Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

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Yrahhh
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Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por Yrahhh »

Hola compañeros soy Yrahhh, hoy mismo hace un año que tuve un accidente con la moto volviendo del trabajo a casa en el que me partieron, tibia, perone... muchos huesecillos del pie y tobillo y un nervio afectado. En breve ire a Madrid a pasar el tribunal y todo indica hacia la jubilación. Gracias a vosotros se que me corresponde el 75% del haber regulador, porque en comisaria todo dios te dice que te corresponde el 100% por ser initinere. Vale hasta ahi me queda claro. Mis pregunta es: La idea es hacerme a partir de ese momento trabajar como autonomo. No me queda claro en esta situacion a cuanto porcentaje se reduce el haber regulador. Y la otra duda es si en cualquier momento decido dejar de trabajar como autónomo porque me va mal, volveria a cobrar ese 75%?. Gracias de antemano a todos, vuestra experiencia es muy valiosa ya que ya no me fio de lo que me dicen por ahi, porque veo que la gente no lo tiene muy claro.
bugatti
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por bugatti »

Yrahhh escribió: Sab Jun 29, 2019 10:00 am Hola compañeros soy Yrahhh, hoy mismo hace un año que tuve un accidente con la moto volviendo del trabajo a casa en el que me partieron, tibia, perone... muchos huesecillos del pie y tobillo y un nervio afectado. En breve ire a Madrid a pasar el tribunal y todo indica hacia la jubilación. Gracias a vosotros se que me corresponde el 75% del haber regulador, porque en comisaria todo dios te dice que te corresponde el 100% por ser initinere. Vale hasta ahi me queda claro. Mis pregunta es: La idea es hacerme a partir de ese momento trabajar como autonomo. No me queda claro en esta situacion a cuanto porcentaje se reduce el haber regulador. Y la otra duda es si en cualquier momento decido dejar de trabajar como autónomo porque me va mal, volveria a cobrar ese 75%?. Gracias de antemano a todos, vuestra experiencia es muy valiosa ya que ya no me fio de lo que me dicen por ahi, porque veo que la gente no lo tiene muy claro.
El itinere te cuenta como acto de servicio si sigues siendo policía, es decir, te quedaría el 100% si te pasan a segunda actividad (art. 73.2 LO 9/2015). Si te jubilas dejas de ser policía y ya te afecta la ley de clases pasivas, y para clases pasivas el itinere no está reconocido. Te quedarías con el 75% del haber regulador. Pero si luego trabajas estando jubilado, si llevas menos de 20 años en el cuerpo, como parece, te restarían de la pensión un 45%. No sé si así te compensa trabajar. Ahora si te pasan a segunda actividad, sí te queda el 100% y puedes trabajar en todo sin que te quiten nada. Pelea por la segunda actividad, que es lo que te interesa.

Eso suponiendo que entraras antes de 2011. Suerte.
Yrahhh
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por Yrahhh »

Gracias por la respuesta Bugatti. Te quitan un 45 del haber regulador? O un 45 de la pension q se te queda del 75 del haber regulador, que es lo que me corresponde a mi? No se si me explico. Y sobre lo de luchar la segunda actividad... eso como lo hago, yo mismo, o mediante abogados, sindicato... Entiendo que las condiciones para trabajar estando en segunda actividad son las mismas que en servicio activo porque sigues sujeto a regimen disciplinario
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psmito
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por psmito »

un 45% sobre el haber regulador
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bugatti
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por bugatti »

psmito escribió: Jue Jul 04, 2019 11:25 am un 45% sobre el haber regulador
Yrahhh escribió: Mié Jul 03, 2019 8:08 pm Te quitan un 45 del haber regulador? O un 45 de la pension q se te queda del 75 del haber regulador, que es lo que me corresponde a mi?
De la pensión que te quede. Viene el la ley de presupuestos para el 2009 y en otras normativas:

"En caso de trabajar, y mientras dure dicha situación, el importe de la pensión reconocida, se reducirá al 75% de la correspondiente cuantía, si se acreditan más de 20 años de servicios efectivos al Estado; o al 55%, si el interesado hubiera cubierto menos de 20 años de servicios al momento de su jubilación o retiro"
Yrahhh escribió: Mié Jul 03, 2019 8:08 pm Y sobre lo de luchar la segunda actividad... eso como lo hago, yo mismo, o mediante abogados, sindicato... Entiendo que las condiciones para trabajar estando en segunda actividad son las mismas que en servicio activo porque sigues sujeto a regimen disciplinario
La segunda actividad se diferencia de la jubilación por incapacidad por la intensidad/gravedad de tus lesiones, pues si vas al tribunal médico advierte de tus pretensiones de que no deseas jubilarte por si en un futuro tus lesiones evolucionan para bien y reingresar (aunque también podrías reingresar desde jubilado), y a esa pretensión que vaya acompañada con informes médicos en la misma dirección, es decir, que certifiquen que tus lesiones son incapacitantes, pero no lo suficientemente graves para jubilarte y que procede la segunda actividad. En esa línea. Y si el procedimiento administrativo lo resuelven no favorable a ti, podrías ir al contencioso, ya con abogados.

