a quien me puede ayudar?

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8carlos88
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a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

hola a todos. mi pregunta es un topico, pero a mi se me a olvidado la respuesta.....no se porque, pero... bueno voy a ello, siempre se ha dicho que el militar es, la 24 horas del dia militar, ¿eso esta reflejado en la rroo, o en alguna ley? me urge saber la respuesta, si alguno lo recuerda donde viene escrito, se lo agrecederia enormemente.

un saludo y muchas gracias
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diablo
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por diablo »

8carlos88 escribió:hola a todos. mi pregunta es un topico, pero a mi se me a olvidado la respuesta.....no se porque, pero... bueno voy a ello, siempre se ha dicho que el militar es, la 24 horas del dia militar, ¿eso esta reflejado en la rroo, o en alguna ley? me urge saber la respuesta, si alguno lo recuerda donde viene escrito, se lo agrecederia enormemente.

un saludo y muchas gracias
Buenas.
Con todos mis respetos, eres militar y no conoces tus propios reglamentos?, tendras que ser un poco mas aplicado en la clase.
No especificas si eres militar en su ámplio sentido o GC, puesto que la GC aunque tiene carácter militar, exactamente, Instituto Armado de naturaleza militar, al pertenecer también al Ministerio de Interior y tener facultades como Policia Judicial a las órdenes de Jueces y Fiscales, si son considerados funcionarios de Policia Judicial las 24 horas, pero si no eres GC, leete el Reglamento.
Saludos.
8carlos88
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

hola, gracias por responder tan rapido.

Pero no has terminado de ayudarme y te doy toda la informacion por si puedes seguir ayudandome y si quieres?
soy militar de carrera retirado hace ya un año. tengo un problema con hacienda y necesito saber en que reglamento, ley o si esta en las rroo, y seria la ostia si me dijeras donde puedo descargarlo ¿si esta en este foro?, porque si has pasado tribunal y te dan el pase al retiro, desde la comunicacion de la subsecretaria de defensa hasta el pase a jubilado, estas en activo con todo lo que con lleva estar en activo?

un saludo y gracias.
verderon2
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por verderon2 »

Para 8carlos88: Yo creo que estas en activo hasta que oficialmente pasas a retirado en el B.O.D., en este momento dejas de ser militar en activo, si no es asi que me corrigan.-
Saludos
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trasgu123
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por trasgu123 »

Lo siento pero yo al menos no entiendo el problema ke tienes ni ke relacion directa tiene en ese problema hacienda con ser militar, como no seas un poko mas claro lo tenedremos complicado para intentar ayudarte.
8carlos88
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

hola y gracias por responder, estoy retirado desde el 2009, ya publicado y todo los tramites, etc. el problema con hacienda es, que solicite la declaración con la opcion de trabajador discapacitado en activo, al principio me dijeron que me correspondia y ahora la misma jefa de departamento me dice que no y me alega que el tiempo desde que me comunicaron la minusvalia hasta que pase retirado dice que no hice una prestacion efectiva del trabajo pq esta en tramites de jubilacion y no iba a trabajar, y quiero demostrarle que el militar es militar las 24 horas del dia sin tener que ir al trabajo, ya que si lo somos y estamos disponibles para lo que nos digan, si eso no es trabajo efectivo, y hay una cosa clara para nosotros que hemos estado dentro y para los que todavia siguen, que mientras seas militar y en activo independientemente de que te esten tramitando el expte, tu sigues sigo militar a todos los efectos hasta q no pases a retirado en el bod.
por eso necesito si viene en ley militar, en un reglamento o rroo.

un saludo y no se si me explicado bien.
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trasgu123
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por trasgu123 »

