Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

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catabierzo
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Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por catabierzo »

Yo como muchos de vosotros tengo una pensión de Clases Pasivas del Estado y de momento estoy peleando porque nos equiparen con el resto de Discapacitados.

Exención del Impuesto de Circulación (IVMT).- Lo solicité del Ayutamiento de Ponferrada (León), siendo denegada y posteriormente mediante Recurso de Alzada me reconocen la minusvalía igual o superior al 33 % y no pago el citado impuesto.

También me beneficio de los descuentos para discapacitados en las instalaciones Municipales de mi Ayutamiento.

Tarjeta Dorada de RENFE.- La he solicitado por escrito a la Oficina Central en Madrid, al recibir negativa de los empleados en la estación.

Tarjeta de Discapacidad.- En la actualidad en Castilla y León de momento nada, al menos en León que es donde yo resido y la he solicitado en dos ocasiones, no recibiendo contestación alguna. Si que he visto una recomendación del Procurador del Común (Defensor del Pueblo en Castilla y León) para que se lleve a efecto la equiparación y se otorgue la Tarjeta de Discapacitado, es de finales del 2015 y no le han contestado todavía de la Junta.
Yo por mi cuenta he mandado un escrito-Queja al Defensor del Pueblo de España, del cual estoy esperando contestación y a La Oficina de Atención al Discapacitado, quién me ha contestado lo siguiente:
En relación con su correo electrónico le informamos lo siguiente:

Analizando la normativa aplicable resulta lo siguiente:

El artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece en el apartado 2:

“Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar los requisitos específicos para acceder a los mismos.“

De acuerdo con la redacción de este artículo hay que entender que hay una equiparación a todos los efectos, entre personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% y los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Pero es una equiparación condicionada pues para acogerse a algunos beneficios o medidas de acción positiva que estén reguladas por normas sectoriales, estas normas pueden exigir acreditar y tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Los pensionistas de incapacidad permanente de la Seguridad Social o pensionistas de Clases pasivas acreditan su condición de persona con discapacidad de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 1414/2006 de 1 de diciembre que determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad y que sigue en vigor después de la aprobación del Texto Refundido.

En dicho Real Decreto se indica que se puede acreditar un grado igual al 33 por ciento con alguno de estos documentos:

a) Resolución o certificado de discapacidad emitido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o el IMSERSO (Ceuta y Melilla)

b) Resolución del INSS para pensionistas de incapacidad permanente (total, absoluta o gran invalidez).

c) Resolución de Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa para los pensionistas de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Dicho Real Decreto establece que, en ningún caso será exigible una resolución de la Comunidad Autónoma o del IMSERSO para acreditar un grado igual al 33 por ciento para los pensionistas del INSS o de Clases Pasivas.

Para acreditar un grado superior al 33 por ciento:

a) Resolución o certificado del IMSERSO o Comunidad Autónoma.

b) Pensionistas del INSS y Clases Pasivas podrán solicitar del IMSERSO o Comunidad Autónoma el reconocimiento del grado de discapacidad previa valoración según Real Decreto 1971/1999.

c) Si no se alcanzara un grado superior al 33 por ciento en la valoración se emitirá una resolución o certificado que se limitará a establecer esta circunstancia.

Por lo tanto el artículo 4 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, establece que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en grado de total, absoluta o gran invalidez, y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, pero también indica que para algunos beneficios puede exigirse un requisito adicional y este puede ser haber obtenido un grado igual o superior al 33 por ciento previa valoración de acuerdo con el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, que regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.

Por otra parte usted puede acreditar que tiene un grado igual al 33 por ciento con la resolución de reconocimiento de la pensión de Clases Pasivas, de acuerdo con el Real Decreto 1414/2006 de 1 de diciembre.

