sobre impuesto de matriculacion

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elmedidas
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sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por elmedidas »

Hola amigos: pregunta rapida:
con un 65% de discapacidad se esta exento del impuesto de matriculacion en vehiculo ?
y si es asi podria haber posibilidades de revision y retirada de carnet
gracias
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dmf
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por dmf »

Hola, y con un 33%, y en el de circulación .
En principio no.
Un saludo
elmedidas
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por elmedidas »

gracias dmf
entiendo que el impuesto de matriculacion va para hacienda
saludos
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dmf
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por dmf »

Hola, el pago del impuesto de matriculación se realiza en la Agencia Tributaria creo que a través de los modelos 576, 06 o 05, según el caso. Casi siempre es el concesionario el que se encarga del trámite de este impuesto, al igual que el del IVA. Te pedirán lógicamente, el justificante del grado de discapacidad (Resolución de pase a retiro-jubilación por pérdida de condiciones, implícito el 33%, o de los Servicios Sociales)
Un saludo.
elmedidas
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por elmedidas »

muchas gracias DMF aclarado
aunque sigo manteniendo la duda de al ser por discapacidad mental, pueda traer consecuencias
un saludo
piltrafa
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por piltrafa »

Al superar el 33% no se paga el impuesto de matriculacion ni el impuesto de vehiculos de traccion mecanica de tu ayuntamiento, otra cosa es que superando el 33% tengas reconocida en el acta de la comunidad autonoma una movilidad reducida que es cuando solo pagas un 4% del IVA del vehiculo.
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xiiagm
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Re: sobre impuesto de matriculacion

Mensaje por xiiagm »

Buenos días:
En el informe de concesión de la discapacidad, figura la enfermedad o discapacidad que padece.
Se puede consultar en ANEXO IV del reglamento general de conductores.

"Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción" Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

«BOE» núm. 138, de 8 de junio de 2009
Referencia: BOE-A-2009-9481

http://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-9481
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