No lo tengo claro, haber me dices ke marcaste en la declaracion de la renta la casilla de trabajador discapacitado ?? en ke año, antes de salir en BOD retirado ??
8carlos88
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

hola , sali publicado en el 2009 como retirado, y al año de la declarcion me refiero al 2009, la verdad q es dificil explicarlo por aki, por eso solo keria saber el reglamento donde ponia lo de las 24 horas, pq en la ley militar, pone algo parecido q es la disponibilidad permanente para el servicio.

un saludo
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por felix102 »

Si pasaste a retirado en el mes x de 2009, hasta esa fecha seria Defensa quien te abono tus haberes, con ese justificante es suficiente para demostrar que trabajaste hasta esa fecha.
Un saludo
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qesito
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,creo qe felix102 ha dado en el clavo,si tienes alguna nomina o pagamento mientras no sales en el BOD seria suficiente para demostrar tu actividad y asi poner lo de discapacitado activo en la casilla 20 de la declaracion del 2009.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

hola y gracias por lo animos, pero eso hay q decirselo a la de hacienda q me dijo q no, y q presente alegaciones..... osea vosotros me direis....y se acoje q ese tiempo q estuve de minusvalido y trabajando q no era efectivo, q no iba a trabajar en resumen, osea en resumen q kiero demostrale q nosotros no tenemos q ir a trabajar para demostrar q somos militares las 24 horas del dia y la disponibilidad q tenemos...etc a ver si por ahi me kieren dar lo q a todo el mundo ya se lo han dado, pero parece q todavia no me ido del et, pq a todo lo q pido me dicen q no y los demas si, tendre un fantasma q me sigue....jejje

saludos, pero lo importante es q todos sabemos lo de las 24 horas pero nadie me dice exactamente donde sale legislado.
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qesito
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por qesito »

Saludos a todos,este articulo es de la RROO de las FAS,te pongo el BOE aver si es esto lo qe buscas :

BOE Núm. 33 Sábado 7 de febrero de 2009 ,Pág. 13014

Artículo 20. Disponibilidad para el servicio.
Estará en disponibilidad permanente para el servicio, que se materializará de forma
adecuada al destino que se ocupe y a las circunstancias de la situación, y realizará
cualquier tarea o servicio con la máxima diligencia y puntualidad, tanto en operaciones
como para garantizar el funcionamiento de las unidades.
¿Quieres ser rico? Pues no te afanes en aumentar tus bienes, sino en disminuir tu codicia.
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diablo
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por diablo »

Buenas.
La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece:
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... t1.html#c2

Como podreis comprobar en su articulo 5 apartado 4º se establece:
Dedicación profesional, deberán llevar a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana.

En su articulo 2 establece:
Artículo 2.

Son Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:

1. Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado dependientes del Gobierno de la nación.
2. Los Cuerpos de Policía dependientes de las Comunidades Autónomas.
3. Los Cuerpos de Policía dependientes de las Corporaciones Locales.

La respuesta clave hacia el compañero seria ¿ está encuadrado el Ejercito en esta Ley Orgánica, o únicamente es relativa a la Guardia Civil como miembros pertenecientes a las Fuerzas del Estado al pertenecer al Ministerio de Defensa y a Interior.?
Es un buen dilema.
8carlos88
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por 8carlos88 »

gracias a los dos por contestar es lo q estaba buscando, pero el dilema q ha planteado diablo, seria muy interesante saber la respuesta? si alguno sabe me seria de gran ayuda pero seguire buscando por ahi...

un saludo
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diablo
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Re: a quien me puede ayudar?

Mensaje por diablo »

La Real Academia de la Lengua Española establece:
http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsult ... onibilidad
disponibilidad.

1. f. Cualidad o condición de disponible.

2. f. En funcionarios o militares, situación de disponible.

3. f. Conjunto de fondos o bienes disponibles en un momento dado. U. m. en pl.

Considero con lo cual máxime el comentario hecho anteriormente por mi atendiendo a la Ley Orgánica a la que hice mención, que un militar a efectos legales lo es las 24 horas.
Un saludo. PD Es solo una consideración.
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