Plaza APL fuera de España
Publicado: Dom Jul 28, 2019 9:03 pm
Buenas tardes, antes de nada felicitar por vuestra magnífica labor de difusión de legislación desde un punto más comprensible para todos.
Mis dudas, por si alguno de ustedes me pudiera aclarar serían dos;
1. En base al art.18.1 del reglamento de destinos, por el cual se podría optar a una plaza en el término municipal..., ¿Puede ser en otro país de la Unión Europea, como en algunas embajadas donde se ubica personal perteneciente a nuestro ejercito?
2. Y la otra cuestión, es también en base al mismo artículo; ¿ siendo de Armada, donde a diferencia de Aire y Tierra, los destinos tienen caducidad; el destino asignado por LD según dicho apartado, tiene también caducidad como cualquier otra plaza corriente?
Muchas gracias de antemano, y expresarnos toda mi humilde admiración.
Mis dudas, por si alguno de ustedes me pudiera aclarar serían dos;
1. En base al art.18.1 del reglamento de destinos, por el cual se podría optar a una plaza en el término municipal..., ¿Puede ser en otro país de la Unión Europea, como en algunas embajadas donde se ubica personal perteneciente a nuestro ejercito?
2. Y la otra cuestión, es también en base al mismo artículo; ¿ siendo de Armada, donde a diferencia de Aire y Tierra, los destinos tienen caducidad; el destino asignado por LD según dicho apartado, tiene también caducidad como cualquier otra plaza corriente?
Muchas gracias de antemano, y expresarnos toda mi humilde admiración.