pedir compatibilidad
Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
pedir compatibilidad
buenas tardes, en unos meses saldré publicado como retirado en acto de servicio, por lo cual tengo entendido que al superar la pensión máxima aunque trabaje en otro sitio no me restaría nada de la pensión, corregirme si me equivoco. La pregunta es si en mi caso concreto tengo que pedir compatibilidad para trabajar o no? ya que he leído por ahí que los anteriores a 2009 no la tienen que pedir ya que no les afecta el pensionazo y en mi caso aún ser en 2019 tampoco me afecta al ser en acto de servicio y quedar el 200% no?. Otra pregunta es..si pido la compatibilidad y me pongo a trabajar al día siguiente pensando que si me van a admitir la compatibilidad, pero finalmente por lo que sea no me la dieran, en que me afectaría? hacienda me quitaría la pensión de esos meses, una multa o que? muchas gracias de antemano.
-
- General de Brigada
- Mensajes: 6999
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: pedir compatibilidad
¿ Donde pone que las pensiones extraordinarias no están sometidas al "pensionazo" ?
A lo mejor, lo que quieres decir es que al superar tu pensión, la pensión máxima, aunque te apliquen descuentos por trabajar, seguirías cobrando la máxima; pero eso tampoco tiene por qué ser así. Pero eso va a ser que NO; porque si te afecta el pensionazo, el mes que trabajes no cobras pensión; ni máxima ni mínima; y creo que no te va a interesar, ¿ o si ?
A lo mejor, lo que quieres decir es que al superar tu pensión, la pensión máxima, aunque te apliquen descuentos por trabajar, seguirías cobrando la máxima; pero eso tampoco tiene por qué ser así. Pero eso va a ser que NO; porque si te afecta el pensionazo, el mes que trabajes no cobras pensión; ni máxima ni mínima; y creo que no te va a interesar, ¿ o si ?
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
Re: pedir compatibilidad
ok, entonces entiendo que para cobrar la pensión tengo que pedir compatibilidad antes y listo...y si, me he explicado mal y lo has entendido genial. Muchas gracias!!Francisco I escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 9:21 pm ¿ Donde pone que las pensiones extraordinarias no están sometidas al "pensionazo" ?
A lo mejor, lo que quieres decir es que al superar tu pensión, la pensión máxima, aunque te apliquen descuentos por trabajar, seguirías cobrando la máxima; pero eso tampoco tiene por qué ser así. Pero eso va a ser que NO; porque si te afecta el pensionazo, el mes que trabajes no cobras pensión; ni máxima ni mínima; y creo que no te va a interesar, ¿ o si ?
-
- General de Brigada
- Mensajes: 6999
- Registrado: Mar Oct 07, 2008 10:35 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por edad
- Ubicación: Sevilla
Re: pedir compatibilidad
Solo aquellos cuyo pase al retiro ha sido por alcanzar la edad legal del retiro, pueden trabajar en el sector privado, perdiendo únicamente el 50 % de la pensión que tuvieran. Al cesar en el trabajo, recuperan el 100% de la pensión que tuvieran, pero sin que los nuevos tiempos cotizados le generen derecho a aumento de pensión. Articulo 33, apartado 2 del R.D. 670/1987
No creo que sea tu caso; pues hablas de pensión extraordinaria en acto de servicio.
Para cobrar tu pensión tienes que cumplir lo establecido al efecto; y si pides la compatibilidad y trabajas , te quedas sin pensión y listo.
No creo que sea tu caso; pues hablas de pensión extraordinaria en acto de servicio.
Para cobrar tu pensión tienes que cumplir lo establecido al efecto; y si pides la compatibilidad y trabajas , te quedas sin pensión y listo.
- psmito
- Coronel
- Mensajes: 4255
- Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Ubicación: Pamplona
Re: pedir compatibilidad
Después de leer este post y otros anteriores tuyos, me da la impresión que estás con el cuento de la lechera en tu cabeza, además me da la sensación que estás haciendo mal las cuentas y te vas a dar una ostia importante, y después vienen los llorosgato86 escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 8:04 pm buenas tardes, en unos meses saldré publicado como retirado en acto de servicio, por lo cual tengo entendido que al superar la pensión máxima aunque trabaje en otro sitio no me restaría nada de la pensión, corregirme si me equivoco. La pregunta es si en mi caso concreto tengo que pedir compatibilidad para trabajar o no? ya que he leído por ahí que los anteriores a 2009 no la tienen que pedir ya que no les afecta el pensionazo y en mi caso aún ser en 2019 tampoco me afecta al ser en acto de servicio y quedar el 200% no?. Otra pregunta es..si pido la compatibilidad y me pongo a trabajar al día siguiente pensando que si me van a admitir la compatibilidad, pero finalmente por lo que sea no me la dieran, en que me afectaría? hacienda me quitaría la pensión de esos meses, una multa o que? muchas gracias de antemano.
