Dudas Appl

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Aeran
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Dudas Appl

Mensaje por Aeran »

Buenos días compañeros. Soy militar de carrera, Sargento con 11 años de servicio.
Realizando un curso el año pasado tuve la mala suerte de sufrir un accidente y tras tres intervenciones y un año de baja (con un mes de alta voluntaria entre la segunda y tercera intervención) la unidad me obligo a pasar un reconocimiento no periódico en el hospital militar de Zaragoza. Tras el mismo me notificaron la semana pasada que me han dado un APL 4 permanente, por lo visto se va a iniciar mi expediente de perdida de actitudes psicofisicas (mas bien físicas, psicologicamente, dentro de lo que cabe estoy bien), tras el cual me notificaran el apl por boletín, se me nombrara un instructor y tendré preferencia para escoger vacantes en la plaza que asigne.
He estado leyendo los foros y preguntando en mi S1 pero aun así tengo unas cuantas dudas que seguro sabéis resolver:

-La preferencia en mi plaza, Valencia en este caso, ¿es para el empleo de sargento o al ser en acto de servicio en todos los empleos posteriores también se aplicara?
-Me entregaron un papel donde pone que es un apl 4 y que es permanente, pero no he visto por ningún sitio el % de discapacidad.
-¿Tengo derecho a algún tipo de compensación económica? El seguro colectivo habla de invalidez absoluta, si no he entendido mal entiendo que es igual o superior al 33%, que no es mi caso. No se si hay otro tipo de ayudas de ISFAS, mi seguro de vida del hogar, etc.

Gracias de antemano, y sobre todo a los que comparten aquí sus vivencias y ayudan al resto de compañeros.
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sargentodehierro
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Re: Dudas Appl

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero, bienvenido al foro.

- Si te reconocen APL en acto de servicio, podrás solicitar la habilitación de una vacante adecuada a tus limitaciones en una relación de puestos militares de tu Ejército en el término municipal de tu elección (Artículo 18 del Real Decreto 456/2011, de 1 de abril). Este derecho únicamente se podrá ejercer una sola vez (Artículo 12.3 de la Orden Ministerial 76/2011, de 24 de octubre).

- En el dictamen del RMNP no aparece el grado de discapacidad. Cuando te abran expediente y pases por la JMPO, en el acta que emita ya aparecerá el grado de discapacidad correspondiente.

- Podrás solicitar a ISFAS la Indemnización por Lesiones Permanentes no Invalidantes: VER

Un saludo.
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
Aeran
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Re: Dudas Appl

Mensaje por Aeran »

Muchísimas gracias, le voy a remitir esta información a un compañero que se encuentra en la misma situación que yo.
jcpc_5
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Re: Dudas Appl

Mensaje por jcpc_5 »

Si la lesión son hernias discales( que no lo sé)... olvídate de la compensación económica.. pq a mi a pesar de haber sido en acto de servicio me la denegó ISFAS

Saludos
protoner
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Re: Dudas Appl

Mensaje por protoner »

Y una limitacion articular del brazo a causa del hombro??? Tendria...?
Aeran
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Re: Dudas Appl

Mensaje por Aeran »

Mi lesión es por el tobillo, y esta mas que demostrado que fue trabajando. Tengo el informe correspondiente, con testigos, las circuntancias y lugar del mismo etc. He estado mirando y hay una solicitud. Entiendo que el informe que hay que adjuntar junto a ella es el del tribunal medico, o valdrían los de el traumatologo que me opero?
olatz
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Re: Dudas Appl

Mensaje por olatz »

Buenas tardes a todos soy sgto del et , muchas gracias de antemano si alguien me puede ayudar. Hace once meses en instrucción con mi sección me rompí en un salto la rótula y el cuadriceps y llevo dos operaciones porque la fractura de pego mal, a consecuencia me han tenido que limar la rótula y gran parte del cartílago, aún sigo de baja porque me di de alta y a la semana de empezar a trabajar tuve una luxación de rótula.El Traumatologo me ha puesto en el informe que evite cualquier deporte de impacto escaleras y cargar peso, la unidad me ha solicitado pasar tribunal médico en Zaragoza, me podrán dar apl yo ya sé que no podré estar en mi compañía soy Infante y ya sé que no pasó ni el prereconocimiento de las paef, pero no quiero irme de mi destino, alguien que pueda ayudarme mil gracias
shuspi
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Re: Dudas Appl

