compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Pensiones de Guerra Civil, indemnizaciones y pensiones por Terrorismo, Ayudas e indemnizaciones a Ex-presos sociales, y otras dudas

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MisterHyde91
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compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por MisterHyde91 »

Buenas noches a todos.

Tengo una duda y la expongo a continuación a ver si alguien me puede orientar.

Entre en las FAS en septiembre de 2009, pertenezco por tanto a clases pasivas.

Recientemente me ha llegado resolución de la JMP proponiendo la resolución del compromiso por incapacidad para el ejercicio de la profesion militar.Buenas noches a todos.

Tengo una duda y la expongo a continuación a ver si alguien me puede orientar.

Hasta donde yo se tengo derecho a pensión por incapacidad para el servicio, mi duda es la siguiente. Una vez salga publicado en el BOD ¿Puedo cobrar los 2 años de paro devengados por mis 12 años de servicio y a la vez cobrar la pensión por incapacidad o son incompatibles? Aclaro que el paro que me correspondería seria por los años de servicio ya que llevo desde los 18 en el ejercito, no he trabajado nunca por lo "civil".

Muchas gracias
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por Danaerys »

MisterHyde91 escribió: Mar Feb 16, 2021 12:35 am Buenas noches a todos.

Tengo una duda y la expongo a continuación a ver si alguien me puede orientar.

Entre en las FAS en septiembre de 2009, pertenezco por tanto a clases pasivas.

Recientemente me ha llegado resolución de la JMP proponiendo la resolución del compromiso por incapacidad para el ejercicio de la profesion militar.Buenas noches a todos.

Tengo una duda y la expongo a continuación a ver si alguien me puede orientar.

Hasta donde yo se tengo derecho a pensión por incapacidad para el servicio, mi duda es la siguiente. Una vez salga publicado en el BOD ¿Puedo cobrar los 2 años de paro devengados por mis 12 años de servicio y a la vez cobrar la pensión por incapacidad o son incompatibles? Aclaro que el paro que me correspondería seria por los años de servicio ya que llevo desde los 18 en el ejercito, no he trabajado nunca por lo "civil".

Muchas gracias
Para que te concedan la pensión te deben haber incluido en el RD 71/2019.
Una vez has comprobado que si, que tienes derecho a ella:
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por sargentodehierro »

Buenas,

En el caso de que percibas una pensión por inutilidad, no podrás percibir la prestación por desempleo. Una misma cotización no puede generar dos prestaciones distintas (tiempo cotizado y aplicado) Cosa distinta es que con posterioridad a tu baja en las FAS realices otra actividad laboral y generes las cotizaciones necesarias para poder percibir la prestación por desempleo, en cuyo caso sí que podrías percibir pensión y la prestación por desempleo.
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
Si es militar temporal y su pensión no es de retiro, en el caso de que realice otra actividad laboral, no hay reducción en el importe de su pensión.

Un saludo
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por Pele »

sargentodehierro escribió: Mar Feb 16, 2021 7:57 am Buenas,

En el caso de que percibas una pensión por inutilidad, no podrás percibir la prestación por desempleo. Una misma cotización no puede generar dos prestaciones distintas. Cosa distinta es que con posterioridad a tu baja en las FAS realices otra actividad laboral y generes las cotizaciones necesarias para poder percibir la prestación por desempleo, en cuyo caso sí que podrías percibir pensión y la prestación por desempleo.
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
Si es militar temporal y su pensión no es de retiro, en el caso de que realice otra actividad laboral, no hay reducción en el importe de su pensión.

Un saludo
sargentodehierro siempre con buen criterio dando explicaciones, gracias, aprendemos mucho de tus comentarios.
Última edición por Pele el Mar Feb 16, 2021 12:49 pm, editado 1 vez en total.
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por trasgu123 »

Danaerys escribió: Mar Feb 16, 2021 1:22 am Para que te concedan la pensión te deben haber incluido en el RD 71/2019.
Una vez has comprobado que si, que tienes derecho a ella:
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
Lo de "" segun las horas que te contraten "" de donde los sacas ??
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por MisterHyde91 »

sargentodehierro escribió: Mar Feb 16, 2021 7:57 am Buenas,

En el caso de que percibas una pensión por inutilidad, no podrás percibir la prestación por desempleo. Una misma cotización no puede generar dos prestaciones distintas (tiempo cotizado y aplicado) Cosa distinta es que con posterioridad a tu baja en las FAS realices otra actividad laboral y generes las cotizaciones necesarias para poder percibir la prestación por desempleo, en cuyo caso sí que podrías percibir pensión y la prestación por desempleo.
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
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Un saludo
Muchas gracias por las respuestas.

