SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Toda las dudas e información sobre discapacitados, reconocimientos del grado, tarjetas de aparcamiento...

Moderadores: trasgu123, sargentodehierro, zuku, Arano

Avatar de Usuario
psmito
Coronel
Coronel
Mensajes: 4254
Registrado: Jue Abr 21, 2016 5:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Ubicación: Pamplona

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por psmito »

Pele escribió: Mié Ene 29, 2020 10:53 am Un saludo a todos los foreros, pongo aqui mi caso y aunque no tiene nada que ver con sentencia puede ser aclaratorio para unos y dudoso a otros, yo estoy retirado del ET por perdida de aptitudes psicofisicas, por lo tanto tengo reconocida una discapacidad del 33% que me sirve exclusivamente para la exencion del Impuesto de circulacion, con posteridad y debido a un accidente estando trabajando en una empresa privada la S.S previas valoraciones en el Centro Base que es donde reconocen el porcentaje de discapacidad me otorgan un 76% y por el Tribunal de Valoraciones de la S.S me reconocen una Gran Invalidez, voy a Clases Pasivas y me dicen que ellos no me reconocen nada mas que el 33% que es el grado que tenia al pasar a retirado.....
Como es posible que no se pueda convalidar los grados de discapacidad entre Clases Pasivas y la Seguridad Social???
Por que defensa te retiro por unas patologías cuyas secuelas baremadas te daban XX% de INCAPACIDAD que no discapacidad
el 33% de discapacidad lo tenias por ley o pasando reconocimiento en el centro de valoración de discapacidades de tu CC.AA

ahora tienes una gran invalidez originada por otras causas, por lo tanto la posible revisión en Clases pasivas no es posible por que tiene que ser siempre por agravamiento de las patologías que originaron tu retiro no otras, y aun así nunca estarías exento de IRPF aunque te dieran la absoluta (de la pensión de Clases pasivas)
ahora tienes una pensión de incapacidad por la SS.SS exenta de IRPF que sumada a la otra no podrá superar la pensión máxima
si esa gran invalidez esta reconocida por tu CC.AA te darán una tarjeta cambiando el 33% que tenias por el 76% y en la declaración de renta podras ponerla y de las retenciones que te hayan practicado te devolverán casi todo, aparte de otra serie de beneficios para discapacidades (subvenciones para adaptación de vehículos, viviendas etc )
┏━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┓
Si juegas conmigo,
corres el riesgo
de que yo juegue mejor.

┗━━━━•❅•°• - ❈ - •°•❅•━━━━┛
Avatar de Usuario
PSI.FORENSE
Coronel
Coronel
Mensajes: 1230
Registrado: Mar Dic 01, 2015 1:33 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros
Comentario: Psic. Jurídico-Forense.

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por PSI.FORENSE »

Pele escribió: Mié Ene 29, 2020 10:53 am Un saludo a todos los foreros, pongo aqui mi caso y aunque no tiene nada que ver con sentencia puede ser aclaratorio para unos y dudoso a otros, yo estoy retirado del ET por perdida de aptitudes psicofisicas, por lo tanto tengo reconocida una discapacidad del 33% que me sirve exclusivamente para la exencion del Impuesto de circulacion, con posteridad y debido a un accidente estando trabajando en una empresa privada la S.S previas valoraciones en el Centro Base que es donde reconocen el porcentaje de discapacidad me otorgan un 76% y por el Tribunal de Valoraciones de la S.S me reconocen una Gran Invalidez, voy a Clases Pasivas y me dicen que ellos no me reconocen nada mas que el 33% que es el grado que tenia al pasar a retirado.....
Como es posible que no se pueda convalidar los grados de discapacidad entre Clases Pasivas y la Seguridad Social???
Compi, era bueno que colgases esta cuestión en el hilo "retiro por incapacidad". No obstante, allí mismo he visto algún caso similar al tuyo, y efectivamente esa es la forma de actuar de la administración. Pero lo dicho, si trasladas esto a dicho hilo, seguro que más de uno hará comentarios al respecto. Un saludo.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
Jupitersounds
Subteniente
Subteniente
Mensajes: 88
Registrado: Jue Dic 15, 2016 11:05 am
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Otros