Mensaje por shuspi »

Podrían, si quisieran, habilitarte un lugar en tu destino, dentro de la RPM (claro está), acorde a tus circunstancias.
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dmf
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Re: Dudas Appl

Mensaje por dmf »

Hola, darse de alta sin estar bien…puede empeorar la lesión, y la salud es lo primero.
Yo creo que si determinan en el acta un coeficiente 4 (APL), tendrás que pedir destino a una UCO donde se publique vacantes específicas para APLs. Si te dan coeficiente 3 (APL), creo que puedes quedarte en tu Unidad, pero en un puesto acorde a las limitaciones reflejadas en el acta.
Real Decreto 944/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para la determinación de la aptitud psicofísica del personal de las Fuerzas Armadas, Artículo 18. Valoración de las áreas funcionales. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2001-15219
Un saludo.
olatz
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Re: Dudas Appl

Mensaje por olatz »

Muchas gracias por contestar tan rápido, mi lesión ha sido en acto de servicio de hecho el jefe de la unidad hizo el parte pertinente y en todos los partes de baja pone baja laboral, mi pregunta es la siguiente si en lo peor me ponen apl4 irreversible que el Botiquin de la unidad me ha dicho que será lo más seguro yo estoy de baja y me pedirán perdida destino , yo sé que si es en acto de servicio luego puedo volver a pedir mi unidad, pero la s1 de mi unidad me ha dicho que me aconseja que una vez vaya a tribunal médico y si me dan apl4 que me dé de alta para evitar problemas nose a que se han referido, yo puedo andar el problema lo tengo porque me extirparon parte de la rótula y aún tengo cicatrizando el tendón y a consecuencia de la lesión me han limado casi todo el cartílago el Traumatologo que me operó en su informe ya me ha puesto que evitar deporte de impacto ya que con el tiempo me tendré que poner una prótesis ,la verdad es que estoy un poco agobiada porque bastante tengo con que no voy a poder volver a correr como para que me digan que evite problemas
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trasgu123
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Re: Dudas Appl

Mensaje por trasgu123 »

olatz escribió:Muchas gracias por contestar tan rápido, mi lesión ha sido en acto de servicio de hecho el jefe de la unidad hizo el parte pertinente y en todos los partes de baja pone baja laboral, mi pregunta es la siguiente si en lo peor me ponen apl4 irreversible que el Botiquin de la unidad me ha dicho que será lo más seguro yo estoy de baja y me pedirán perdida destino , yo sé que si es en acto de servicio luego puedo volver a pedir mi unidad, pero la s1 de mi unidad me ha dicho que me aconseja que una vez vaya a tribunal médico y si me dan apl4 que me dé de alta para evitar problemas nose a que se han referido, yo puedo andar el problema lo tengo porque me extirparon parte de la rótula y aún tengo cicatrizando el tendón y a consecuencia de la lesión me han limado casi todo el cartílago el Traumatologo que me operó en su informe ya me ha puesto que evitar deporte de impacto ya que con el tiempo me tendré que poner una prótesis ,la verdad es que estoy un poco agobiada porque bastante tengo con que no voy a poder volver a correr como para que me digan que evite problemas
No vuelvas a preguntarle nada al de la S1 que te ha dicho ""una vez vaya a tribunal médico y si me dan apl4 que me dé de alta", porque no tiene ni idea del procedimiento. Una vez pases Reconocimiento Medico tu alta o baja medica ya no depende de ti, depende de Sanidad Mlitar y seran ellos mediante el informe que emitan quienes determinen tu situacion medica. REAL DECRETO 944/2001, art. 8.
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TEMPUS FUGIT
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Re: Dudas Appl

Mensaje por TEMPUS FUGIT »

olatz escribió: mi lesión ha sido en acto de servicio de hecho el jefe de la unidad hizo el parte pertinente y en todos los partes de baja pone baja laboral,
Dando por sentado que tu lesión es acto de servicio ( imagino que ya has recibido el certificado de acto de servicio)
Y suponiendo que a la finalización del expediente, este se resuelva con un APL 4, lo cierto es que no es seguro que vuelvas a tu Unidad
Real Decreto 456/2011, de 1 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal militar profesional.
Artículo 18. Destinos de los militares a los que se les ha instruido un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas.
1. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos, como consecuencia del servicio, podrá solicitar la habilitación de una vacante adecuada a dicha limitación en una relación de puestos militares de su Ejército o cuerpo común de pertenencia en el término municipal de su elección.
Traduccion…