Queda aclarado entonces el tema del paro.

Por lo que entiendo entonces, en mi caso que es resolución de compromiso por incapacidad para la profesión militar, pero no para toda profesión u oficio, puedo trabajar de autónomo, repartiendo para glovo por ejemplo, ¿Me descontarían algo de la pensión? ¿Tengo que solicitar la compatibilidad para que me lo autoricen o puedo empezar directamente? Sobre todo es porque con un hijo con 795€ de pensión y mi mujer en el paro nos vamos a morir de hambre si no trabajo en algo.

Muchas gracias y un saludo.
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por sargentodehierro »

MisterHyde91 escribió: Mar Feb 16, 2021 12:35 pm ¿Me descontarían algo de la pensión? ¿Tengo que solicitar la compatibilidad para que me lo autoricen o puedo empezar directamente?
En tu caso no has de solicitar ningún tipo de compatibilidad ni te descontarán nada del importe de tu pensión, ya que tu pensión no será de retiro, tal y como establece el artículo 9 del Real Decreto 710/2009, de 17 de abril.

Un saludo
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por MisterHyde91 »

Genial, dudas aclaradas, muchas gracias por todo, estoy a vuestra disposición.
Danaerys
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por Danaerys »

trasgu123 escribió: Mar Feb 16, 2021 11:16 am
Danaerys escribió: Mar Feb 16, 2021 1:22 am Para que te concedan la pensión te deben haber incluido en el RD 71/2019.
Una vez has comprobado que si, que tienes derecho a ella:
La pensión es INCOMPATIBLE con el paro, con la prima por años de servicio, con la paga de reservista de especial disponibilidad e incluso si encuentras otro trabajo, te rebajarán la pensión según las horas que te contraten.
Lo de "" segun las horas que te contraten "" de donde los sacas ??
Me ha parecido entender eso en esto que leí

https://www.portalclasespasivas.gob.es/ ... dades.aspx
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trasgu123
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por trasgu123 »

No va por horas. La disminucion de la pension, si procede, y a que tipo de pensiones se aplica viene en el Real Decreto 710/2009 art. 9 y 10.2
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Re: compatibilidad pensión por incapacidad y paro

Mensaje por MisterHyde91 »

sargentodehierro escribió: Mar Feb 16, 2021 12:44 pm
MisterHyde91 escribió: Mar Feb 16, 2021 12:35 pm ¿Me descontarían algo de la pensión? ¿Tengo que solicitar la compatibilidad para que me lo autoricen o puedo empezar directamente?
En tu caso no has de solicitar ningún tipo de compatibilidad ni te descontarán nada del importe de tu pensión, ya que tu pensión no será de retiro, tal y como establece el artículo 9 del Real Decreto 710/2009, de 17 de abril.

Un saludo
Buenas tardes.

Leyendo mas hilos del foro me han surgido otras dos dudas que os agradeceria mucho si me pudierais contestar.

La primera es sobre el tema del IRPF, ¿Entiendo que esta pension esta sujeta al pago de IRPF y, en tal caso, ese IRPF ya se encuantra aplicado a la cantidad que se supone cobramos, poco menos de 800€ o hay que declararlo despues en la declaracion de la renta?

La segunda es sobre el ISFAS, ¿Tengo derecho como dicen en algunos hilos a darme de alta en es ISFAS una vez se me reconozca la pension? He leido en la resolucion que se mantienen los derechos pasivos adquiridos hasta el momento, pero no se cuales son, no se si puedo seguir con Adeslas, con el descuento para el tren, haciendo uso de las residencias militares de descanso, del TMI en otro formato.

Gracias de nuevo y un saludo.
Responder

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