La Orden de 17 de marzo 2011 de la Junta de Andalucía crea la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y regula el procedimiento para su concesión. El artículo 2 establece que:
“Podrán ser titulares de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad las personas residentes en la Comunidad Autónoma Andaluza que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%”
De acuerdo con esta normativa sólo podrán tener una tarjeta acreditativa del grado de discapacidad las personas residentes en la Comunidad Autónoma Andaluza a las que se haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

La Oficina de Atención a la Discapacidad va a proponer al Pleno del Consejo Nacional de la Discapacidad la siguiente recomendación para el IMSERSO:

“Que se estudie en la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad una solución para las quejas planteadas por pensionistas de Seguridad Social y Clases Pasivas por la denegación de la tarjeta de discapacidad y se acuerde una solución adecuada a la normativa prevista en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social de forma que puedan obtener una tarjeta de discapacidad por la que acrediten un grado de discapacidad igual al 33 por ciento.”

Asimismo se va a remitir su queja junto a esta conclusión a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía para su conocimiento y efectos oportunos.
Saludos,

Oficina de Atención a la Discapacidad
Dirección General de Políticas de Apoyo a la Discapacidad
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

En la última línea dice que lo harán llegar a la Junta de Andalucía por error, ya está subsanado y lo mandan a la Junta de Castilla y León.

Ya iré contando resultados, aunque imagino que costará convencerlos a pesar del R.D.L. 1/2013 sobre Discapacidad

Un saludo
catabierzo
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por catabierzo »

Bueno, pues la Tarjeta Dorada de RENFE ya me ha sido concedida después de mandar el escrito a la oficina Central de RENFE.

En cuanto a la Tarjeta de Discapacidad el Defensor del Pueblo, va a preguntar a la Junta de Castilla y León por no haberme contestado ninguna de las dos ocasiones en que he solicitado la Tarjeta.
Por otra parte y a través del Partido de Ciudadanos en Castilla y León del que formo parte, en el día de hoy hemos solicitado que se emita directamente la citada tarjeta, os dejo el artículo:

Ciudadanos solicita que se emita de forma automática y sin duplicidad en los procedimientos la tarjeta de discapacitado

Manuel Mitadiel señala que la “duplicidad” en los trámites para conseguirla es “improductiva” y que no se ajusta por completo a “la legalidad”.

El procurador de Ciudadanos en las Cortes de Castilla y León, Manuel Mitadiel, ha presentado una proposición con el fin de que la Junta proceda a la modificación del criterio de la Orden FAM/859/2010 de 11 de junio, que exige que para poder disponer de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad sea necesaria una resolución expresa del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

“A pesar de que los pensionistas de clases pasivas tienen reconocida una discapacidad en grado igual o superior al 33%, la administración Autonómica exige a mayores una resolución expresa que lo acredite” ha explicado el procurador de C´s.

La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal establece en su artículo 1.22 lo siguiente:

“Tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. En todo caso, se considerarán que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad”.

Manuel Mitadiel ha señalado que, en el mismo precepto, se dispone que “en ningún caso será exigible resolución o certificado del IMSERSO u órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente para acreditar el grado de minusvalía a los pensionistas que se hacen referencia en dicha Ley” por lo que el procurador de la formación naranja ha tachado de “improductivos” los trámites que a mayores exige la Administración de Castilla y León para la entrega de la tarjeta de discapacidad, así como ha criticado que estos “no se ajustan por completo a la legalidad”.

“A partir de la recomendación que el Procurador del Común ha realizado, lo que reclamamos es que a aquellas personas a quienes se les haya reconocido una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y a los pensionistas de clases pasivas se les dé acceso a la tarjeta de discapacidad sin necesidad de haber obtenido dicho reconocimiento por otros organismos en aras de evitar duplicidades” ha concluido Manuel Mitadiel.

Y el enlace:

http://cortes-castillayleon.ciudadanos- ... apacitado/
filandon
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por filandon »

Buenas catabierzo!! Cómo va eso, somos paisanos!!! leí tu iniciativa con el Defensor del Pueblo en cuanto a la tarjeta de discapacidad de la Comunidad Autónoma, espero que nos den una solución en este tema y bien como tú indicas no haya una duplicidad al concederte un derecho que debemos tener, me gustaría saber cómo acaba todo esto. Un saludo y me alegra comprobar que hay paisanos en el foro.
catabierzo
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por catabierzo »

Hola finlandon!!!
En ello seguimos paísano.