Cuando salgas publicado en el BOE a la finalización del expediente quedaras en la situación APL4 - PAD
En el supuesto que quieras ir destinado a una determinada localidad deberas solicitar por una instancia, en aplicación del Art 18.1 una vacante en esa localidad

Si se atiende tu solicitud, se publicara una vacante de esas características, generalmente en unidades que NO SEAN DE LA FUERZA ( al menos en ET)

Si por el contrario, al finalizar el expediente te no te reconocieran APTO CON LIMITACIONES, sino APTO Y UTIL, no te publicarían una vacante el la LOCALIDAD, sino que simplemente tendrías preferencia para ocupar destinos en la localidad DURANTE SEIS MESES ( art 18.2)
2. El militar que como consecuencia del resultado de un expediente para determinar si existe insuficiencia de condiciones psicofísicas haya sido declarado útil y apto para el servicio y el que haya sido declarado útil con limitación para ocupar determinados destinos sin ser dicha limitación consecuencia del servicio, tendrán derecho preferente para ocupar las vacantes, adecuadas a su condición psicofísica, que se asignen por antigüedad en las relaciones de puestos militares, del Ejército o cuerpo común de pertenencia, correspondientes a unidades ubicadas en el mismo término municipal que su última unidad de destino en territorio nacional. Este derecho se mantendrá durante seis meses desde la resolución del expediente.
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dmf
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Re: Dudas Appl

Mensaje por dmf »

Hola, me parece increible que la Sección de Personal (S1), no tenga conocimiento de cuales son los procedimientos, y te oriente erroneamente.
Esto te puede aclarar cómo es: Procedimiento para llevar a cabo la gestión y tramitación de expedientes de Insuficiencia de Condiciones Psicofísicas y Facultades Profesionales. IT 20/10. http://www.derecho-militar.es/descargas ... onales.pdf
Un saludo.
olatz
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Re: Dudas Appl

Mensaje por olatz »

Buenos días, yo no he recibido ningún certificado de acto de servicio, lo que recibo todos los meses son los ofivios en los que pone esto: valorando las siguientes pruebas documentales, testificales o periciales: Expediente de averiguación de la baja medica del interesado por contigencia personal NEA/029/16.
Resulta que: El oficial instructor acredita con fecha 10 JUN 16, la contigencia profesional solicitada, lo que no es un reconocimiento explicito de que haya sido en acto de servicio.
He preguntado en mi unidad y me han dicho que hasta que no pase el reconocimiento medico y determine el tribunal no sabre si me lo dan en acto de servicio, que ellos ya han mandado los partes pertinentes del accidente, no entiendo si fue la unidad quien me traslado al hospital porque me lo hice haciendo instrucción, ¿no da la unidad el acto de servicio?. Siento mi ignorancia pero por mi mucho que leo no lo entiendo nunca he estado de baja en 17 años y para una cosa que me pasa, no se si cogerme un abogado. Mi capitán me dice que este tranquila que el hizo el parte y el prifas esta mandado que me den lo que me den podre volver a pedir a la unidad eso si en otro puesto que no sea infantería. Muchas gracias por la paciencia
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dmf
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Re: Dudas Appl

Mensaje por dmf »

olatz escribió:Mi capitán me dice que este tranquila que el hizo el parte y el prifas esta mandado que me den lo que me den podre volver a pedir a la unidad eso si en otro puesto que no sea infantería.
Hola, que tu Capitán se informe mejor para poder informar.
Te den lo que te den no podrás pedir (en principio) tu Unidad, si te abren el EICP cesarás en tu destino como dice la IT 20/10, y pasarás a depender de la Delegación de Defensa, si tu Unidad tiene vacantes específicas para APLs, pues podrás pedirlas. Pero si te dan un coeficiente 4 solo podrás pedir vacantes específicas en las UCOs que se determinen.
Un saludo.
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