Buenos días my pregunta es la siguiente:
Puede estar a la vez el padre y madre de guardia,maniobras etc
teniendo un hijo menor de 12 años
guardias con un hijo
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- Suboficial Mayor
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Re: guardias con un hijo
Si no tienen solicitada
La guarda de un menor
Si pueden
La guarda de un menor
Si pueden
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- Coronel
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Re: guardias con un hijo
¿El abandonar a un menor bajo su custodia es un delito?
Artículo 229 del Código Penal:
1. El abandono de un menor de edad o un incapaz por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o del incapaz, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave.
Ley Orgánica 9-2011 de derechos y deberes de los miembros de las FAS:
Artículo 6. Reglas de comportamiento del militar.
1. Las reglas esenciales que definen el comportamiento del militar son las siguientes:
Duodécima.
Si las órdenes entrañan la ejecución de actos constitutivos de delito, en particular contra la Constitución y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, el militar no estará obligado a obedecerlas y deberá comunicarlo al mando superior inmediato de quien dio la orden por el conducto más rápido y eficaz. En todo caso asumirá la grave responsabilidad de su acción u omisión.
Artículo 229 del Código Penal:
1. El abandono de un menor de edad o un incapaz por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años.
2. Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años.
3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años cuando por las circunstancias del abandono se haya puesto en concreto peligro la vida, salud, integridad física o libertad sexual del menor de edad o del incapaz, sin perjuicio de castigar el hecho como corresponda si constituyera otro delito más grave.
Ley Orgánica 9-2011 de derechos y deberes de los miembros de las FAS:
Artículo 6. Reglas de comportamiento del militar.
1. Las reglas esenciales que definen el comportamiento del militar son las siguientes:
Duodécima.
Si las órdenes entrañan la ejecución de actos constitutivos de delito, en particular contra la Constitución y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, el militar no estará obligado a obedecerlas y deberá comunicarlo al mando superior inmediato de quien dio la orden por el conducto más rápido y eficaz. En todo caso asumirá la grave responsabilidad de su acción u omisión.
- dmf
- Coronel
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Re: guardias con un hijo
Hola, Una militar, condenada a un mes y un día de arresto por presentarse a una guardia con sus dos hijas.
http://www.elconfidencialdigital.com/de ... 46930.html
Un saludo.
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Un saludo.
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Re: guardias con un hijo
Existe una solución completamente legal: La excedencia por cuidado de familiares. No es delito de abandono de menores el dejar a un hijo de 12 años al cuidado de un familiar o adulto de confianza; de hecho lo hacemos a diario todos los padres durante el curso escolar, campamentos, excursiones, etc. etc. Incluso los hay que les dejan ir de botellonas y demás fiestorras lúdicas incontroladas.
- dmf
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Re: guardias con un hijo
Hola, La cabo condenada por presentarse con sus hijas a una guardia no cumplirá el arresto.
http://www.elconfidencialdigital.com/de ... 46812.html
Un saludo.
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Un saludo.
- dmf
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Re: guardias con un hijo
Hola, Aconsejan a militares con hijos que denuncien a sus mandos si les obligan a hacer servicios incompatibles, asociaciones castrenses envían instrucciones sobre cómo denunciar a sus jefes por “forzarles” a cometer un delito de “abandono de menores”.
http://www.elconfidencialdigital.com/de ... 46695.html
http://www.diariomilitar.es/archivos/11417
http://tropa.org.es/
Un saludo.
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http://www.diariomilitar.es/archivos/11417
http://tropa.org.es/
Un saludo.