Estoy a la espera de la contestación del Defensor del Pueblo y de La Oficina de Atención al Discapacitado, que ambas mandaron escrito interrogando a la Junta de Castilla y León sobre este tema. Además de la contestación a la Proposición No de Ley que hizo mi Grupo Parlamentario de Ciudadanos en Castilla y León a propuesta mía.

En cuanto sepa algo, lo pongo por este medio para los interesados jejeje

Aunque estoy viviendo en Ponferrada desde el 2006, donde ya me considero Berciano, por el acogimiento que me han dado, soy de Barcelona, aunque como ya he dicho antes ya casí más Berciano jajajajaja

Un abrazo y si necesitas algo, aquí me tienes.
filandon
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por filandon »

Cata bierzo lo primero es felicitarte por tu iniciativa, si necesitas ayuda me ofrezco a colaborar, ya que yo también soy parte interesada en todo. Ya te comento si puedo ser de ayuda no dudes en ponerte en contacto por mensaje privado y me comprometo ayudar en lo qué humildemente este en mi mano.
Por otro lado ya no puedes escapar de esta tierra eres Berciano!!! Jajajaja me alegro que te guste esta tierra que es muy bonita.
Un saludo y estamos en contacto me interesa mucho tu iniciativa.
catabierzo
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por catabierzo »

Hoy he recibido contestación del Defensor del Pueblo a mi solicitud y en la misma me dice lo siguiente:

Se ha recibido contestación de la Consejería competente, en la que en síntesis se señala que se está procediendo a la adecuación de la norma autonómica a lo previsto en la normal estatal, a los efectos de equiparar a los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad a las personas con discapacidad, ya que entiende que en los términos que está actualmente redactada la orden, no se puede expedir la tarjeta de discapacidad en aquellos casos que el expediente de valoración de grado de discapacidad no obre en su poder.

Así que parece que la cosa empieza a tomar color.......
catabierzo
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Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por catabierzo »

Hoy por fin, después de la denuncia presentada ante el Defensor del Pueblo y la PNL (Propuesta no de Ley) presentada por el Partido Político Ciudadanos en el que milito, la Junta de Castilla y León nos reconoce y nos otorga previa solicitud la Tarjeta de Discapacitados.

http://bocyl.jcyl.es/html/2017/03/06/ht ... 32017-1.do

ORDEN FAM/110/2017, de 15 de febrero, por la que se modifica la Orden FAM/859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su expedición.

Artículo único. Modificación de la Orden FAM/859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su expedición.

La Orden FAM 859/2010, de 11 de junio, por la que se crea la Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad y se regula el procedimiento para su expedición, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado 1.º del artículo 3 queda redactado en los siguientes términos:

"1. Podrán ser titulares de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad las personas residentes en Castilla y León que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, cuyo expediente de valoración de grado de discapacidad obre en poder de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, siempre y cuando residan en alguno de los municipios de Castilla y León.

Dos. Se modifica el párrafo 1.º del apartado 2.º del artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:

"2. En los supuestos previstos en el apartado primero del artículo anterior, se expedirá a petición expresa del interesado, mediante impreso normalizado conforme al modelo que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://tramitacastillayleon.jcyl.es), dirigido a la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de la provincia correspondiente al domicilio del solicitante.

En el caso de que no se autorice al órgano gestor la verificación de los datos de residencia o la consulta de la documentación que acredita su condición de pensionista, la solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

a) Certificado que acredite que el solicitante se encuentra empadronado en alguno de los municipios de Castilla y León.

b) Aquellos pensionistas que no tengan reconocido el grado de discapacidad mediante resolución del órgano competente de la Comunidad Autónoma, deberán acompañar a su solicitud copia de la resolución que acredita que son perceptores de las pensiones de jubilación a las que se refiere el apartado 1 del artículo 3 de la presente orden.

En este último supuesto, en la tarjeta se hará constar un grado de discapacidad del 33 por ciento y tendrá los efectos acreditativos previstos en el apartado 3.º del artículo 5 de la presente orden."

