Buenos dias compañeros,
En primer lugar agradeceros a tod@s la informacion que vais colgando y que van solucionando muchas dudas, pero tengo una que no consigo solucionar (igual soy un pelin torpe jejejeje).
Por sentencia judicial se me declara una discapacidad del 30%, lo cual paso a cobrar pension extraordinaria de clases pasivas. Mi pregunta es, al tenerlo reconocido judicialmente a la hora de beneficios sociales, hacienda, etc. ¿se me reconoceria algo? segun el RD1414 (me parece que es ese) dice, que los pensionistas de clases pasivas tendran la consideracion de discapacitados del 33%, pero tambien he visto que si es por sentencia judicial sera del 65% aunque no se llegue a dicho porcentaje, ¿como podria hacer para acreditarlo?.
Gracias de antemano. Un saludo.
Duda
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