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Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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Manuel Cortez
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Mensaje por Manuel Cortez »

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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

Los perceptores de pensiones de inutilidad de Clases Pasivas que no son de retiro, pueden trabajar en cualquier empleo sin tener que solciitar compatibilidad alguna y sin reducción en el importe de su pensión.

Un saludo
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Manuel Cortez
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Manuel Cortez »

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aportodas
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por aportodas »

A mi parecer, es como dice sargentodehierro, si bien te aconsejo traslades la pregunta a la Dirección General de Costes de Hacienda y te lo den por escrito. En principio si hablamos de una pensión de inutilidad de las recogidas en el art 7 del RD 71/2019 sería compatible, pues no es de retiro y no se le aplica las incompatibilidades del rd 710/2009.

Un saludo.
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sargentodehierro
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por sargentodehierro »

Esta fue la respuesta que me dieron hace un tiempo a consulta por escrito:

2017/2989
ICS/SCM
22/08/17


En contestación a su correo electrónico le trasmito información de carácter general acerca de incompatibilidades, siempre en el supuesto de que el Ministerio de Defensa le reconociera en su día una pensión extraordinaria por inutilidad para el servicio, al amparo de lo establecido en el artículo 52.3 o 52 bis.2 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y Real Decreto 1186/2001, por el que se regulan las pensiones e indemnizaciones del régimen de Clases Pasivas del Estado a los militares de complemento y a los militares de tropa y marinería y se aprueban los cuadros médicos para el reconocimiento de dichas prestaciones. En este supuesto, y en relación con el régimen de incompatibilidades, no le es de aplicación lo previsto en el artículo 9.1 del Real Decreto 710/2009, por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009, en materia de pensiones de Clases Pasivas y de determinadas indemnizaciones sociales, según el cual “el percibo de las pensiones de jubilación o retiro, tanto ordinarias como extraordinarias, además de su incompatibilidad con el desempeño de un puesto de trabajo en el sector público, será incompatible, con carácter general, con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social”.
De hecho, el párrafo segundo del mismo artículo 9 dispone que “dicha incompatibilidad no será de aplicación a las pensiones en favor de alumnos de centros docentes militares de formación, ni a las pensiones por inutilidad para el servicio causadas por el personal militar que no tenga adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, reguladas, respectivamente, en los artículos 52.3 y 52 bis. 2 del texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y en las normas de desarrollo reglamentario”.
Por tanto, estas pensiones por inutilidad para el servicio resultan excluidas del régimen general de incompatibilidades, resultando compatibles con el ejercicio de cualquier actividad laboral en el sector privado y público.

Atentamente,
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aportodas
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por aportodas »

Muy interesante y de diez la respuesta que aportas que te dieron sargentodehierro. De todas formas, respecto a la compatibilidad con el empleo público, si bien dicen que es compatible también, yo tengo mis dudas normativamente hablando después de un su día haber revisado las normativas a fondo, sentencias y demás. Creo que pudiera dar algún dolor de cabeza. En lo demás trabajos parece claro que no es incompatible , ni hay reducción, ni debes pedir compatibilidad alguna.

Como ejemplo de lo que hablo dejo esta Sentencia, donde cambian el criterio respecto a la compatibilidad del ejercicio de un empleo público con una pensión de incapacidad de Seg. Social, declarándolas incompatibles, cuando antes al parecer las declaraban compatibles con el empleo público en muchas Sentencias que he visto. Sé de sobra que son regímenes distintos y tal, pero creo que podría extrapolarse llegado el caso y guarda cierta similitud si la leéis con detenimiento. Sobre todo hay un párrafo que es el que me dió a pensar que esto podría ser interpretativo y pudiera dar algún problema:

http://www.poderjudicial.es/search/AN/o ... 6/20180524



Por consiguiente, aunque sean regulaciones diferentes, parece claro que el concepto de pensión de jubilación
o retiro en el régimen de clases pasivas tiene su equivalente en las pensiones de jubilación del sistema de
Seguridad Social, pero también en las de incapacidad permanente, en los grados de total, absoluta o gran
invalidez.


En general esa Sentencia y en concreto ese párrafo, pienso se podría extrapolar a las pensiones de inutilidad de las que hablamos.

