Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

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trilla86
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Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

https://ecodiario.eleconomista.es/espan ... nsion.html

“Se está pergeñando un proyecto de real decreto sobre pensiones e indemnizaciones de los militares con una relación de carácter temporal para que a quienes se les rescinda el compromiso por "pérdida de condiciones psicofísicas" y tenga una discapacidad igual o inferior al 24% perciban una pensión en lugar de una indemnización, tal y como ocurre en la actualidad.”

¿Posible derogación Del Real Decreto 1186/2001?

Un saludo.
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trasgu123
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trasgu123 »

Dentro de dos viernes lo veremos. Ver para creer.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

Hola, ¿por qué dentro de dos viernes?

Un saludo.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

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trasgu123
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trasgu123 »

https://ecodiario.eleconomista.es/espansion.html


"" . . . este proyecto sea remitido a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios la próxima semana para su posterior aprobación en Consejo de Ministros "". Como minimo dos viernes.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

Gracias.
wiki
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por wiki »

Supongo que si finalmente sale adelante , afectaría a toda la tropa temporal es decir a los que entramos después del 2011 también ?

Veis opciones claras de que salga adelante ?


Un saludo.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

Creo que él siguiente enlace es el famoso proyecto.

http://www.defensa.gob.es/Galerias/part ... ineria.pdf

Un saludo.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

Si es este el proyecto que deroga al RD 1186/2001, es un sin sentido, ya que le quita todos los derechos al personal incluido en la Disposición adicional tercera del actual.

¿Alguien sabría decir cuáles son las funciones propias de un soldado del Ejército de Tierra, con la especialidad de Infantería Ligera?

Un Saludo.
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por wiki »

Yo creo que ese no puede ser el Real Decreto , ya que según se ve en el video habla de una pensión para el personal de tropa temporal que le rescindan el contrato con una discapacidad inferior al 25%.Entiendo que esa mejora debería de dr cobertura no solo al personal de clases pasivas , si no también al personal que entro después del 2011, ya que la seguridad social no contempla dicha pensión y no tendría sentido , creo.

Un saludo.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

Buenas noches ¿Se sabe algo del nuevo Real Decreto?
Un saludo.
wiki
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por wiki »

Parece ser que nadie sabe nada la respecto, mañana pasaran 2 viernes desde entonces y yo al menos no he encontrado nada en ninguna parte.
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

http://www.lamoncloa.gob.es/consejodemi ... 90215.aspx
Buenas tardes, mañana la sacaran, si es como creo que es, los apl de clases pasivas perdemos derechos.
Un saludo.
josinpuntocom
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por josinpuntocom »

perdemos derechos?
podrías explicarte un poco mas
muchas gracias
un saludo
trilla86
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Re: Pensión con igual o inferior al 24 por 100 de discapacidad.

Mensaje por trilla86 »

En el RD 1186/2001 la Disposición adicional tercera a los APL, se le concedían en la finalización de servicio con la FAS, lo dispuesto en el articulo 7 del mismo.
Si el RD Nuevo es como el proyecto que está en la web de Defensa, los APL tendrán una indemnización en base a la Orden ESS/66/2013,
Yo con el RD 1186/2001 más de 40.000 euros, con lo que creo que van a sacar, no llego a los 3.000 euros.
Esperar unas horas a verlo en BOE, un saludo.
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