Tres. Se modifica el apartado 3.º del artículo 5, que queda redactado en los siguientes términos:

"3. La tarjeta acreditará la condición de persona con discapacidad con los mismos efectos que la propia resolución de reconocimiento de grado de discapacidad de la Comunidad Autónoma, que la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconociendo la condición de pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez y que la resolución del Ministerio de Economía y Hacienda o del Ministerio de Defensa reconociendo una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

No obstante, siempre que las Administraciones u Organismos públicos lo consideren oportuno, podrán solicitar la presentación de la correspondiente resolución.

Cuatro. Se modifica el Anexo II de la Orden FAM/859/2010, de 11 de junio, referido al formulario de solicitud de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, para recoger las modificaciones previstas en la presente orden. Todas las referencias al modelo del Anexo II de la citada orden se entenderán efectuadas al nuevo formulario de solicitud, que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (http://tramitacastillayleon.jcyl.es), junto a las instrucciones para su cumplimentación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Castilla y León".

Valladolid, 15 de febrero de 2017.
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dmf
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Re: Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por dmf »

Hola, enhorabuena, un gran trabajo por tu parte.
Un saludo.
Arquímedes

Re: Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por Arquímedes »

Impresionante.Enhorabuena compañero.

¿Sería posible que detallases un poco más los pasos dados, con modelos incluídos para hacer lo propio en otras CCAA?. Yo lo intentaría en Murcia. Hablé con una Asociación de discapacitados militares, pero no les veo por la labor de impulsarlo.
Gracias por adelantado.
catabierzo
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Re: Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por catabierzo »

Ahora estoy fuera de casa, a la tarde noche regreso y cuelgo los trámites.
De todas formas yo inicié la solicitud de la Tarjeta de Discapacitado a la Junta de Castilla y León, pasados cuatro meses y al no recibir contestación de la misma, presenté una queja ante el Defensor del Pueblo.
Un saludo
Arquímedes

Re: Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por Arquímedes »

Si a mi sí que me han respondido, diciéndome que pague la tasa y que pase por los servicios médicos de la Comunidad Autónoma.
catabierzo
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Re: Conseguida Tarjeta Discapacidad Castilla y León

Mensaje por catabierzo »

Pues ahora ya puedes solicitar la Tarjeta jejeje yo al final fui al Tribunal para decirles que yo ya tenía el 33% por Ley y me denegaron la Tarjeta y no me dieron la minusvalía, seguí con el trámite del Defensor del Pueblo y ahora se ha visto el resultado.

Estimado Sr.:

Esta institución se pone de nuevo en contacto con usted, con relación a la queja que tiene planteada, registrada con el número arriba indicado.

Se ha recibido contestación de la Consejería competente, en la que en síntesis se
señala que se está procediendo a la adecuación de la norma autonómica a lo previsto en
la normal estatal, a los efectos de equiparar a los pensionistas de la Seguridad Social
que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total,
absoluta o gran invalidez, y a los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida
una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o
inutilidad a las personas con discapacidad, ya que entiende que en los términos que está
actualmente redactada la orden, no se puede expedir la tarjeta de discapacidad en
aquellos casos que el expediente de valoración de grado de discapacidad no obre en su
poder.
catabierzo
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por catabierzo »

El que necesite los escritos, uno para la Junta de la Comunidad Autonoma y el otro para el Defensor del Pueblo, si me mandais vuestros correos electrónicos os lo envío en formato word.
Un saludo
priscon
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Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por priscon »

Hola Catabierzo !!
Te mando mi correo para que me remitas los escritos para la Comunidad Autónoma y para el Defensor del Pueblo:
olyanco@hotmail.com
Muchas gracias de antemano.
Arquímedes

Re: Tarjeta Discapacidad en Castilla Y León

Mensaje por Arquímedes »

Recibido catabierzo. Gran labor la que has realizado y de la que se van a beneficiar muchos compañeros de tu CCAA.
Lo que a mi me parece sorprendente, es que esto, que afecta tanto a Clases Pasivas como a la Seguridad Social, acabe siendo luchado de manera individual por una sola persona (en este caso tu). ¿Qué labor realizan entonces las infinitas asociaciones de discapacitados, militares y civiles que ni tan siquiera son capaces de conseguir estas cosas?. Ahí dejo la pregunta por si alguna asociación nos lee.

Gracias de nuevo compañero.
Responder

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