Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

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Guaretirado
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Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Guaretirado »

Buenas a tod@s.

Sé que ya se ha hablado sobre este tema en varios hilos, pero he decidido abrir nuevamente al objeto de comentar algunas cosas que pudieran ser de interés.

En primer lugar, al parecer y por habernos reconocido una Incapacidad, tanto a personas incluidas en Clases Pasivas del Estado, como del Régimen General de la Seguridad Social, estaríamos equiparados a un grado de discapacidad del 33%, según RD 1414/2006.

Hay una Sentencia de este año (2019), del TS. en la que se dice de forma resumida, que esto no es así. Que una persona en situación de Incapacidad, tiene que pasar reconocimiento por los respectivos centros de las Comunidades Autónomas, para que se le reconozca el porcentaje de discapacidad.

Reacción ante esta Sentencia, por ejemplo de mi Comunidad Autónoma que no ha reconocido hasta ahora el reconocimiento del porcentaje de discapacidad a las personas que tienen incapacidad, ha sido pedir a los afectados que estuvieran trabajando, que pasaran por el correspondiente Centro Base, para que le revisaran el porcentaje de discapacidad.

Muchas de las personas afectadas y sobre todo los que tienen incapacidad por la Seg, Soc. han declinado ir a la revisión, perdiendo algún trabajo que estuvieran realizando. A otras una vez revisado el porcentaje de discapacidad, se les ha retirado la incapacidad, por lo que están en vías de recurrir.

Creo que lo que he comentado (Nueva Sentencia del TS, así como reacciones de una C.A. ante esta sentencia, debe ser comunicada en el foro para que estemos preparados).

Me gustaría pedir vuestra colaboración y si lo tienen a bien me explicaran que Comunidades Autónomas, están actualmente dando sin problemas el porcentaje de discapacidad en base al RD 1414/2006, tiempos en que lo dan etc. Por ejemplo he leído en algunos comentarios que en la Comunidad de Madrid, lo daban incluso, era un trámite administrativo de un par de horas (desconozco si en la actualidad es asi).

Yo soy retirado de hace varios años y no había solicitado la tarjeta o reconocimiento de la Comunidad Autónoma, pero considero que en base a esta sentencia y esta reacción, debemos solicitarla todos. Al fin y al cabo y a pesar de lo que diga la Sentencia, creo que el contenido del Real Decreto era bastante claro, y me parece que lo que realmente se pretende es realizar una corrección de la Ley sin tener que realizar una reforma en la que
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Guaretirado »

Tendrían que reconocer el carácter retroactivo de la ley y no les interesa.


Saludos a todos
Arquímedes

Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Arquímedes »

Hola compañero,

Podrías por favor colgar el enlace a la sentencia de la que estás hablando y decir de qué CCAA estás hablando?.

Es que veo que dices muchas cosas y ninguna concreta.

Gracias.
radu
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por radu »

Guaretirado escribió: Mié May 01, 2019 8:29 pm Buenas a tod@s.

Sé que ya se ha hablado sobre este tema en varios hilos, pero he decidido abrir nuevamente al objeto de comentar algunas cosas que pudieran ser de interés.

En primer lugar, al parecer y por habernos reconocido una Incapacidad, tanto a personas incluidas en Clases Pasivas del Estado, como del Régimen General de la Seguridad Social, estaríamos equiparados a un grado de discapacidad del 33%, según RD 1414/2006.

Hay una Sentencia de este año (2019), del TS. en la que se dice de forma resumida, que esto no es así. Que una persona en situación de Incapacidad, tiene que pasar reconocimiento por los respectivos centros de las Comunidades Autónomas, para que se le reconozca el porcentaje de discapacidad.

Reacción ante esta Sentencia, por ejemplo de mi Comunidad Autónoma que no ha reconocido hasta ahora el reconocimiento del porcentaje de discapacidad a las personas que tienen incapacidad, ha sido pedir a los afectados que estuvieran trabajando, que pasaran por el correspondiente Centro Base, para que le revisaran el porcentaje de discapacidad.

Muchas de las personas afectadas y sobre todo los que tienen incapacidad por la Seg, Soc. han declinado ir a la revisión, perdiendo algún trabajo que estuvieran realizando. A otras una vez revisado el porcentaje de discapacidad, se les ha retirado la incapacidad, por lo que están en vías de recurrir.

Creo que lo que he comentado (Nueva Sentencia del TS, así como reacciones de una C.A. ante esta sentencia, debe ser comunicada en el foro para que estemos preparados).

