Cambio propietario Viviendas militar invied

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Juanm198
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Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por Juanm198 »

Hola a todos, me gustaría saber si alguien puede decirme dónde acudir para informarme o me puede ayudar con el siguiente problema:

Mi familia posee en alquiler, por mi abuelo ya fallecido, y en posesión desde 1958, propiedad del invied, una vivienda militar , en la cual hace bastantes años se puso a una tía mía como responsable, la cual tiene la cesión vitalicia de la misma y la opción a compra cuando estás salieran a venta.

Las viviendas han salido a la venta este 2020, siendo ella la única persona que tiene opción a ella. Se paga una renta entre todos los hermanos y ella lo ocupa. Sin embargo, Hemos tratado de cambiar la titularidad de la misma para que sea otra hermana quién la adquiera, ya que es la única que tiene posibilidades económicas de comprarlo y vivir en él ( El piso ha sido mantenido durante todos los años desde que mi abuelo falleció con bastante esfuerzo entre todos y existe un acuerdo verbal entre los hermanos de adquirir el piso).

Lo que nos gustaría saber es si existe algun mecanismo legal para adquirir este piso por parte de otro de los hijos (no de la persona que tiene el contrato vitalicio) siendo este cambio de mutuo acuerdo entre todos los hermanos que han tenido este piso familiar desde su construcción en 1958. Esto por el hecho que ya comenté de que el piso ha sido mantenido durante todos los años con bastante esfuerzo entre todos y existe un acuerdo verbal. ¿Cuál puede ser la mejor solución para que otra de las hijas lo adquiera?

Muchas gracias a todos de antemano
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cebu41
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Re: Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por cebu41 »

Juanm198 escribió: Mar Dic 29, 2020 10:40 pm Hola a todos, me gustaría saber si alguien puede decirme dónde acudir para informarme o me puede ayudar con el siguiente problema:
Mi familia posee en alquiler, por mi abuelo ya fallecido, y en posesión desde 1958, propiedad del invied, una vivienda militar , en la cual hace bastantes años se puso a una tía mía como responsable, la cual tiene la cesión vitalicia de la misma y la opción a compra cuando estás salieran a venta.
Las viviendas han salido a la venta este 2020, siendo ella la única persona que tiene opción a ella. Se paga una renta entre todos los hermanos y ella lo ocupa. Sin embargo, Hemos tratado de cambiar la titularidad de la misma para que sea otra hermana quién la adquiera, ya que es la única que tiene posibilidades económicas de comprarlo y vivir en él ( El piso ha sido mantenido durante todos los años desde que mi abuelo falleció con bastante esfuerzo entre todos y existe un acuerdo verbal entre los hermanos de adquirir el piso).
Lo que nos gustaría saber es si existe algun mecanismo legal para adquirir este piso por parte de otro de los hijos (no de la persona que tiene el contrato vitalicio) siendo este cambio de mutuo acuerdo entre todos los hermanos que han tenido este piso familiar desde su construcción en 1958. Esto por el hecho que ya comenté de que el piso ha sido mantenido durante todos los años con bastante esfuerzo entre todos y existe un acuerdo verbal. ¿Cuál puede ser la mejor solución para que otra de las hijas lo adquiera?
Muchas gracias a todos de antemano
Buenas Juanm198 no estaría mal te pasaras por el hilo de presentaciones y verías como la gente te conocería mas y te podrían ayudar en la duda que planteas, así te podrán aconsejar mejor , siendo una de las normas del foro, además hay mucha gente que con sus experiencias verías como te intentarían dar solución.
Un saludo Juanm198 -hi
Creo que esto es un foro y no un despacho de Abogados ni un centro de rehabilitación -good
Francisco I
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Re: Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por Francisco I »

Pues me parece a mi que tu tía solo tiene derecho a ser realojada en otra vivienda, si la que ocupa sale a la venta.

