Duda, limitacion para manejo de armas...

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batman300
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Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por batman300 »

Buenas noches...
Antes de nada dar las gracias a todos los compañeros que contestaron al tema que he propuesto anteriormente y en especial al compañero Arano por la gran labor que presta en este foro y a todos los demas moderadores en general... mil gracias compañeros.

Ahora al tema, la "limitacion para el manejo de armas" que implica y que tipos de servicios se han o no de realizar. He buscado por el foro y si se hace mencion pero no veo nada en concreto referente a esto.
Como ya sabreis en esta empresa es muy tipico soltarte de sopeton lo de la limitacion pero nadie te explica nada ya sea por desconocimiento como es mi caso o por que no les da la gana o no les interesa... (apañatelas como puedas y cuando caen las tortas yo no sabia, yo no queria, y todo el mundo mira para otro lado, etc...) todos sabemos a lo que me refiero.

Esta limitacion requiere que entregues el arma reglamentaria y particulares?
Entiendo que servicios sin arma solo una oficinita....

Gracias a todos y ya me podeis llamar pesado....
Un abrazo.
polilla68
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Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por polilla68 »

Bien compi dependiendo en la unidad que estés y del jefe de unidad podrías hacer otros cometidos como es lógico sin armas como bien dices oficinas y también entretenimiento de vehículos y entretenimiento de acuartelamiento por lo menos en estos casos no se pierde el destino mientras quiera uno seguir en activo y si no pues a seguir con los EXP por agravamiento de las patologías y con seguir el Retiro. Te lo digo porque en mi unidad hay un compi que está sin armas y mientras la intenta que se la vuelvan a dar con informes médicos que está ya en condiciones pues está de lunes a viernes nombrándole EV. Bueno hazte una idea de lo que pueda pasar y que tengas suerte con todo, ya te irán dando más ideas los compis que ya han pasado por estos procedimientos.
MOLI

Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por MOLI »

batman300 escribió: Vie Ene 11, 2019 10:22 pm Buenas noches...
Antes de nada dar las gracias a todos los compañeros que contestaron al tema que he propuesto anteriormente y en especial al compañero Arano por la gran labor que presta en este foro y a todos los demas moderadores en general... mil gracias compañeros.

Ahora al tema, la "limitacion para el manejo de armas" que implica y que tipos de servicios se han o no de realizar. He buscado por el foro y si se hace mencion pero no veo nada en concreto referente a esto.
Como ya sabreis en esta empresa es muy tipico soltarte de sopeton lo de la limitacion pero nadie te explica nada ya sea por desconocimiento como es mi caso o por que no les da la gana o no les interesa... (apañatelas como puedas y cuando caen las tortas yo no sabia, yo no queria, y todo el mundo mira para otro lado, etc...) todos sabemos a lo que me refiero.

Esta limitacion requiere que entregues el arma reglamentaria y particulares?
Entiendo que servicios sin arma solo una oficinita....

Gracias a todos y ya me podeis llamar pesado....
Un abrazo.
Hola Compañero, mi experiencia personal fue desde los 50 hasta los 55 años con el dichoso APL. Fue solo Oficina de mañanas y de tarde e incluso querían ya también por la noche, cada vez abusaban mas. La verdad que también sufrí un cambio de destino cambie de Comandancia.Ya llevo 3 años Retirado y la verdad después de 37 años de servicios no tengo nada que agradecer a esta empresa.Mi consejo CUÍDATE y cuando tengas la oportunidad agravamiento de patologías.Suerte.
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Arano
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Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por Arano »

Amigo BATMAN, tu Servicio de Sanidad debe hacer un Informe al Jefe de tu Comandancia y por conducto este a la Unidad que perteneces y donde prestas servicios, indicando con claridad que tipo de servicios debes hacer, en gran medida depende de la Unidad, es decir, si es grande tendrás mas puestos de trabajo para este tipo de limitaciones.

Como es lógico se te retirarán las armas oficiales, en cuanto a la particular o particulares, depende si tu patología es psiquiátrica, entonces si te las retiran; si el informe del Servicio de Sanidad solo se pronuncia en cuanto a servicios por la inutilidad y no hay patología psiquiátrica, conservarás las mismas.

Saludos.
Fuertecosafea

Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por Fuertecosafea »

Si la discapacidad es permanente aunque sea limitada a esos efectos, yo vendería la baqueta y el aceite porque no te va hacer mucha falta.
MOLI

Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por MOLI »

batman300 escribió: Vie Ene 11, 2019 10:22 pm Buenas noches...
Antes de nada dar las gracias a todos los compañeros que contestaron al tema que he propuesto anteriormente y en especial al compañero Arano por la gran labor que presta en este foro y a todos los demas moderadores en general... mil gracias compañeros.

Ahora al tema, la "limitacion para el manejo de armas" que implica y que tipos de servicios se han o no de realizar. He buscado por el foro y si se hace mencion pero no veo nada en concreto referente a esto.
Como ya sabreis en esta empresa es muy tipico soltarte de sopeton lo de la limitacion pero nadie te explica nada ya sea por desconocimiento como es mi caso o por que no les da la gana o no les interesa... (apañatelas como puedas y cuando caen las tortas yo no sabia, yo no queria, y todo el mundo mira para otro lado, etc...) todos sabemos a lo que me refiero.

Esta limitacion requiere que entregues el arma reglamentaria y particulares?
Entiendo que servicios sin arma solo una oficinita....

Gracias a todos y ya me podeis llamar pesado....
Un abrazo.
Si te han puesto limitación para el manejo de las Armas, es porque tu patología guarda relación con Psicología. Si es así, es normal que te retiren el arma o las armas que posea.Yo no me quiero aventurar decirte que vayas a una Oficina, si en mi caso. Suerte
Fuertecosafea

Re: Duda, limitacion para manejo de armas...

Mensaje por Fuertecosafea »

Lo mejor es que se desplace hasta la intervención de armas más cercana y le comente el tema al Jefe de esa intervención, al fin y al cabo dicho jefe será el que redacte el informe aconsejando o desaconsejando la tenencia, además de permitirle renovar las licencias (informará positivamente) que poseyera. Es dicha persona la que tiene la llave.
Otra cosa será cuando vayas a pasar el psicotécnico (para las escopetas o rifles) y el señor de la bata blanca te pregunte si has tenido o estás en tratamiento psicológico o psiquiátrico.
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