Yo lo interpreto asi para las vacantes APL del subcatalogo:
Artículo 34. Asignación de puestos de trabajo del subcatálogo específico para
determinado personal declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones
psicofísicas.
1. Los puestos de trabajo del subcatálogo específico para determinado personal
declarado apto con limitaciones por insuficiencia de condiciones psicofísicas, serán
asignados por el Director General de la Guardia Civil. No figurarán en la relación de
puestos orgánicos de las unidades, siendo desplegados por la Jefatura de Personal
teniendo en cuenta el motivo que originó las limitaciones; las necesidades, limitaciones y
posibilidades de la unidad de despliegue; y las circunstancias particulares de los así
declarados.
2. Con carácter general, cuando la determinación de insuficiencia sea como
consecuencia de acto de servicio y lleve aparejado el cese en el destino por incompatibilidad
con respecto a la limitación declarada, o por la pérdida de la aptitud o cualificación
correspondiente, estos puestos de trabajo podrán ser desplegados y asignados atendiendo
a las circunstancias personales de los así declarados, y las posibilidades de la unidad de
despliegue y el propio subcatálogo.
Excepcionalmente, estos puestos de trabajo podrán ser desplegados y asignados al
personal que haya sido declarado apto con limitaciones para ocupar determinados destinos
por razones no derivadas de acto de servicio, atendiendo a circunstancias personales
extraordinarias de los así declarados, cuando lleve aparejado el cese en el destino por
incompatibilidad con respecto a la limitación declarada, o por la pérdida de la aptitud o
cualificación correspondiente
obviamente para las de provisión normal es otro tema
respecto al ejemplo que pones
Que ocurre si un GC recien declarado APL en acto de servicio y un GC que lleva 5 años de APL afectado por disolucion de su Unidad, piden la misma vacante y los dos tienen Derecho Preferente ??.
pues los 2 tienen preferente absoluto si el APL es en acto de servicio
aquí si valen todos los preferentes al ser vacantes de provisión normal
a) El personal que cese en su destino por disolución o reducción de unidades, o por
reducción de dotaciones de la relación de puestos orgánicos de su unidad, tendrá derecho
preferente con carácter absoluto para ocupar vacantes de provisión de antigüedad o de
concurso de méritos para los que reúna los requisitos de acceso en unidades de la misma
provincia donde radicara el destino donde cesa. Si la unidad se encontrara en el extranjero,
podrán ejercer el derecho preferente sobre la última provincia en la que hayan estado
destinados.
a) Tendrá derecho preferente con carácter absoluto para ocupar vacantes de
provisión de antigüedad, en unidades de la misma provincia donde radicara el destino
donde cesa, el personal que cesara en su destino por alguna de las siguientes razones:
2.º Pérdida de la aptitud psicofísica para el destino que ocupa, o cese en el mismo
originado por la declaración de limitaciones incompatibles por razones de insuficiencia de
condiciones psicofísicas, en ambos casos en acto de servicio