A ver si alguien puede aclararme esta duda, ya que he buscado normativa que lo aclare pero no encuentro nada concreto.
Si eres declarado apto con limitaciones por causas psicologicas y estas limitaciones son no portar arma y no conducir vehiculos oficiales, ¿puedes quedarte como comandante de puesto accidental o interino?
No he leido nada que lo diga expresamente (mas alla del borrador que se esta estudiando).
Entiendo que no, ya que no podrias realizar las funciones que puedes requerir en diversas situaciones, pero me gustaria saber si alguien conoce personalmente un caso concreto o lo sabe a ciencia cierta.
¿APL y jefe accidental o interino?
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Re: ¿APL y jefe accidental o interino?
Hola, para quedarte como Jefe de puesto con caracter Accidental o Interino, el Superior que corresponda, tiene que comunicártelo por escrito, y es de suponer que como Superior en el escalafón de Mando, tenga constancia de esas limitaciones.
Yo creo que si no puedes portar armas....
Un saludo
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Re: ¿APL y jefe accidental o interino?
Orden PRE/1983/2012, art. 1. BOE del 21/09/2012
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Re: ¿APL y jefe accidental o interino?
Hola, Artículo 38. Sustituciones en el mando. Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-22623
Un saludo.
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Re: ¿APL y jefe accidental o interino?
Y siguientes, mira igualmente el 42.dmf escribió:Hola, Artículo 38. Sustituciones en el mando. Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-22623
Un saludo.
Lo que es claro aún no estando legislado de momento, es lo que ya te dije por e-mail, es decir, mucho depende de tu Jefe de Sanidad de Comandancia y desde luego del Jefe de la Comandancia.
Saludos.