SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

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Piopio
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Piopio »

Gran Capitan escribió: Mar Dic 24, 2019 1:54 am
Piopio escribió: Lun Dic 23, 2019 6:07 pm Y los que tenemos la tarjeta antes de la sentencia, entiendo que basta con presentar esta como equivalente al certificado o hay que presentar algo más (porque en mi caso solo dan eso y la carta que lo acompaña)?
El que ya tiene la tarjeta en teoría y siempre según lo último que acontece habría que retirarsela pero tranquilo compañero porque el tema es bastante complicado y lo más sensato también haciendo referencia a las últimas declaraciones de la señora ministra es aclarar ésta cuestión y dejar las cosas como estaban antes de esta última lectura por parte del T.S.
En el ejemplo que puse anteriormente podemos ver una situación que se daría en la actualidad y que sería muy complicada de resolver ya que ¿ como le quitas la plaza a un opositor que entró por el cupo de personas con discapacidad ya que adquirió un certificado de discapacidad al ser pensionista por una incapacidad permanente total para la profesión otorgándole un 33%?
Claro, claro, es que el tema me parece que va a complicarse, tiene cuerda.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Piopio »

Piopio escribió: Mar Dic 24, 2019 7:36 pm
Gran Capitan escribió: Mar Dic 24, 2019 1:54 am
Piopio escribió: Lun Dic 23, 2019 6:07 pm Y los que tenemos la tarjeta antes de la sentencia, entiendo que basta con presentar esta como equivalente al certificado o hay que presentar algo más (porque en mi caso solo dan eso y la carta que lo acompaña)?
El que ya tiene la tarjeta en teoría y siempre según lo último que acontece habría que retirarsela pero tranquilo compañero porque el tema es bastante complicado y lo más sensato también haciendo referencia a las últimas declaraciones de la señora ministra es aclarar ésta cuestión y dejar las cosas como estaban antes de esta última lectura por parte del T.S.
En el ejemplo que puse anteriormente podemos ver una situación que se daría en la actualidad y que sería muy complicada de resolver ya que ¿ como le quitas la plaza a un opositor que entró por el cupo de personas con discapacidad ya que adquirió un certificado de discapacidad al ser pensionista por una incapacidad permanente total para la profesión otorgándole un 33%?
Claro, claro. Entiendo, pues, que a sin ser retroactiva como parece, la tarjeta sería lo equivalente a día de hoy y en el futuro inmediato al certificado?
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Erre »

Entiendo que también afectará a la cotización a la SS. Es decir, a la hora de acceder a un trabajo, la empresa ya no se beneficia por contratarnos. ¿Es así?
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

Erre escribió: Jue Dic 26, 2019 2:20 pm Entiendo que también afectará a la cotización a la SS. Es decir, a la hora de acceder a un trabajo, la empresa ya no se beneficia por contratarnos. ¿Es así?
Buenas noches compañero.

Estás en lo cierto. Al no tener el 33%de discapacidad no podrías beneficiarte en este caso la empresa contratante de las bonificaciones y por tanto cotizaría como un trabajador normal.
Una cosa he de decir ya que se planteó una cuestión sobre esto último por el Servicio Valenciano De Empleo y Formación y se decidió por parte de la Abogacía del Estado que no se aplicaría la retroactividad a contrataciones anteriores a la sentencia.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por pepoliso »

Una pregunta, respecto a lo del tema de oposiciones con plazas reservadas para gente con discapacidad, ¿No se supone que ejercer un cargo en la función pública aprobado mediante oposición y el cobro de una pensión de inutilidad/retiro son incompatibles?
Tenía entendido que una vez cobras una pensión de retiro/inutilidad no podías opositar a nada.
Si me lo podéis aclarar, os lo agradecería.
Un saludo y muchas gracias.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por sargentodehierro »

pepoliso escribió: Vie Dic 27, 2019 7:05 pm Una pregunta, respecto a lo del tema de oposiciones con plazas reservadas para gente con discapacidad, ¿No se supone que ejercer un cargo en la función pública aprobado mediante oposición y el cobro de una pensión de inutilidad/retiro son incompatibles?
Tenía entendido que una vez cobras una pensión de retiro/inutilidad no podías opositar a nada.
Si me lo podéis aclarar, os lo agradecería.
Un saludo y muchas gracias.
Si que puedes opositar y ejercer en la función pública, pero mientras ocupes un puesto en el sector público, no percibirás la pensión, ya que es incompatible.