Me gustaría pedir vuestra colaboración y si lo tienen a bien me explicaran que Comunidades Autónomas, están actualmente dando sin problemas el porcentaje de discapacidad en base al RD 1414/2006, tiempos en que lo dan etc. Por ejemplo he leído en algunos comentarios que en la Comunidad de Madrid, lo daban incluso, era un trámite administrativo de un par de horas (desconozco si en la actualidad es asi).

Yo soy retirado de hace varios años y no había solicitado la tarjeta o reconocimiento de la Comunidad Autónoma, pero considero que en base a esta sentencia y esta reacción, debemos solicitarla todos. Al fin y al cabo y a pesar de lo que diga la Sentencia, creo que el contenido del Real Decreto era bastante claro, y me parece que lo que realmente se pretende es realizar una corrección de la Ley sin tener que realizar una reforma en la que
Yo vivo en Castilla y León. En cuanto tuvo la IP pedí la tarjeta de discapacitado por internet, y a los dos meses me llegó a casa. Esto a principios de año, más o menos.
roberto365
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por roberto365 »

Megakarpin
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Megakarpin »

Ostis, no tenia noticia de esto.......significa entonces que los pensionistas de clases pasivas retirados por incapacidad con menos del 33% perdemos los beneficios fiscales que hasta la fecha teníamos, como bonificación del impuesto de circulación o reducción de impuesto de impuesto de transmisiones en la compra de vivienda? -1 -1 -1
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Guaretirado »

Buenos dìas y disxulpas por estar tanto tiempo desconectado.

En primer lugar decir que la Comunidad Autònoma es la de Canarias.

La Comunidad, ha paralizado todas las subvenciones que venìa dando en contrataciones de personas que tengan Incapacidad como es nuestro caso y el de retirados de seguridad social. Argumentan que no es lo mismo incapacidad que discapacidad.

No dejan que personas con Incapacidad trabajen por ejemplo a no ser que pasen reconocimiento en el Centro Base correspondiente y se les de efectivamente el 33 por ciento a travès de sus equipos de valoraciòn

Además, al final a personas que estèn trabajando con incapacidad aunque no lleguen al 33 o no lo tuvieran reconocido les respetan el puesto, mientras que los que no estèn trabajando en ese momento no tienen derecho a acceso a ese tipo de puestos de trabajo.

Para mì un despropòsito tras otro.

Está claro que en este paìs, cada Comunidad te trata como quiere y además parece ser que incluso dentro de la Comunidad unos somos diferentes a otros segùn les interese.

Espero que este criterio no se traslade al resto de Comunidades.

Cualquier informaciòn que necesiten y les pueda facilitar. Solicitenla que si está en mi mano se las hago llegar.

Saludos
Arquímedes

Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Arquímedes »

Hola,

Aún asumiendo (que eso esta por ver) que esas sentencias significan que volvemos a la ley del 2011 (que es realmente lo que dice la sentencia que has citado, que no es 33% a todos los efectos, PERO SI a los efectos de la ley de 2011), no debería afectar absolutamente en nada al tema laboral, porque la citada ley dice:

"«Artículo 3. Ámbito de aplicación.

De acuerdo con el principio de transversalidad de las políticas en materia de discapacidad, esta Ley se aplicará en los siguientes ámbitos:

a) Telecomunicaciones y sociedad de la información.

b) Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación.

c) Transportes.

d) Bienes y servicios a disposición del público.

e) Relaciones con las Administraciones públicas.

f) Administración de justicia.

g) Patrimonio cultural, de conformidad con lo previsto en la legislación de patrimonio histórico.

La garantía y efectividad del derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, en el ámbito del empleo y la ocupación, se regirá por lo establecido en esta Ley, que tendrá carácter supletorio a lo dispuesto en la legislación específica de medidas para la aplicación del principio de igualdad de trato en el empleo y la ocupación.»

Por tanto, y poniéndonos en el peor de los casos (que habría que verlo), a nivel laboral no deberían hacer distinción.

Saludos,
Guaretirado
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Re: Reconocimiento Discapacidad 33% en CC.AA.

Mensaje por Guaretirado »

Gracias por la aportaciòn.

Ya comento que en esta Comunidad, no se hacen contrataciones laborales a personas con incapacidad laboral si el contrato es bonificado.Si es contrataciòn ordinaria si, claro está.

Habìa visto problemas relacionados con el reconocimiento del porcentaje, pero esto me parece exagerado máxime cuando en otras Comunidades se sigue otro criterio totalmente diferente.
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