En el concurso de adjudicación y venta de las viviendas de extinto INVED solo pueden participar:

Militares profesionales de las Fuerzas Armadas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones administrativas reguladas en la Ley 39/2007, de 19 de noviembre,de la Carrera Militar:

Servicio activo.
Servicios especiales por las causas definidas en el artículo 109, apartado 1, letras i) y j).
Excedencia voluntaria por las causas definidas en el artículo 110.1º d).
Reserva, excepto los procedentes de la situación de reserva transitoria.
Personal civil, funcionario y laboral, en situación de servicio activo y destinado en el Ministerio de Defensa y sus organismos autónomos.
Militares que, en aplicación del Real Decreto 1751/1990, de 20 de diciembre, hayan desalojado la vivienda militar que ocupaban, a requerimiento del extinto Invifas, como consecuencia de pase a situaciones de reserva, en cualquier situación administrativa o retiro, incluidos los procedentes de la situación de reserva transitoria.


No veo a tu tía por ninguna parte; y mucho menos a sus hermanos.
Juanm198
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Re: Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por Juanm198 »

Gracias por las respuestas, haré eso del hilo de presentaciones que comentas.

Respecto a lo de mi tía, el piso ha salido a la venta y se lo han ofrecido a ella, con lo que no existe eso de realojo. Es venta y se ha tasado en un precio y todo por parte del INVIED. Mi abuelo era la persona que siendo personal de defensa tenía ese piso.
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Re: Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por Francisco I »

Juanm198 escribió: Mié Dic 30, 2020 8:40 pm Gracias por las respuestas, haré eso del hilo de presentaciones que comentas.

Respecto a lo de mi tía, el piso ha salido a la venta y se lo han ofrecido a ella, con lo que no existe eso de realojo. Es venta y se ha tasado en un precio y todo por parte del INVIED. Mi abuelo era la persona que siendo personal de defensa tenía ese piso.
Pues si se lo han ofrecido a ella, favor que le están haciendo. Si le interesa el piso, a ella o a alguien de la familia, que lo acepte, deposite la fianza y lo compre. Si no tiene dinero, que alguien se lo preste y cuando cumpla el tiempo estipulado, que se lo venda al interesado prestamista. No hay nada ilegal en ello, si se hace según la ley; y se puede y debe de hacer mediante contratos privados o elevados a público, para no tener problemas fiscales ni en la compra ni en la venta.
Si una vez comprado el piso, lo necesita seguir ocupando como su única vivienda, siempre tiene la opción de vender al que le preste el dinero, la nuda propiedad y reservarse ella el usufructo vitalicio.
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cebu41
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Re: Cambio propietario Viviendas militar invied

Mensaje por cebu41 »

Francisco I escribió: Mié Dic 30, 2020 9:49 pm
Juanm198 escribió: Mié Dic 30, 2020 8:40 pm Gracias por las respuestas, haré eso del hilo de presentaciones que comentas.

Respecto a lo de mi tía, el piso ha salido a la venta y se lo han ofrecido a ella, con lo que no existe eso de realojo. Es venta y se ha tasado en un precio y todo por parte del INVIED. Mi abuelo era la persona que siendo personal de defensa tenía ese piso.
Pues si se lo han ofrecido a ella, favor que le están haciendo. Si le interesa el piso, a ella o a alguien de la familia, que lo acepte, deposite la fianza y lo compre. Si no tiene dinero, que alguien se lo preste y cuando cumpla el tiempo estipulado, que se lo venda al interesado prestamista. No hay nada ilegal en ello, si se hace según la ley; y se puede y debe de hacer mediante contratos privados o elevados a público, para no tener problemas fiscales ni en la compra ni en la venta.
Si una vez comprado el piso, lo necesita seguir ocupando como su única vivienda, siempre tiene la opción de vender al que le preste el dinero, la nuda propiedad y reservarse ella el usufructo vitalicio.
Buenas noches Juanm198 aprovechar como dice Francisco I que es una oportunidad muy buena y te ha explicado la manera de hacerlo bien siendo legal
Creo que esto es un foro y no un despacho de Abogados ni un centro de rehabilitación -good
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