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Jupitersounds »

A mi me quedan unos días (me han dado 10) para presentar la documentación en el Centro de Valoración aquí en Málaga, pero no se si mandarles la resolución de Defensa o no mandarles nada, se por un compañero que le han denegado la tarjeta, ¿que opináis? ¿mando o no la documentación a pesar de que no quieren dar la tarjeta?
Bripac76
Coronel
Coronel
Mensajes: 1434
Registrado: Mar Ene 10, 2012 2:20 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Bripac76 »

Propuesta del CERMI
"2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad y las personas a las que se les haya reconocido oficialmente una situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar los requisitos específicos para acceder a los mismos."
Febrero, 2020.

CERMI
www.cermi.es https://www.cermi.es/es/actualidad/nove ... egal-de-la
Avatar de Usuario
PSI.FORENSE
Coronel
Coronel
Mensajes: 1230
Registrado: Mar Dic 01, 2015 1:33 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Otros
Comentario: Psic. Jurídico-Forense.

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por PSI.FORENSE »

Bripac76 escribió: Mar Feb 18, 2020 2:14 pm Propuesta del CERMI
"2. Además de lo establecido en el apartado anterior, y a todos los efectos, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. Se considerará que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33 por ciento los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad y las personas a las que se les haya reconocido oficialmente una situación de dependencia en cualquiera de sus grados.
Las normas que regulen los beneficios o medidas de acción positiva podrán determinar los requisitos específicos para acceder a los mismos."
Febrero, 2020.

CERMI
www.cermi.es https://www.cermi.es/es/actualidad/nove ... egal-de-la
La propuesta es clara. Ahora a ver que determinación toman los "señores" legisladores y gobernantes.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
ducckke
Teniente Coronel
Teniente Coronel
Mensajes: 838
Registrado: Sab Mar 09, 2013 2:57 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad
Comentario: al final te lo tendré que agradecer...

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por ducckke »

que signiifica dicha propuesta? la elevan y determinan o que?
Bripac76
Coronel
Coronel
Mensajes: 1434
Registrado: Mar Ene 10, 2012 2:20 am
Cuerpo: Policia Nacional
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Bripac76 »

habra que esperar -hi
AngelitoR
Soldado
Soldado
Mensajes: 5
Registrado: Mar Sep 10, 2019 7:31 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por AngelitoR »

Bripac76 escribió: Jue Feb 20, 2020 12:56 am habra que esperar -hi
Se tiene conocimiento de cuando puede responder la administración ??

Gracias
Gran Capitan
Alferez
Alferez
Mensajes: 280
Registrado: Lun Jul 15, 2019 12:25 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

AngelitoR escribió: Jue Feb 20, 2020 9:56 am
Bripac76 escribió: Jue Feb 20, 2020 12:56 am habra que esperar -hi
Se tiene conocimiento de cuando puede responder la administración ??

Gracias
La anterior ministra tenía constancia de ésto y se comprometió a solucionarlo en el momento que el Gobierno tuviera plenas facultades y dejará de estar en funciones así que ahora toca esperar ya que con el Gobierno de coalición la ministra ha cambiado por tanto no queda otra.
Un saludo
Gran Capitan
Alferez
Alferez
Mensajes: 280
Registrado: Lun Jul 15, 2019 12:25 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

anonimo
Suboficial Mayor
Suboficial Mayor
Mensajes: 126
Registrado: Mié Oct 02, 2013 10:49 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por anonimo »

