Informacion sobre suspension de empleo.-

Foro centrado en el Cuerpo de la Guardia Civil, donde comentar e intercambiar opiniones e inquietudes.

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Responder
JORGEJORGE
Soldado
Soldado
Mensajes: 5
Registrado: Mar Oct 22, 2013 11:14 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Activo

Informacion sobre suspension de empleo.-

Mensaje por JORGEJORGE »

Hola a tod@s desearía exponer una duda que me ha surgido en relación aun asunto que me toca muy de cerca...

El tema es el siguiente: en un expediente disciplinario por la guardia civil por falta muy grave, le proponen una pena máxima de un año, aunque aun esta pendiente de recurrirla, por lo que podría ser la misma propuesta por el instructor o menos.

Las dudas que le surgen son sea cual sea la sanción, la suspensión de empleo esta mas que decidida, que implica a efectos económicos esa situación de suspenso de empleo, pues tengo entendido que lleva aparejado la suspensión también de sueldo; alguien sabría decir cuanto se cobra estando en esa situación, si se cobra algo de la guardia civil?.

Asimismo, en el trascurso del proceso del expediente, le fue impuesta una medida cautelar de suspensión en funciones de 6 meses, esa medida cautelar puede ser de computo para la futura sanción de suspensión de empleo o no tiene nada que ver?

Bueno doy las gracias por anticipado por las contestaciones que me aporteis.
Avatar de Usuario
Mercaderes
Coronel
Coronel
Mensajes: 1316
Registrado: Dom Jun 12, 2011 9:25 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Navarra

Re: Informacion sobre suspension de empleo.-

Mensaje por Mercaderes »

Buenos dias.

1. Las sanciones que pueden imponerse por faltas muy graves son:

Separación del servicio.
Suspensión de empleo desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años.
Pérdida de puestos en el escalafón.
Suspensión de empleo.

1. La sanción de suspensión de empleo implicará el pase a la situación administrativa del mismo nombre con los efectos económicos inherentes a dicha situación y privará al interesado de todas las funciones propias de éste por el período que se determine.
2. También producirá el efecto de quedar inmovilizado el infractor en su puesto y empleo que ocupe, y el tiempo transcurrido no será de abono para el servicio.
3. Concluida la suspensión, finalizará la inmovilización en el empleo y la pérdida de puestos será definitiva.
4. Cuando la sanción de suspensión de empleo tenga una duración superior a seis meses, determinará el cese en el destino que venía ocupando el infractor, así como la imposibilidad de obtener otro, durante un período de dos años, en la misma Unidad o especialidad que determine la resolución sancionadora.

Pérdida de haberes con suspensión de funciones.

La pérdida de haberes con suspensión de funciones supone la pérdida de las retribuciones correspondientes a los días objeto de sanción y la suspensión de funciones correspondientes a los días de su duración.

Pero como lo mejor es que lo veas tú mismo y resuelvas esas y otras dudas que pudieran surgirte, te dejo estos enlace.

http://noticias.juridicas.com/base_dato ... 99.t8.html

http://www.tuabogadodefensor.com/Derech ... ici%C3%B3n_


Un saludo.
Honor, Sacrificio y Lealtad
¿No tienes enemigos? ¿es que jamás dijiste la verdad o jamás amaste la justicia?
ImagenImagen
Responder

Volver a “Guardia Civil”