Repito, es mi impresión, quizá este equivocado
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
Re: pedir compatibilidad
cuál es el cuento de la lechera? pregunto precisamente xq para mi todo esto es nuevo y no quiero darme el batacazo y quiero tenerlo todo bien hilado.psmito escribió: ↑Mar Nov 12, 2019 10:18 amDespués de leer este post y otros anteriores tuyos, me da la impresión que estás con el cuento de la lechera en tu cabeza, además me da la sensación que estás haciendo mal las cuentas y te vas a dar una ostia importante, y después vienen los llorosgato86 escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 8:04 pm buenas tardes, en unos meses saldré publicado como retirado en acto de servicio, por lo cual tengo entendido que al superar la pensión máxima aunque trabaje en otro sitio no me restaría nada de la pensión, corregirme si me equivoco. La pregunta es si en mi caso concreto tengo que pedir compatibilidad para trabajar o no? ya que he leído por ahí que los anteriores a 2009 no la tienen que pedir ya que no les afecta el pensionazo y en mi caso aún ser en 2019 tampoco me afecta al ser en acto de servicio y quedar el 200% no?. Otra pregunta es..si pido la compatibilidad y me pongo a trabajar al día siguiente pensando que si me van a admitir la compatibilidad, pero finalmente por lo que sea no me la dieran, en que me afectaría? hacienda me quitaría la pensión de esos meses, una multa o que? muchas gracias de antemano.
Repito, es mi impresión, quizá este equivocado
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
Re: pedir compatibilidad
pues esto si es nuevo para mí...tengo entendido que con la inutilidad permanente TOTAL si puedo trabajar en otro trabajo que no sea público no? siempre y cuando pida la compatibilidad antes por supuesto.Francisco I escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 10:22 pm Solo aquellos cuyo pase al retiro ha sido por alcanzar la edad legal del retiro, pueden trabajar en el sector privado, perdiendo únicamente el 50 % de la pensión que tuvieran. Al cesar en el trabajo, recuperan el 100% de la pensión que tuvieran, pero sin que los nuevos tiempos cotizados le generen derecho a aumento de pensión. Articulo 33, apartado 2 del R.D. 670/1987
No creo que sea tu caso; pues hablas de pensión extraordinaria en acto de servicio.
Para cobrar tu pensión tienes que cumplir lo establecido al efecto; y si pides la compatibilidad y trabajas , te quedas sin pensión y listo.
- psmito
- Coronel
- Mensajes: 4255
- Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Ubicación: Pamplona
Re: pedir compatibilidad
Haber si los datos que he recogido de varios post tuyos son correctos
Grupo de cotización C1
Menos de 15 años de servicio
Retiro en acto de servicio
Incapacidad total , no absoluta
Es correcto?????
Grupo de cotización C1
Menos de 15 años de servicio
Retiro en acto de servicio
Incapacidad total , no absoluta
Es correcto?????
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15630
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: pedir compatibilidad
Real Decreto 710/2009.
1. En las pensiones ORDINARIAS de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, causadas a partir de 1 de enero de 2009, cuando se acrediten menos de veinte años de servicios efectivos al Estado en la fecha de la jubilación o el retiro y siempre que la incapacidad o inutilidad del funcionario no le inhabilitase para toda profesión u oficio, la cuantía de la pensión, calculada según las normas del artículo 31.4 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, experimentará una reducción de un cinco por ciento por cada año completo que falte a su titular para alcanzar los veinte años de servicios al Estado, con una reducción máxima del veinticinco por ciento para quienes acrediten quince años o menos de servicios.
Las pensiones en Acto de Servicio hasta hace nada por los menos, eran EXTRAORDINARIAS ¿no?.
1. En las pensiones ORDINARIAS de jubilación o retiro por incapacidad permanente o inutilidad, causadas a partir de 1 de enero de 2009, cuando se acrediten menos de veinte años de servicios efectivos al Estado en la fecha de la jubilación o el retiro y siempre que la incapacidad o inutilidad del funcionario no le inhabilitase para toda profesión u oficio, la cuantía de la pensión, calculada según las normas del artículo 31.4 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, experimentará una reducción de un cinco por ciento por cada año completo que falte a su titular para alcanzar los veinte años de servicios al Estado, con una reducción máxima del veinticinco por ciento para quienes acrediten quince años o menos de servicios.
Las pensiones en Acto de Servicio hasta hace nada por los menos, eran EXTRAORDINARIAS ¿no?.