Gran Capitan escribió: Mar Dic 24, 2019 1:54 am
Piopio escribió: Lun Dic 23, 2019 6:07 pm Y los que tenemos la tarjeta antes de la sentencia, entiendo que basta con presentar esta como equivalente al certificado o hay que presentar algo más (porque en mi caso solo dan eso y la carta que lo acompaña)?
El que ya tiene la tarjeta en teoría y siempre según lo último que acontece habría que retirarsela pero tranquilo compañero porque el tema es bastante complicado y lo más sensato también haciendo referencia a las últimas declaraciones de la señora ministra es aclarar ésta cuestión y dejar las cosas como estaban antes de esta última lectura por parte del T.S.
En el ejemplo que puse anteriormente podemos ver una situación que se daría en la actualidad y que sería muy complicada de resolver ya que ¿ como le quitas la plaza a un opositor que entró por el cupo de personas con discapacidad ya que adquirió un certificado de discapacidad al ser pensionista por una incapacidad permanente total para la profesión otorgándole un 33%?
http://www.legaltoday.com/files/File/pd ... 195403.pdf
"En este sentido, la Abogacía del Estado recuerda que, según el artículo 1.6 del
Código Civil, la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo complementa el
ordenamiento jurídico y, en consecuencia, ha de ser observada y aplicada cuando
se produzcan supuestos similares a los previstos en las sentencias. Ahora bien,
también considera que ”todas las anteriores situaciones que ya hubieran alcanzado
firmeza no podrán, en principio, ser objeto de revisión, por ser ello un principio
básico de seguridad jurídica (artículo 9.3 Constitución Española)
”."
"Sin embargo, el Servicio Público de Empleo Estatal, siguiendo el criterio de la
Abogacía del Estado antes expuesto, considera las situaciones que ya fueran firmes
en el momento de dictarse las sentencias no podrán revisarse, atendiendo al
principio de seguridad jurídica. Por lo que, las personas que hubieran sido
contratadas antes de las mencionadas sentencias del Tribunal Supremo atendiendo
a su consideración como persona con discapacidad, en tanto fueran pensionistas de
Seguridad Social titulares de una pensión de incapacidad permanente en el grado de
total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas con pensión de
jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, deberían
mantener la condición de persona con discapacidad a efectos de la percepción o
concesión de las ayudas y subvenciones de fomento de empleo derivadas de esta
contratación. Lo mismo cabe considerar respecto de estos pensionistas que
hubieran sido contratados en Centros Especiales de Empleo, por considerarles
personas con discapacidad, manteniendo esta condición mientras permanezcan
contratados en el respectivo Centro Especial de Empleo, tanto a efectos del
cumplimiento del requisito de que la plantilla del Centro Especial de Empleo esté
constituida al menos por un 70 % de personas trabajadoras con discapacidad, como
de la concesión y percepción de las subvenciones para mantenimiento de puestos
de trabajo, durante el tiempo que permanezcan contratados. "
Beatus ille...
Gran Capitan
Alferez
Alferez
Mensajes: 280
Registrado: Lun Jul 15, 2019 12:25 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

Buenas tardes compañero
Completo tu post ya que falta el último punto y creo que es de interés para no generar dudas ya que vuelvo a repetir que el tema no es tan fácil.

5. Finalmente, se recuerda que el criterio expuesto se emite a TITULO MERAMENTE INFORMATIVO, no teniendo VALOR VINCULANTE O RESOLUTORIO,por carecer la Administración de competencia para realizar interpretaciones legales de tal carácter, que CORRESPONDEN A LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES.

Un saludo.
crackeado
Cabo 1º
Cabo 1º
Mensajes: 20
Registrado: Mié May 01, 2013 12:45 pm
Cuerpo: Guardia Civil
Situacion: Retiro por incapacidad

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por crackeado »

Alguna novedad?
Gran Capitan
Alferez
Alferez
Mensajes: 280
Registrado: Lun Jul 15, 2019 12:25 am
Cuerpo: Militar Temporal
Situacion: Activo

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

crackeado escribió: Mié Mar 04, 2020 8:58 pm Alguna novedad?
De momento nada.
Biarri
Cabo
Cabo
Mensajes: 11
Registrado: Lun Ene 27, 2020 12:20 pm
Cuerpo: Otros
Situacion: Activo

Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Biarri »

Yo creo que no debería tardar mucho no? Porque al final es una modificación si no estoy equivocada, y para ello no hay que aprobar nada.

Así que pienso que todo será querer y voluntad de hacerlo -wi -wink nk
Responder

Volver a “DISCAPACIDAD”