Hola, esta mañana me han llamado de los Servicios Médicos de la Comisaria Provincial para decirme que tengo que entregar el parte de ratificación por llevar 10 meses de baja. El caso es que no tenía ni idea de nada de esto y mi médico al parecer tampoco, así que me he ido a San Google y he encontrado el parte en cuestión. Al parecer hay que entregar uno en el 10º mes y otro en el 16º.
Mi duda es que en uno de los campos a rellenar por el médico pone lo siguiente:
B) Valoración de la situación (marcar una opción):
-Posible alta por curación antes de los 545 días naturales desde el inicio de la situación
-Posible incapacidad permanente
-Necesidad mantenimiento de los efectos de I.T. más allá del periodo de 545 días
Justificación de la opción elegida:
¿Cómo puede saber el médico acabará derivando en una incapacidad permanente o si voy a curar antes de 545 días? ¿Lo que ponga es determinante o relevante para futuras decisiones de Tribunal Médico?
Espero vuestra ayuda. Gracias.
PARTE DE RATIFICACIÓN (10º MES)
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Re: PARTE DE RATIFICACIÓN (10º MES)
Es un parte que se debe entregar a los 10 meses y otro a los 16 meses.
Los administradores pueden cerrar el hilo si quieren.
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