Excedencia Servicios Especiales
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Excedencia Servicios Especiales
Hola.
La duda es la siguiente.
Tengo pensado presentarme en una candidatura a las elecciones municipales con muchas posibilidades de ganar.
En el Real Decreto 728/2017, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de adquisición y pérdida de la condición de guardia civil y de situaciones administrativas del personal de la Guardia Civil.
Viene a decir que ....El tiempo permanecido en la situación de servicios especiales será computable a
efectos de tiempo de servicios, trienios y de determinación de los derechos de Seguridad
Social que corresponda.(Derechos pasivos en mi caso) ingresé en la academia el 3/10/2005
Mi duda es que gestiones tengo k hacer para el pago de los derechos pasivos e Isfas, al igual que el cobro de los trienios una vez sea nombrado Alcalde en el caso de ser así.
Gracias