Vacantes APL "duda"

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lduenav
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Vacantes APL "duda"

Mensaje por lduenav »

Hola compañeros.

En breve me llegara (espero) la resolución del expediente y posterior publicación en BOD. Pues bien, al no haber sido en acto de servicio y ser patología degenerativa, tendre preferencia para pedir vacante en la plaza donde cese en destino, que por otra parte es lo que quiero, porque tengo mi casa y mi hijo que nacerá en febrero aquí. Ahora mi duda es la siguiente: He escuchado varias veces una frase muy curiosa, "te sacan una vacante". ¿Hasta que punto es verdad eso? Y paso a explicarme, con esa frase y el contexto de lo que he escuchado, es algo asi como que el Maper, cuando alguien sale publicado APL, se encarga de sacar una vacante en la localidad elegida (si ha sido en acto de servicio), o en la localidad donde ceso en destino (si no ha sido en acto de servicio, como es mi caso), por ello que sacaron el año pasado la normativa de destinos...

Un saludo y gracias de antemano por vuestra ayuda.
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Aleajactaest
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por Aleajactaest »

Buenas noches.-

Te dejo un enlace, que habla del mismo temas de las vacantes de APL.

viewtopic.php?f=52&t=12424&p=75700&hili ... apl#p75700

Un saludo.-
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por sargentodehierro »

Hola Iduenav,

Si has sido declarado apto con limitación para ocupar determinados destinos, pero no como resultado del servicio, adquieres, a partir de la resolución del expediente y hasta que transcurran seis meses, derecho preferente para ocupar vacantes que se asignen por antigüedad adecuadas a tu condición psicofísica ( osea las que vienen con la coletilla 344), en las unidades ubicadas en el mismo término municipal de tu último destino. Por lo que en tu caso no se habilita ninguna vacante, sino que tienes ese derecho preferente durante seis meses en la publicación de vacantes que se vayan realizando.

Además recuerda que en el apartado de "OBSERVACIONES"de la solicitud de las vacantes, has de expresar ese derecho preferente adquirido ya que en el caso contrario los de la DIPE se lo "fuman".

Tu caso es diferente a los que son APL como consecuencia del servicio, que en su caso han de solicitar a su Mando de Personal la habilitación de la vacante en el municipio de su elección ( al parecer has de solicitar tres unidades y se te concederá la más adecuada a tus limitaciones) y que se concederá por libre designación y sin publicación previa de la vacante.

Un saludo.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por mparesp76 »

acercate a tu antigua unidad y pregunta en primera seccion de la plana mayor de mandos si tienen en revista vacante de tu empleo si te dice si va por buen camino cuando salgas en bod tienes que hacerle un escrito al GEMAPER solicicitando una plaza en tu localidad y si quieres puedes poner la unidan en caso de que no hubiera plaza alli pon dos destinos mas de tu localidad y a esperas que se publiquen tambien si salen plaza 344 puedes pedirlas todas
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por lduenav »

Ok compañeros hasta ahi me habeis aclarado. Ahora vuelvo a lanzaros otra duda... Me he fijado que cuando sale una vacante APL (con la coletilla 344), no es unicamente una vacante "APL" sino digamos que es mixta (la puede pedir personal APL y no APL). Y como bien pone en la normativa de destinos del año pasado, tendra preferencia en las vacantes que se publiquen por antigüedad. ¿Si llega otro compañero con mas antigüedad que yo, NO APL, se la dan a el o a mi?
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por mparesp76 »

lduenav escribió:Ok compañeros hasta ahi me habeis aclarado. Ahora vuelvo a lanzaros otra duda... Me he fijado que cuando sale una vacante APL (con la coletilla 344), no es unicamente una vacante "APL" sino digamos que es mixta (la puede pedir personal APL y no APL). Y como bien pone en la normativa de destinos del año pasado, tendra preferencia en las vacantes que se publiquen por antigüedad. ¿Si llega otro compañero con mas antigüedad que yo, NO APL, se la dan a el o a mi?
no la 344 es para los apl, pedri por pedir todo el mundo puede pedir , ahora que se la den o no, si hay un apl mas antiguo si te la pisa,tu tienes preferencia a esa vacante a no ser que otro apl la pida y sea mas antiguo
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por sargentodehierro »

Hola Iduenav,

No tienes que hacer ninguna solicitud ya que no te van a habilitar ninguna vacante. Únicamente vas a adquirir un derecho preferente sobre las vacantes por antigüedad que se publiquen en la plaza de tu último destino.

Decir que las vacantes con la observación 344 también pueden ser solicitadas por personal no APL, que si además tiene también un derecho preferente adquirido por otro motivo ( por ejemplo adaptaciones orgánicas) y es más antiguo que tú, te puede pisar la vacante. Si otro APL más antiguo que tú, pero sin derecho preferente, solicita la vacante, te la asignarán a ti.

Espero haberme explicado.

Un saludo.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por lduenav »

Compañero Sargentodehierro, perfectamente gracias.

