Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

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Ex-sovietico2
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Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por Ex-sovietico2 »

Buenas tardes:

Hoy me han comunicado el dictamen de mi expediente psicofísico: APL en acto de servicio.

He firmado, anotando que no voy a realizar ninguna alegación ni aportar nuevos informes.

¿Cuanto suele tardar en llegar el "orden de alta" al Servicio Médico para reincorporarme al trabajo?

Ya imagino que dependerá de muchos factores (entre ellos que estamos en verano, supongo) pero no se si suele tardar cosa de 1 mes o la cosa se suele alargar más..

Es por hacerme una idea, después de 5 años estoy contento de que al fin hayan resuelto.

Gracias.
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Arano
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por Arano »

Difícil contestación en cuanto a tiempo.

Tu Servicio de Sanidad debe hacer un informe en base a esas limitaciones y será entonces cuando te de de alta para el Servicio y dependiendo de las mismas, así como de la Unidad donde pertenezcas, podrás seguir ejerciendo en la misma con dichas limitaciones.

Abrazos.
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por bestia parda »

Ex-sovietico. Hola!.
En mi caso en mi primer expediente.
Resolución defensa Apto/limitaciones de fecha 15 Abril. El 16 Mayo citado en negociado expedientes donde me entregaron la resolución. Y el 18 de Mayo citado en Sanidad Cmda para darme de alta por resolución ministerial.
Así que 1 mes y 3 días.
Claro que en tu caso veo que se echa encima el mes de Agosto.
Un saludo.
Ex-sovietico2
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por Ex-sovietico2 »

Ok, me sirve para hacerme una idea.

Muchas gracias :wink:
duche000
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por duche000 »

En mi caso sbre 3 meses más o menos. Tienes que tener en cuenta que la GC te cierra el expediente, se lo pasa a Defensa para que el Subsecretario te lo firme. De Valdemoro a Defensa, de Defensa a Valdemoro con la firma, te lo incluyen en tu expediente que lo podrás ver en MI GESTIÓN PROFESIONAL, a partir de que fecha y que limitaciones tienes. Los Servicios Médicos de tu Comandancia, teniendo en cuenta a Prevención de Riesgos Laborales, comunican a tu Unidad las limitaciones y eh voila, a partir de ahí a funcionar. Eso sí, dependiendo de tus limitaciones, posiblemente te toque negociar con los servicios médicos. Estos fueron mis pasos, eso sí antes de Marzo de éste año que fue cuando me cerraron el expediente.
A tener en cuenta que a partir de Marzo cambió la legislación y dependiendo de si el problema es o no en acto de servicio, ahí unas variantes muy sustanciales.
TSUJI
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por TSUJI »

Vacantes? Cuando? Dónde?..... vergonzoso..
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duche000
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por duche000 »

Yo que estoy por el sistema antiguo, estoy en una Unidad operativa, pero yo no soy operativo por ser apto con limitaciones. Según la nueva normativa, so existen tales vacantes, pero en personal de cada Comandancia sí deben de saber cuantas y donde. En éste último concurso, yo pedí vacantes pero no para unidades operativas, sólo pude pedir oficinas, ya que en la misma solicitud, si eres apto con limitaciones, debes de marcar una pestaña.
Con la nueva normativa, pierdes tu destino, salvo que el apto sea como consecuencia del servicio, sino pierdes tu destino, se te destina a una unidad donde no haya incompatibilidad entre el puesto de trabajo y tu limitación éste destino no tiene porqué ser en la misma Comandancia que estás destinado, salvo que sea en acto de servicio.
Yo conozco a varios y hemos salvado por la campana, es decir, por la normativa antigua y en el caso de uno de ellos, es alucinante su destino, eso sí comisionado de momento por un año. A efectos legales, está en mi unidad.
Para que te hagas una idea de como funciona esto. Decirte que un GC que se reengancha, no puede solicitar ningún tipo de vacante porque no es de la RESERVA, no es ACTIVO omo tal, sino que está reenganchado y si miras bien el BOGC sólo salen publicadas vacantes para guardias ACTIVOS o EN RESERVA, y o bien, nadie se entera o muchos pasan de todo y no les importa lo más mínimo. Pues tu situación es similar pero siendo apto con limitaciones. Y todo el mundo duerme como Dios y vive como Dios, salvo los que estamos en esta situación.
Un saludo y ánimo que de todo se sale, salvo del cementerio
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por TSUJI »

