Bajada de pensión al trabajar.

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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PSI.FORENSE
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Re: Bajada de pensión al trabajar.

Mensaje por PSI.FORENSE »

jmegjmeg escribió: Mar Sep 17, 2019 2:57 am
FRANKGC escribió: Sab Sep 14, 2019 12:11 pm
jmegjmeg escribió: Vie Sep 13, 2019 10:56 pm Por aclararme también y aprovecho el hilo. Este calculo de reducción del 45% por no llevar los 20 años de servicio se aplica a tu pensión reconocida el año que pasas a retiro??? Y si por ejemplo tu pensión reconocida es superior al la maxima establecida aún descontando esos años por no llegar a los 20, el cálculo de ese 45% a restar al trabajar se calcula en base a cual??

Pongo un ejemplo.

Te reconocen 2800 euros y por faltar un año te des cuentan el 5% y se queda en 2650 y la máxima es 2620, con lo cual la sobrepasa y te queda 2620 .

Sobre que se hace el cálculo de ese 45% si trabajas por cuenta ajena o sector privado? ??
Es un 5% por año que faltara hasta los 20 años de servicio, con un máximo de un 20%, sobre la pensión que queda de clases pasivas eso por un lado. Si es en acto de servicio no descuentan ningún porcentaje de la pensión.
Si trabajas en la vida civil, una vez solicitada la compatibilidad, se descontará un 25% de la pensión que resultara de la cuenta anterior.
De lo que cobres por trabajar en la vida civil, no te descontará el IRPF que te correspondieran
Ese último párrafo sobre lo que cobre en la empresa privada no descuentan IRPF?? Te refieres a que si la empresa privada me contrata por 24.000 euros brutos lo que cobraría seria esa cantidad integra a pagar IRPF 0?????.

O como se tributaria por ambos sueldos? ?? Por un lado lo que me quedara de pensión tras pedir la compatibilidad menos su IRPF correspondiente y por otro lado lo que paga la empresa privada o todo se suma y se hace un nuevo calculo de IRPF con las cantidades brutas a cobrar de pensión y empresa privada? ??
A Hacienda tributaràs por lo que cobras en conjunto, es decir por dos pagadores.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
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psmito
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Re: Bajada de pensión al trabajar.

Mensaje por psmito »

Perdón he metido la pata, ya esta corregido

eso me pasa por tener la cabeza en Babia (provincia de León), en vez de estar pendiente de lo que escribo

un saludo y perdón
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FRANKGC
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Re: Bajada de pensión al trabajar.

Mensaje por FRANKGC »

jmegjmeg escribió: Mar Sep 17, 2019 2:57 am
FRANKGC escribió: Sab Sep 14, 2019 12:11 pm
jmegjmeg escribió: Vie Sep 13, 2019 10:56 pm Por aclararme también y aprovecho el hilo. Este calculo de reducción del 45% por no llevar los 20 años de servicio se aplica a tu pensión reconocida el año que pasas a retiro??? Y si por ejemplo tu pensión reconocida es superior al la maxima establecida aún descontando esos años por no llegar a los 20, el cálculo de ese 45% a restar al trabajar se calcula en base a cual??

Pongo un ejemplo.

Te reconocen 2800 euros y por faltar un año te des cuentan el 5% y se queda en 2650 y la máxima es 2620, con lo cual la sobrepasa y te queda 2620 .

Sobre que se hace el cálculo de ese 45% si trabajas por cuenta ajena o sector privado? ??
Es un 5% por año que faltara hasta los 20 años de servicio, con un máximo de un 20%, sobre la pensión que queda de clases pasivas eso por un lado. Si es en acto de servicio no descuentan ningún porcentaje de la pensión.
Si trabajas en la vida civil, una vez solicitada la compatibilidad, se descontará un 25% de la pensión que resultara de la cuenta anterior.
De lo que cobres por trabajar en la vida civil, no te descontará el IRPF que te correspondieran
Ese último párrafo sobre lo que cobre en la empresa privada no descuentan IRPF?? Te refieres a que si la empresa privada me contrata por 24.000 euros brutos lo que cobraría seria esa cantidad integra a pagar IRPF 0?????.

O como se tributaria por ambos sueldos? ?? Por un lado lo que me quedara de pensión tras pedir la compatibilidad menos su IRPF correspondiente y por otro lado lo que paga la empresa privada o todo se suma y se hace un nuevo calculo de IRPF con las cantidades brutas a cobrar de pensión y empresa privada? ??
De lo que cobres por trabajar en la vida civil, no te descontará el IRPF que te correspondieran error el no sobra,
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