Un saludo
HACIENDO CLICK EN LA PUBLICIDAD DE LA WEB AYUDAMOS A SU MANTENIMIENTO. GRACIAS.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por pepoliso »

Entendido, pensaba que con la palabra incompatibilidad se refería a que no podías volver a ser funcionario una vez retirado por incapacidad.
Por lo que veo, con incompatibilidad, se refiere al cobro simultáneo de la pensión con el salario público de funcionario.
Gracias por la aclaración, sargentodehierro.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Guaretirado »

Bueno...por fin se está formando el nuevo Gobierno, después de un año. Ahora a esperar qué pasa con la legislación que regula la discapacidad y si Trabajo hace lo que se dijo de regular que las personas con incapacidad se equiparen a personas con discapacidad a efectos laborales nuevamente.
Aunque particularmente lo dudo, pero estaré atento a ver si se dice algo al respecto, mientras a seguir esperando.....
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por PSI.FORENSE »

Guaretirado escribió: Dom Ene 12, 2020 4:23 pm Bueno...por fin se está formando el nuevo Gobierno, después de un año. Ahora a esperar qué pasa con la legislación que regula la discapacidad y si Trabajo hace lo que se dijo de regular que las personas con incapacidad se equiparen a personas con discapacidad a efectos laborales nuevamente.
Aunque particularmente lo dudo, pero estaré atento a ver si se dice algo al respecto, mientras a seguir esperando.....
Ya sabemos lo que valen sus promesas..... Tiempo al tiempo.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Gran Capitan »

Ya se sabe que del dicho al hecho hay un trecho pero por el bien de los compañeros se dejen dejemos de perder derechos y empecemos a recuperar alguno que otro y en este sentido aunque según el tribunal se estaba aplicando la ley de una forma equivocada por fin la puedan perfilar para que no quede lugar a dudas.

Un saludo
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por PSI.FORENSE »

Gran Capitan escribió: Dom Ene 12, 2020 10:27 pm Ya se sabe que del dicho al hecho hay un trecho pero por el bien de los compañeros se dejen dejemos de perder derechos y empecemos a recuperar alguno que otro y en este sentido aunque según el tribunal se estaba aplicando la ley de una forma equivocada por fin la puedan perfilar para que no quede lugar a dudas.

Un saludo
Totalmente de acuerdo.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por ducckke »

Alguna novedad? Ya hay desgobieno
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por PSI.FORENSE »

ducckke escribió: Vie Ene 24, 2020 4:04 pm Alguna novedad? Ya hay desgobieno
Yo no he leído aún nada, pero siendo este el "supuesto gobierno de los derechos sociales" es algo que no deberían de tardar en abordar.
Las diferencias entre disciplinas deben de servir para su complemento, no para su confrontación.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Biarri »

Si, si tienes razón, esperemos que no.tarde mucho.
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Re: SENTENCIA TS DISCAPACIDAD 33% - PENSIONISTAS INCAPACIDAD

Mensaje por Pele »

Un saludo a todos los foreros, pongo aqui mi caso y aunque no tiene nada que ver con sentencia puede ser aclaratorio para unos y dudoso a otros, yo estoy retirado del ET por perdida de aptitudes psicofisicas, por lo tanto tengo reconocida una discapacidad del 33% que me sirve exclusivamente para la exencion del Impuesto de circulacion, con posteridad y debido a un accidente estando trabajando en una empresa privada la S.S previas valoraciones en el Centro Base que es donde reconocen el porcentaje de discapacidad me otorgan un 76% y por el Tribunal de Valoraciones de la S.S me reconocen una Gran Invalidez, voy a Clases Pasivas y me dicen que ellos no me reconocen nada mas que el 33% que es el grado que tenia al pasar a retirado.....
Como es posible que no se pueda convalidar los grados de discapacidad entre Clases Pasivas y la Seguridad Social???
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