Buenas noches compañeros.
Quería consultaros unas dudas que tengo y para ello paso a explicados:
Soy Guardia Civil retirado en 2015 por incapacidad, habiendo salido publicado como tal el día 2 de septiembre y justo 13 días después yo hubiese hecho 20 años en el Cuerpo (en cuanto a la pensión que percibo si cobro el 100℅).
El caso es que estoy en el último año de derecho y aunque cuando lo inicie no estaba por la labor, a día de hoy tengo que reconocer que si me gustaría darme de alta y trabajar de ello, después de solicitar la compatibilidad.
Las dudas que tengo son dos:
La primera es que dado que a mi me pilla el pensionazo, ya sé que perdería el 25% de la pensión la darme de alta. Pero mi duda es si por esos 13 días que me faltaron para llegar a los 20 años harían que perdiese otro 25% al darme de alta o si por el contrario se entendería que tal y como paso a la hora de calcularme la pensión, ya los tenía (los 20 años) y por tanto no me quitarían ese segundo 25% (si sirve de algo yo soy de los que hizo la mili de 9 meses años antes de entrar en la Guardia Civil y que además cotice unos años trabajando antes de entrar en el Cuerpo).
Mi segunda duda es si al final me diese de alta y cotizarse hasta la edad de jubilación, cotizaría más de 17 años y creo que con ello tendría derecho a una segunda pensión independiente de la que ya cobro (si estoy diciendo una burrada no os riais mucho de mi) y la verdad necesitaría que alguien me lo confirmase o me lo negase y a ser posible fundamentándolo.
Pues eso, a ver si después de semejante ladrillo alguien puede aportar algo de luz a este tema.
Duda sobre volver a trabajar y posible nueva pensión
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Re: Duda sobre volver a trabajar y posible nueva pensión
Buenas compañero,
En el caso de compatibilizases el percibo de tu pensión con una actividad laboral dado de alta en algún régimen de la SS, el importe de tu pensión se reduciría al 55%, ya que no cuentas con 20 años de servicio en el momento del pase a retiro.
Si con el otro trabajo cumples los requisitos para percibir otra pensión cuando llegues a la edad de jubilación, podrás percibir dos pensiones sin problemas, siempre teniendo en cuenta que la suma de ambas no podrá sobrepasar el tope fijado por ley.
Un saludo
En el caso de compatibilizases el percibo de tu pensión con una actividad laboral dado de alta en algún régimen de la SS, el importe de tu pensión se reduciría al 55%, ya que no cuentas con 20 años de servicio en el momento del pase a retiro.
Si con el otro trabajo cumples los requisitos para percibir otra pensión cuando llegues a la edad de jubilación, podrás percibir dos pensiones sin problemas, siempre teniendo en cuenta que la suma de ambas no podrá sobrepasar el tope fijado por ley.
Un saludo
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