Separación del servicio por tema penal

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Erhavi
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Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Erhavi »

Buenas a todos, a ver si alguien me puede ayudar porque estoy muy preocupado. Estando de baja psicológica durante unos ocho meses y a punto de reincorporarme tuve un encontronazo con un chico por un tema de tráfico en el que el asunto acabo mal para por defenderme. Me imputan un delito de lesiones y se me piden tres años de prisión por el art 150 del código penal pues le faltan piezas dentales. La cuestión es que pase en junio el Tribunal y me propusieron para jubilación permanente, yo alegue ( de lo que me arrepiento ahora ) porque no quiero jubilarme y aunque no estoy para el alta si que mi intención es volver a tener normalidad en mi vida y trabajar. Mi intención era llegar a un acuerdo de conformidad con la fiscal al no tener más de dos años solicitar la suspensión de la pena, pero mi abogado me ha dicho que si me condenan a dos años o más implica separación del servicio, perdida de mi condición de funcionario y de cualquier clase de prestación porque al alegar y tener incoado un expediente por estos hechos todo queda en suspenso hasta la resolución del juicio y como aún no soy clase pasiva me iría con una mano adelante y otra detrás porque como no hay resolución de jubilación aún estoy en activo. A ver si me podéis resolver dudas decirme donde está la normas que regulan esto. Gracias .
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trasgu123
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por trasgu123 »

Presenta un escrito de Renuncia de las alegaciones presentadas, art. 94 de la Ley 39/2015 Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a ver si cuela.
Francisco I
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Francisco I »

Si ya tiene incoado el expediente judicial por esa causa penal; le tendrán paralizado el expediente de pase al retiro; tanto con alegaciones como sin ellas.
La solución estaría en salir absuelto de la causa civil; pero parece que él mismo tiene claro cual va ha ser el resultado; y las posteriores consecuencias.
Nunca entenderé esa doble condena por los mismos hechos; creo que, bien mirado, es hasta inconstitucional.
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trasgu123
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por trasgu123 »

Yo presentaria el escrito, no vaya a ser que no tengan noticias del tema en la "fabrica".
GiJoe81
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por GiJoe81 »

Hola! La separación del servicio y pérdida de condición de funcionario es con penas superiores a 6 años. Penas inferiores conllevan inhabilitación absoluta o especial, es decir, si te condenan 3 años, te podrían inhabilitar durante esos años, pero después podrías volver a incorporarte, a petición tuya y siempre y cuando el órgano revise las características del delito. Tendrías que haber cogido la jubilación, pero lo malo que el itinere para cobrar el 200% no vale, a efectos de cobrar todo el salario estando de baja sí, pero para la jubilación no vale. Suerte.
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Fran vaelo »

Sí te condenan aunque sea un solo día de inhabilitación para tu profesión, la policía nacional puede y tiene la potestad de resolver el expediente con la separación del servicio para siempre.
Joaquin1978
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Joaquin1978 »

Fran vaelo escribió: Sab Feb 16, 2019 3:25 pm Sí te condenan aunque sea un solo día de inhabilitación para tu profesión, la policía nacional puede y tiene la potestad de resolver el expediente con la separación del servicio para siempre.
Y si le le denuncian estando de baja ? Quiero decir si él cuando le ocurrieron los hechos y estuviera en es momento de baja y le notificarán expediente administrativo entiendo que no sería vinculante y hubiera proseguido la jubilación no?
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por elenaflecha »

Francisco I escribió: Jue Oct 25, 2018 8:28 pm Nunca entenderé esa doble condena por los mismos hechos; creo que, bien mirado, es hasta inconstitucional.
Se ha comentado muchas veces este caso. Choca contra el principio del "non bis in ídem".

Parecido también es que 3 faltas leves equivalen a una grave... pero vamos, los que mandan no cambian su política. Primero imponen la sanción y luego, si eso, ya se recurre y "a ver qué dice un tribunal".
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trasgu123
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por trasgu123 »

Joaquin1978 escribió: Mié Feb 09, 2022 3:26 am
Fran vaelo escribió: Sab Feb 16, 2019 3:25 pm Sí te condenan aunque sea un solo día de inhabilitación para tu profesión, la policía nacional puede y tiene la potestad de resolver el expediente con la separación del servicio para siempre.
Y si le le denuncian estando de baja ? Quiero decir si él cuando le ocurrieron los hechos y estuviera en es momento de baja y le notificarán expediente administrativo entiendo que no sería vinculante y hubiera proseguido la jubilación no?
Si te refieres a baja medica, eso no es ningun tipo de situacion administrativa "per se". Estando de baja medica se siguen teniendo las mismas oblligaciones y derechos y se sigue estando sujeto al regimen disciplinario o penal, que estando "sano".
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Joaquin1978 »

Entiendo que si tengo algo penal y se me ha jubilado ya ,no podrán ya quitarme la jubilación.
Eso sí si saliera algo rn un futuro pagaria la responsabilidad penal pero no podrán quitarme la pensión entiendo..
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Arano »

Joaquin1978 escribió: Mié Feb 09, 2022 4:41 pm Entiendo que si tengo algo penal y se me ha jubilado ya ,no podrán ya quitarme la jubilación.
Eso sí si saliera algo rn un futuro pagaria la responsabilidad penal pero no podrán quitarme la pensión entiendo..
Cierto una vez jubilado por edad o por pérdida de condiciones psicofísicas se deja de estar sujeto al Régimen Disciplinario del Cuerpo a que pertenezcas (PN, GC, MILITAR, etc.).

Eres un civil a todos los efectos y como tal se te aplicará la normativa al respecto.

Saludos.
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por elenaflecha »

Ya lo ha explicado Arano. Y es que al jubilarte se pierde la condición de funcionario de carrera.
Sierra0
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Sierra0 »

Buenas noches.

¿Desde cuando tres faltas leves equivale en una grave?
No lo pone en ningún lado en la Ley orgánica 4/10 de 20 de mayo (Régimen disciplinario)

Ni tres leves equivale a una grave, ni tres graves equivale a una muy grave.
Está claramente especificado en las tipificaciones de las diversas faltas.

Otro tema es que a la hora de los criterios de la graduación de las sanciones.

Si es una falta grave, por ejemplo, se verá si eres reincidente, entre otras cosas.

b) La reincidencia. Existe reincidencia cuando el funcionario, al cometer la falta, ya
hubiera sido anteriormente sancionado en resolución firme por otra falta de mayor gravedad
o por dos de gravedad igual o inferior y que no hayan sido canceladas.

De ahí que dentro de la falta grave, por ejemplo, puedan meter de 5 días a tres meses.


Un saludo

Por cierto algo he tenido que hacer algo mal, porque figuro como Guardia Civil y no es así.
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por elenaflecha »

Sierra0, tienes razón. Eso de 3 leves 1 grave era antes de la Ley Orgánica 4/2010. Llevo mucho fuera del CNP y lo último que había estudiado era anterior y la ley ha cambiado.
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Re: Separación del servicio por tema penal

Mensaje por Arano »

Sierra0 escribió: Vie Feb 11, 2022 12:16 am Por cierto algo he tenido que hacer algo mal, porque figuro como Guardia Civil y no es así.
Tendrás que ir a tu perfil y marcar la casilla correspondiente a tu Cuerpo.

Picas en Editar perfil. Te llevara a Cuerpo: * Cuerpo al que perteneces Y en ese apartado lo cambias.


Saludos.
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