Ahora os expongo mi caso, si todo sigue su curso la resolución del expte sera para mediados de septiembre o primeros de octubre, pues bien, dado que en octubre o noviembre saldran vacantes (como siempre periodicas), y dado mi interes por tener a mi mujer (que es militar) destinada en la misma localidad que yo me quede disponible, y el bebe que nacera en febrero, me surge una duda a la misma vez que inquietud. Tengo preferencia durante 6 meses en dicha localidad, pero, sino salen vacantes apl en octubre/noviembre en dicha localidad (Ceuta), ya me tendria que esperar a las vacantes de febrero/marzo o podrian mandarme forzoso tambien verdad?
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por sargentodehierro »

Hola Iduenav,

El artículo 14 sobre las normas de asignación de los destinos, del RD 456/2011 dice:

"6. Al militar que se encuentre en la situación de servicio activo pendiente de asignación de destino se le deberá asignar uno en un plazo máximo de seis meses, contado a partir de la fecha del cese en el último destino que tuviera o desde su incorporación a la situación de servicio activo desde otra situación administrativa...
...Para aquellos a los que se les esté tramitando un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas el plazo empezará a contar desde el día en que se publique en el «Boletín Oficial del Ministerio de Defensa» la resolución de dicho expediente."


Aún con ésto, yo conozco a gente que lleva más de seis meses sin destino y aún sigue en su casa. Ten en cuenta que antes han de mandar forzosos a los que llevan más tiempo sin destino.

Un saludo.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por nuri »

Una vez que salgas en el BOD tendrás 6 meses de preferencia en el término municipal de tu último destino, solo podrás optar a la coletilla 344 que es para APL,S y resto del mundo,te asignarán el destino si eres el más antiguo en tu misma situación sea APL o no,te podrán mandar destinado FORZOSO si no se cubren las vacantes que sean APL y que por tu empleo y especialidad pudieras elegir (por lo que seas APL y las limitaciones que tengas les da igual) ANTES DE ESOS 6 MESES, después de esos 6 meses eres uno más, tu antigüedad es la que decide y se la pueden dar a cualquiera que sea más antiguo que tu sea APL o no.Lo de sacarte una vacante: o desde tu unidad o tienes algún conocido con galones o en el MAPER o si no date por jodid.......................Suerte.
Por cierto recuerda lo que dijo sargentodehierro si estás dentro de los 6 meses recuerda poner en OBSERVACIONES la preferencia que tienes porque si no se la darán al más antiguo.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por mparesp76 »

Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.

1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su elección. La relación de puestos militares la determinará el Jefe de Estado Mayor correspondiente o el Subsecretario de Defensa en el caso de los miembros de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas y el destino a la vacante habilitada se asignará por el procedimiento de libre designación.

2. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad
de destino en territorio nacional. Este derecho se mantendrá durante seis meses desde la resolución del expediente.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por skamner78 »

Hola a todos también estoy en tramites de un expediente como apl 4 en acto de servicio, sobre las vacantes que puedo pedir, al ser en acto de servicio puedo elegir vacante en el termino municipal de mi eleccion, hasta ahi todo bien, si en la localidad que ponga estan las 2 unidades llenas sin vacantes, crearian una para mi aunque este llena, y si ya hay muchos apl y no pueden meter mas...? Lo de la relacion de puestos militares como se sabria las que hay, un mar de dudas, un saludo a todos y animo que entre nosotros saldremos adelante.
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por mparesp76 »

skamner78 escribió:Hola a todos también estoy en tramites de un expediente como apl 4 en acto de servicio, sobre las vacantes que puedo pedir, al ser en acto de servicio puedo elegir vacante en el termino municipal de mi eleccion, hasta ahi todo bien, si en la localidad que ponga estan las 2 unidades llenas sin vacantes, crearian una para mi aunque este llena, y si ya hay muchos apl y no pueden meter mas...? Lo de la relacion de puestos militares como se sabria las que hay, un mar de dudas, un saludo a todos y animo que entre nosotros saldremos adelante.
1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su elección. La relación de puestos militares la determinará el Jefe de Estado Mayor correspondiente o el Subsecretario de Defensa en el caso de los miembros de los cuerpos comunes de las Fuerzas Armadas y el destino a la vacante habilitada se asignará por el procedimiento de libre designación

se supone que si, tu pide como minimo 3 sitios
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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por sargentodehierro »

skamner78 escribió:Hola a todos también estoy en tramites de un expediente como apl 4 en acto de servicio, sobre las vacantes que puedo pedir, al ser en acto de servicio puedo elegir vacante en el termino municipal de mi eleccion, hasta ahi todo bien, si en la localidad que ponga estan las 2 unidades llenas sin vacantes, crearian una para mi aunque este llena, y si ya hay muchos apl y no pueden meter mas...? Lo de la relacion de puestos militares como se sabria las que hay, un mar de dudas, un saludo a todos y animo que entre nosotros saldremos adelante.
Tranquilo que en alguna Unidad de tu localidad de elección te habilitarán una vacante.

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Re: Vacantes APL "duda"

Mensaje por skamner78 »

Cuando salga publicado como Apl en acto de servicio, aunque mande el escrito pidiendo la vacante en el municipio de mi eleccion tengo que pedir tambien alguna vacante de las que salgan en boletin?
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