En segunda actividad sin destino se te aplica el régimen disciplinario de la función pública y no el del CNP, por tanto puedes trabajar en todo, por cuenta propia o ajena, no te afecta el régimen de incompatibilidades, si la actividad es distinta. Y si coincide debes solicitar permiso (caso por ejemplo, si tu ultimo destino en el CNP ha sido Seguridad Privada y ya en segunda actividad quieres trabajar en seguridad de una empresa privada los dos primeros años). Por lo que prácticamente puedes trabajar en todo sin que te quiten nada del sueldo que te haya quedado (que no pensión). Y si cotizas otros 15 años mínimo tendrías derecho a otra pensión, en base a los años cotizados, cuando llegue tu edad de jubilación.
Yrahhh
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por Yrahhh »

Gracias Bugatti, todo muy bien explicado minuciosamente, gracias de verdad. Una vez en el tribunal, debería solicitar personalmente la segunda actividad mediante oficio porejemplo? O directamente habria que interponer un contencioso ante la decision de jubilación. En el caso de que se concediera esa segunda actividad, entiendo que habria que pasar el tribunal medico de manera periodica, esto es cada poco tiempo? Cuando ellos quieren? Esta situación de segunda actividad se mantiene a lo largo en el tiempo o dura muy poco. Lo digo por el hecho de si me compensa hacer el gasto en abogados y demas. Perdonar tantas preguntas pero la realidad es que una vez estando en este tipo de situaciones te ves bastante desamparado. Tengo entendido que en la actualidad no deben estar concediendo prácticamente ninguna segunda actividad por el tema economico, y menos a mi que fue initinere y me corresponderia el 100%. Gracias de nuevo
bugatti
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por bugatti »

Yrahhh escribió: Vie Jul 05, 2019 9:13 am Una vez en el tribunal, debería solicitar personalmente la segunda actividad mediante oficio porejemplo?
No, cuando vas a tribunal médico es porque te han abierto un procedimiento administrativo de cambio de situación administrativa, y el pase por el tribunal es obligatorio, donde ellos emiten un dictamen médico, que te comunican y ante el que puedes formular y presentar alegaciones o no, una vez finalizado esta parte con dictamen definitivo, éste lo remiten a la Division de Personal y ésta dicta resolución administrativa, siempre en el mismo sentido del dictamen. Contra dicha resolución, si no es satisfactoria para ti, puedes interponer recurso en vía administrativa para defender tus pretensiones. Si se dicta nueva resolución en tu contra ya finaliza la vía administrativa y se te abre la contenciosa (judicial). Ya en fase de recursos, tanto administrativos como contenciosos, necesitas abogado en los primeros y abogado y procurador en los segundos.
Por ello, lo del oficio no procede en ningún momento. Si tu interés, que dado que tus lesiones fueron producidas en itimere, te interesa mucho pasar a segunda actividad y no a jubilación. Por lo que debes presentar informes médicos que acrediten que tus patologías te incapacitan pero que no son lo suficientemente graves para el pase a jubilación. El tribunal médico principalmente decide por los informes que presentas, porque allí te dan audiencia 5 ó 10 minutos, en los que te preguntan o inspeccionan levemente tus lesiones. Ese es el momento de manifestarles, a veces te preguntan ellos, que dadas tus circunstancias patológicas, edad, ganas y vocación, tu deseo es el pase a segunda actividad y no a jubilación. Si pasas a segunda actividad sigues siendo policía y se te reconoce el itinere, si pasas a jubilación dejas de ser policía y pasas al ministerio de hacienda, te afectaría el pensionazo y clases pasivas no te reconoce el itinere.

Lo de segunda actividad tiene diferentes tratamientos por el tribunal, si tus lesiones no son permanentes y son evolutivas, si ya llevas de baja en torno al año o año y medio pero preveen que te puedes curar, te pasan a segunda actividad y te citan cada seis meses para revisión de esa supuesta mejoría y si te has recuperado emiten su dictamen para reingreso. Pero la más habitual es la segunda actividad por lesiones incapacitantes crónicas o permanentes, en este caso, siempre te pueden revisar, la ley lo permite, pero al ser unas patologías crónicas, por lo normal ya no citan a nadie, no conozco todos los casos, pero las actuaciones van en esa línea. Y en teoría, si, es para siempre, hasta que te jubiles, salvo que tú solicites un reingreso, que tendrías que hacer el camino inverso.

Lo que estén concediendo o no segunda actividad si ha sido itinere o no, yo realmente, no me imagino que ese sea el criterio para darlas o no, somos un grano en un inmenso desierto para tener en cuenta el tema económico y lo que impera es el criterio médico en base a si tus patologías impiden desarrollar tu actividad profesional o no. Es más, creo que los médicos del tribunal, en muchas ocasiones, desconocen si ha sido acto de servicio o no. Aunque esa es solo mi opinión, claro.

Suerte y saludos
Yrahhh
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Re: Dudas concretas sobre jubilación y trabajar

Mensaje por Yrahhh »

Muy bien, pues solo me queda ya preguntar, si me podéis recomendar algun abogado y perito medico especializado en este tema. Porque no creo que todos estén al tanto. Mil gracias de nuevo Bugatti por el interes y tiempo que has utilizado altruistamente para resolver mis dudas. -groupwave
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