Osea que a un GC con ansiedad y depresión le dan APL y la solución que le dan es destinarlo a tomar por culo de su familia....., de locos. No se dan cuenta que va a empeorar?.... y el loco soy yo......
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por kunter »

Pues si parece de locos, vamos se espera que entre el sentido común y como mínimo, atendiendo a problemas personales, se de como mínimo la opción de quedarse en sus destinos o lo mas próximo, todo lo demás es empeorar la situación personal y familiar.
elcalvario
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por elcalvario »

Este fue mi caso, me dieron útil con limitaciones pero el servicio de sanidad de mi comandancia NO me dio el alta para incorporarme al destino, me comento el Señor COMANDANTE MEDICO vete a tu casa y espera que te vuelvan a llamar otra vez para el tribuna medico, estuve un años así hasta que se acordaron de mi y me propusieron otra vez para el tribunal medico y de este tribunal si me pasaron a retirado en Acto de servicio, en total estuve casi 6 años de baja ininterrumpidamente, esta fue mi experiencia vivida. Saludos -hi
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por Ex-sovietico2 »

duche000 escribió: Vie Jul 20, 2018 11:12 pm Con la nueva normativa, pierdes tu destino, salvo que el apto sea como consecuencia del servicio, sino pierdes tu destino, se te destina a una unidad dqonde no haya incompatibilidad entre el puesto de trabajo y tu limitación éste destino no tiene porqué ser en la misma Comandancia que estás destinado, salvo que sea en acto de servicio.
En mi caso, al ser acto de servicio, entiendo que me dejaran en mi unidad (es un puesto ordinario de seguridad ciudadana, no puesto principal).

Mis limitaciones son traumatológicas y neurológicas (ninguna psicologíca) y son:

- No manejo de cargas.
- No bipedestacion prolongada.
- No servicio nocturno.
- No turnicidad.
- No conducción prolongada.

Ahora viene otra cuestión:

Teniendo en cuenta mi empleo (cabo 1*) y mis limitaciones, puedo quedarme de comandante de puesto accidental o suceder en el mando de la unidad?

De acuerdo al nuevo Reglamento de Destinos entiendo que no, entonces, se quedaría el GC más antiguo de comandante de puesto?
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por pasaronvera71 »

Creo que si no es psicologica si
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por pasaronvera71 »

En cuanto a la nueva normativa a ver que hace el nuevo Gobierno, ya derogó lo de los tatuajes y pircing. Tampoco hay catálogo hecho,, así es que como dice el maestro Arano a esperar.
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por Ex-sovietico2 »

pasaronvera71 escribió: Lun Jul 23, 2018 12:23 pm Creo que si no es psicologica si
Y qué hago si me llaman para una incidencia nocturna?

Y qué se entiende por conducción prolongada?

Y si tengo un accidente de circulación con un vehículo oficial de camino a esa incidencia de noche, el seguro me cubre o puede decir que no estoy capacitado por dictamen médico?

No sé, no tengo nada claro el tema.

Como ya he comentado, en el Reglamento de Destinos dice que cuando el jefe de la unidad se ausente, la sustitución o sucesión la hará el componente de mayor empleo que NO esté afectado por limitaciones, sin diferenciar el carácter de dichas limitaciones o como se han producido.

Desde luego, yo quiero que alguien (Jefe de la Comandancia, Servicio Médico, Oficina de Prevención de Riesgos Laborales) me de por escrito la aclaración oportuna, que luego pasa algo y todos te dejan solo y te dicen que es tu culpa.

A ver si alguien conoce algún caso similar...
TSUJI
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Re: Fin de expediente (sin alegaciones) y reincorporación

Mensaje por TSUJI »

Pienso que dependerá de las limitaciones, pero en tu caso, si no puedes conducir durante mucho tiempo ni hacer servicios nocturnos, está muy claro que no puedes ejercer de Cmte. de Pto, sobre todo por los servicios nocturnos.
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