.SS pasar por el EVI
condición: estar dado de alta en la SS.SS (trabajar), si no la cumples esta puerta esta cerrada
2º Clases pasivas: por agravamiento
forzosamente ha de ser la patología que te llevo a retiro, si no la cumples esta puerta esta cerrada, ni a la pensión complementaria del ISFAS
3º juzgado: que un juez por sentencia firme y digo firme te de la incapacidad absoluta
en el supuesto que lo consigas y con la ley actual, como bien te informan al estar ya jubilado jamas tendrás la exención de IRPF

eso respecto a la absoluta

respecto a la discapacidad y digo discapacidad
dices que tenias reconocido un 33% y te han valorado nuevamente los servicios sociales de tu CC.AA que son quienes tienen competencias y te han reconocido un 57%
pongamos que no estas de acuerdo, recurres te vuelven a valorar y te dan un 65% de discapacidad (esto no es la absoluta) es un grado superior de discapacidad que lleva aparejado una serie de beneficios como por ejemplo
una deducción de la base imponible mucho mayor y por tanto (cuando lo acredites en clases pasivas) un IRPF mucho menor, pero no exento
si fuese por sentencia judicial automáticamente y con independencia del % pasaría a ser un 65% pero seguirías en las mismas

respecto al accidente, que como te aconsejan y yo lo mismo, es por lo que tienes que luchar
dentro de mis modestos conocimientos si esas secuelas y días a efectos de indemnización te los ha dado el forense del juzgado (que es casi palabra de dios para el juez) y sin conocer los datos exactos
ignoro si hay puntos por secuelas estéticas
doy por hecho que esos 45 puntos son secuelas funcionales
ignoro si hay días de hospitalización o días en la UVI
etc

yo me atrevería a decir que como poco tienes mas de 60.000 Euros en indemnizaciones, de punto de partida
recuerda lo que te han dicho
si la indemnización es por acuerdo, tendrás que declararlo y pagar a hacienda, si es por sentencia judicial no

tu mismo
saludos
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Francisco I
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Francisco I »

zuku escribió: Lun May 06, 2019 11:48 pm Hola.

¿ Un abogado especialista en daño cerebral? :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: :lol: ; permíteme que me descojone. ¿Desde cuando en derecho se estudia neurología a ese nivel?. Mas bien tendrías que contratar un médico titulado en daño corporal (incluida la cachola) o un neurologo.

El abogado de los 500€ dice que merece la pena intentarlo, pues claro, faltaría mas, se embolsa 500€ por hacer un escrito sin fundamento. Luego tendrás que pagar un poder para pleitos (50€) + el procurador (150€), y en caso de que la reclamación esté fuera de lugar si el juez lo estima oportuno te puede condenar en costas.

Dices que el abogado del accidente te pedirá la absoluta, :lol: :lol: :lol: :lol:, el abogado solo pedirá la indemnización que te corresponda, si es del seguro velará por los intereses de su patrón, que es el seguro; si lo pagas tú velará por los tuyos. Ten en cuenta las posibles apelaciones que también cuestan dinero.
En el caso de que ganaras y el juez previo informe del forense te declarase incapacitado de forma absoluta, al estar ya retirado no estarías exento del IRPF porque el art. 7(g) de la Ley del IRPF lo dice muy claro.

La decisión es tuya igual que tu dinero, no puedes ganar

Un saludo y suerte
No es al apartado g) al que hay que acudir, sino al apartado d) de ese mismo artículo y ley.
Por supuesto que la pensión que ya percibe, nunca va a estar exenta. Tampoco creo que por el accidente sobrevenido, le concedan otra pensión; sino una potente indemnización de acuerdo con los Baremos establecidos en la Ley del Seguro; y esa indemnización si que está exenta hasta los límites establecidos en dicho Baremo, o en su totalidad si es fijada en sentencia judicial.
Saludos.
Giancarlo
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

Sinceramente me quedo sorprendido por la buena información y los conocimientos que tenéis de la ley.

Podéis creerme,que a los abogados que he acudido, a la mayoría les queda grande.

OS agradezco vuestra aportación, porque estas opiniones son muy valiosas para mí.

En un principio, solo estaba interesado en la indemnización del accidente, pero en el momento en el que un abogado sacó el tema de la absoluta... Es cuando me vinieron las dudas,por mí situación actual.

Es cierto, que la indemnización puede ser potente y la absoluta ayudaría a que lo fuese. El forense lo ha dejado entrever en sus dos informes. Pero un forense, jamás lo pone con palabras.

Se va a " luchar" por +/- 500.000 euros.

Yo pensaba sacarla solo por vía penal...Pero visto la dimensión del caso, por 500 euros, porque no intentarlo por el juzgado de lo social.

No quiero un acuerdo extrajudicial, porque en tres años la aseguradora contraria no ha querido saber nada de mí... No han pagado ni un solo euro de mis tratamientos, ni pasados,ni presentes,ni futuros.

Gracias psmito por la respuesta. A Francisco I y a Zuku.

Veremos a ver que ocurre. Mañana acudo a presentar la reclamación previa... En los servicios sociales de la Comunidad... Y que salga lo que tenga que salir...En menos de un mes...me imagino que se ratificarán...

Y por otra vía... Irá lo del accidente.

Gracias de nuevo... No esperaba recibir estas respuestas tan profesionales.
Giancarlo
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Re: Incapacidad total y paso a la absoluta, después de un accidente.

Mensaje por Giancarlo »

Quería dejar un comentario sobre lo que he leído, sobre el pago a Hacienda ,relacionado con la indemnización...

Estaran exentas de tributacion...Siempre que la indemnización nos venga concedida por una sentencia o bien si la transacción o acuerdo extrajudicial por la que se ha pactado dicha indemnización tenga como base las cantidades reconocidas en el baremo de tráfico.

https://www.fmabogados.com/tenerife/dec ... mnizacion/
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