Hola amigos: pregunta rapida:
con un 65% de discapacidad se esta exento del impuesto de matriculacion en vehiculo ?
y si es asi podria haber posibilidades de revision y retirada de carnet
gracias
sobre impuesto de matriculacion
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Re: sobre impuesto de matriculacion
Hola, y con un 33%, y en el de circulación .
En principio no.
Un saludo
En principio no.
Un saludo
Re: sobre impuesto de matriculacion
gracias dmf
entiendo que el impuesto de matriculacion va para hacienda
saludos
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- dmf
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Re: sobre impuesto de matriculacion
Hola, el pago del impuesto de matriculación se realiza en la Agencia Tributaria creo que a través de los modelos 576, 06 o 05, según el caso. Casi siempre es el concesionario el que se encarga del trámite de este impuesto, al igual que el del IVA. Te pedirán lógicamente, el justificante del grado de discapacidad (Resolución de pase a retiro-jubilación por pérdida de condiciones, implícito el 33%, o de los Servicios Sociales)
Un saludo.
Un saludo.
Re: sobre impuesto de matriculacion
muchas gracias DMF aclarado
aunque sigo manteniendo la duda de al ser por discapacidad mental, pueda traer consecuencias
un saludo
aunque sigo manteniendo la duda de al ser por discapacidad mental, pueda traer consecuencias
un saludo
Re: sobre impuesto de matriculacion
Al superar el 33% no se paga el impuesto de matriculacion ni el impuesto de vehiculos de traccion mecanica de tu ayuntamiento, otra cosa es que superando el 33% tengas reconocida en el acta de la comunidad autonoma una movilidad reducida que es cuando solo pagas un 4% del IVA del vehiculo.
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Re: sobre impuesto de matriculacion
Buenos días:
En el informe de concesión de la discapacidad, figura la enfermedad o discapacidad que padece.
Se puede consultar en ANEXO IV del reglamento general de conductores.
"Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción" Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009
Referencia: BOE-A-2009-9481
http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-9481
En el informe de concesión de la discapacidad, figura la enfermedad o discapacidad que padece.
Se puede consultar en ANEXO IV del reglamento general de conductores.
"Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción" Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009
Referencia: BOE-A-2009-9481
http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-9481