Con esto no digo que la información que le dieron al compañero sargentodehierro es errónea, pues yo también dispongo de esa misma respuesta en papel, sólo que no me queda claro del todo ese punto, máxime cuando en la misma respuesta me ponen abajo que dicha respuesta sólo tiene caracter informativo y que no es vinculante.... De ahí que indagara bien en este tema. Además esta Sentencia es relativamente cercana en el tiempo, Marzo 2018, la respuesta que me dieron a mi y, por lo que veo al compañero, son anteriores en fecha. Por todo ello, te aconsejaba te lo dieran por escrito, aunque digan que solo tiene carácter informativo y no vinculante, imagino que algún valor tendrá esa respuesta llegado el caso que te pudieran dar algún problemilla.

Un saludo.
Manuel Cortez
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Manuel Cortez »

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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por trasgu123 »

La S Social tiene normativa Propia y Especifica. Clases Pasivas tiene normativa Propia y Especifica.

Todo parecido entre los dos sistemas tanto en normativa, cotizaciones, prestaciones, etc., es pura coincidencia.

Las incompatibilidades en Clases Pasivas a dia de hoy la regula el RD 710/2009.
aportodas
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por aportodas »

He analizado la normativa de nuevo y realmente, a pesar de mi post anterior en este hilo, parece que la normativa es clara al respecto. Leete Manuel el rd 710/2009, en concreto su artículo 9. Ahí es donde viene esto regulado:

Artículo 9. Incompatibilidad.
El percibo de las pensiones de jubilación o retiro, tanto ordinarias como extraordinarias, además de su incompatibilidad con el desempeño de un puesto de trabajo en el sector público, será incompatible, con carácter general, con el ejercicio de una actividad, por cuenta propia o ajena, que dé lugar a la inclusión de su titular en cualquier régimen público de Seguridad Social.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación a las pensiones en favor de alumnos de centros docentes militares de formación, ni a las pensiones por inutilidad para el servicio causadas por el personal militar que no tenga adquirido el derecho a permanecer en las Fuerzas Armadas hasta la edad de retiro, reguladas, respectivamente, en los artículos 52.3 y 52 bis.2 del Texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado y en las normas de desarrollo reglamentario.


A mi parecer es algo paradójico que a una pensión de inutilidad (que no de retiro) sí se le permita compatibilizar con un empleo en el sector público. Pero es que lo dicen: "lo dispuesto en el párrafo anterior no será de aplicación" .....y en el párrafo anterior también se están refiriendo a un puesto de trabajo en el sector público. Por tanto, es que por muchas interpretaciones que alguno hiciera, lo dicen expresamente.

Igualmente, te aconsejo que dirijas una consulta a la Dirección General de Costes del Ministerio de Hacienda y tenerlo por escrito.

Un saludo.
Manuel Cortez
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Manuel Cortez »

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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Soldadodecanarias »

Hola compañeros (excompis muchos ya... Otros tantos compis de pensión o retiro🤭)
Al hilo de lo expuesto en este foro... Creen que como docente de la administración pública (tutora de 6° primaria en colegio público y especialista de varias materias) debo avisar o solicitar algo a clases pasivas o al departamento de pensiones con referencia a mi pensión por inutilidad? Creen que existe incompatibilidad, o estaría exenta está situación????
GRACIAS DE ANTEMANO
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por sargentodehierro »

Soldadodecanarias escribió: Vie Sep 04, 2020 10:52 pm Hola compañeros (excompis muchos ya... Otros tantos compis de pensión o retiro🤭)
Al hilo de lo expuesto en este foro... Creen que como docente de la administración pública (tutora de 6° primaria en colegio público y especialista de varias materias) debo avisar o solicitar algo a clases pasivas o al departamento de pensiones con referencia a mi pensión por inutilidad? Creen que existe incompatibilidad, o estaría exenta está situación????
GRACIAS DE ANTEMANO
Buenas,

Todo dependerá de si tu pensión es de retiro o no.

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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Soldadodecanarias »

Por inutilidad de condiciones psicofísicas. El abogado dice que su la pierdo (paralizada) por trabajar para la administración...pero había leído por aquí que no...
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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por sargentodehierro »

Ya ves en este hilo lo que dice la normativa y la consulta realizada a Clases Pasivas

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Re: Duda compatibilidad pension

Mensaje por Soldadodecanarias »

Voy a leer con detenimiento lo que dice la normativa,
R.D. 710/2009. es el que corresponde?
Gracias!
Estoy en un limbo... incapacidad permanente total para todos por el nuevo R.D. ??? ¡Pido relación con el servicio! agravamiento por el mismo. Y enfermedad profesional
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