Buenas compañeros, os explico el tema para ver si alguno puede orientarme un poco, hace casi 5 años tras sufrir un accidente en acto de servicio y después de pasar una mala época debido a las lesiones, en el año 2018 fui declarado apl en acto de servicio con las limitaciones de no conducir vehículos oficiales, no portar armas de fuego,no esfuerzos ni bipedestacion prolongada. Tras esto me incorpore en mi destino de nuevo y solicite la apertura de un nuevo expediente ya que consideraba que las limitaciones psicológicas no tenían cabida y que mis limitaciones eran solo físicas.
Tras un año y medio después y ya casi finalizado el segundo expediente,el SEPEC en su acta me notifica que sigo siendo apl en acto de servicio pero solo con limitaciones fisicas, categoria/subcategoria III A y B
Manipulación de carga
Bipedestacion y deambulacion prolongada
Mis dudas son las siguientes
Entiendo que me deberían de devolver el arma reglamentaria y las mías particulares y las limitaciones de conducir vehículos oficiales.
siendo así se haría de oficio o tendría que solicitarlo yo.
Gracias de antemano y saludos.
2° expediente
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Re: 2° expediente
Efectivamente te tienen que devolver tus armas particulares y la oficial, el jefe del servicio médico de tu comandancia con el acta emitirá informe que tiene que enviarlo a tu unidad y armamento. Ten paciencia que puede tardar incluso semanasArjogr escribió: ↑Lun Ene 18, 2021 11:35 pm Buenas compañeros, os explico el tema para ver si alguno puede orientarme un poco, hace casi 5 años tras sufrir un accidente en acto de servicio y después de pasar una mala época debido a las lesiones, en el año 2018 fui declarado apl en acto de servicio con las limitaciones de no conducir vehículos oficiales, no portar armas de fuego,no esfuerzos ni bipedestacion prolongada. Tras esto me incorpore en mi destino de nuevo y solicite la apertura de un nuevo expediente ya que consideraba que las limitaciones psicológicas no tenían cabida y que mis limitaciones eran solo físicas.
Tras un año y medio después y ya casi finalizado el segundo expediente,el SEPEC en su acta me notifica que sigo siendo apl en acto de servicio pero solo con limitaciones fisicas, categoria/subcategoria III A y B
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Bipedestacion y deambulacion prolongada
Mis dudas son las siguientes
Entiendo que me deberían de devolver el arma reglamentaria y las mías particulares y las limitaciones de conducir vehículos oficiales.
siendo así se haría de oficio o tendría que solicitarlo yo.
Gracias de antemano y saludos.
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Re: 2° expediente
Gracias compañero, no tengo prisa ninguna, solo tenia dudas en la forma de proceder, un saludo.
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Re: 2° expediente
Hay alguien que haya pasado por una situación similar a la mía, aunque el compañero ya me ha contestado, me gustaría saber si alguien ha pasado por lo mismo y se le resolviera dicha situación.
Gracias de antemano.
Un saludo.
Gracias de antemano.
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