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15630
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: pedir compatibilidad
No son "los anteriores a 2009", son las pensiones anteriores a 2009 que es el año en que entra en vigor el Pensionazo.gato86 escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 8:04 pm buenas tardes, en unos meses saldré publicado como retirado en acto de servicio, por lo cual tengo entendido que al superar la pensión máxima aunque trabaje en otro sitio no me restaría nada de la pensión, corregirme si me equivoco. La pregunta es si en mi caso concreto tengo que pedir compatibilidad para trabajar o no? ya que he leído por ahí que los anteriores a 2009 no la tienen que pedir ya que no les afecta el pensionazo y en mi caso aún ser en 2019 tampoco me afecta al ser en acto de servicio y quedar el 200% no?. Otra pregunta es..si pido la compatibilidad y me pongo a trabajar al día siguiente pensando que si me van a admitir la compatibilidad, pero finalmente por lo que sea no me la dieran, en que me afectaría? hacienda me quitaría la pensión de esos meses, una multa o que? muchas gracias de antemano.
Si pides la compatibilidad y te pones a trabajar sin que se haya concedido, dile adios a la pension de esos meses.
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
Re: pedir compatibilidad
de acuerdo, pero si puedo trabajar pidiendo compatibilidad, evidentemente aceptándomela y restándome de la pensión un 55% creo que es por tener 15 años de servicio no? en correcto esto? o pierdo la pensión entera si me pongo a trabajar? me estoy haciendo un lio, lo siento.trasgu123 escribió: ↑Mar Nov 12, 2019 8:33 pmNo son "los anteriores a 2009", son las pensiones anteriores a 2009 que es el año en que entra en vigor el Pensionazo.gato86 escribió: ↑Lun Nov 11, 2019 8:04 pm buenas tardes, en unos meses saldré publicado como retirado en acto de servicio, por lo cual tengo entendido que al superar la pensión máxima aunque trabaje en otro sitio no me restaría nada de la pensión, corregirme si me equivoco. La pregunta es si en mi caso concreto tengo que pedir compatibilidad para trabajar o no? ya que he leído por ahí que los anteriores a 2009 no la tienen que pedir ya que no les afecta el pensionazo y en mi caso aún ser en 2019 tampoco me afecta al ser en acto de servicio y quedar el 200% no?. Otra pregunta es..si pido la compatibilidad y me pongo a trabajar al día siguiente pensando que si me van a admitir la compatibilidad, pero finalmente por lo que sea no me la dieran, en que me afectaría? hacienda me quitaría la pensión de esos meses, una multa o que? muchas gracias de antemano.
Si pides la compatibilidad y te pones a trabajar sin que se haya concedido, dile adios a la pension de esos meses.
- psmito
- Coronel
- Mensajes: 4255
- Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
- Cuerpo: Guardia Civil
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Ubicación: Pamplona
Re: pedir compatibilidad
Teóricamente la solicitud de compatibilidad tiene que ser anterior al inicio de la actividad, se supone que con unos días antes vale, pero si no te la conceden pierdes el 100% de la pensión, o te la quitan por no tenerla concedida y te ves en un mar de reclamaciones
Depende del riesgo que quieras correr
Y con compatibilidad tu pensión se reducirá al 55% de la pensión reconocida , menos el IRPF claro
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.
┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
-
- Subteniente
- Mensajes: 93
- Registrado: Sab Nov 25, 2017 11:55 am
- Cuerpo: Militar de Complemento
- Situacion: Retiro por edad
- Comentario: Guardia civil retirado accidente acto servicio.
Re: pedir compatibilidad
muchas gracias!!psmito escribió: ↑Mié Nov 13, 2019 12:25 amTeóricamente la solicitud de compatibilidad tiene que ser anterior al inicio de la actividad, se supone que con unos días antes vale, pero si no te la conceden pierdes el 100% de la pensión, o te la quitan por no tenerla concedida y te ves en un mar de reclamaciones
Depende del riesgo que quieras correr
Y con compatibilidad tu pensión se reducirá al 55% de la pensión reconocida , menos el IRPF claro
- trasgu123
- Teniente General
- Mensajes: 15630
- Registrado: Jue Jul 17, 2008 1:34 pm
- Cuerpo: Militar de Carrera
- Situacion: Retiro por incapacidad
- Comentario: Por "inutilidad manifiesta" que decia mi Capitan en Talarn, D. Raimundo Castellanos Lopez.
En la gloria este, sea donde sea. - Ubicación: En la isla Santa Clara, Bahia de La Concha.
Re: pedir compatibilidad
Real Decreto 710/2009, de 17 de abril, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, en materia de pensiones de Clases Pasivas y de determinadas indemnizaciones sociales.