Calculo pension

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RUFUS
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Calculo pension

Mensaje por RUFUS »

Hola, me ha llegado la propuesta de jubilación (que seguramente será para mi trabajo o puesto unicamente), despues de 18 meses de IT y según el texto que adjunto que es la contestación a una consulta a Clases Pasivas sobre la cuantía de la pensión que me quedaría y teniendo en cuenta que no he cotizado a regimen General por trabajar en una empresa familiar, en fin...

Este es mi cálculo según la contestación de CP: 19300 (HABER REGULADOR)x48,84%(21 AÑOS DE TRABAJO)=9426,40 y como llevo 8 años de servicios efectivos antes del pase a jubilación un descuento del 25%=7069,8€ anuales, eso son 589,15€ mensuales, que os parece lo he interpretado bien?. un saludo

Estimado Sr. Sánchez:

En contestación al nuevo correo electrónico que ha dirigido a este Centro Directivo, solicitando aclaración sobre el cálculo de la pensión de jubilación por incapacidad, le informo lo siguiente:

El Haber Regulador del Grupo C2, en el que según su anterior correo ha prestado servicio desde el año 2008, asciende en el presente año 2016 a 19.300,58 € al año.

Al haber nacido Vd. en el año 1964, cumpliría los 65 años de edad en el año 2029, por tanto si se jubilara por incapacidad permanente para el servicio. en 2016, se computarían como servicio activo los 13 años que le faltarían para alcanzar la edad de 65 años que, junto a los 8 años realmente prestados sumarían 21 años, luego el porcentaje aplicable al Haber Regulador antes citado para el cálculo de su pensión sería el 48,84%.

Asimismo, la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, en su Disposición Adicional Decimotercera, dispone, con efectos 1 de enero de 2009 y vigencia indefinida, que las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad que se causen al amparo del citado Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas y por aplicación de las normas contenidas en su artículo 31.4 se reducirán, siempre que se acrediten menos de 20 años de servicio en el momento del hecho causante, y que la incapacidad o inutilidad del funcionario no le inhabilite para toda profesión u oficio, se reducirán en un 5 por ciento por cada año completo de servicio que le falte hasta cumplir los 20 años de servicio con un máximo de 25 por ciento para quienes acrediten 15 o menos años de servicios.

Por ello, en su caso al contar con 8 años de servicios efectivos prestados en el momento de la jubilación, al importe de su pensión se le aplicaría una reducción del 25%, salvo que la incapacidad que le reconozca el EVI en su momento la inhabilitara para toda profesión u oficio.

Atentamente,
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sargentodehierro
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Re: Calculo pension

Mensaje por sargentodehierro »

Hola compañero,

Has hecho bien los cálculos hasta que te ha tocado dividir la pensión anual en las respectivas mensualidades, ya que esa cantidad hay que dividirla entre 14 mensualidades y no entre 12, por lo que la pensión resultante sería de 504,99€ brutos en 14 mensualidades.

Un saludo.
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trasgu123
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Re: Calculo pension

Mensaje por trasgu123 »

Manuel33
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Re: Calculo pension

Mensaje por Manuel33 »

Buenas tardes.
Soy maestro y estoy mirando el asunto de la jubilación. Aún me falta un curso, pero no quiero equivocarme.
He solicitado información oficial y me han respondido rápidamente. Sin embargo no me dicen el "cómo" han hecho los cálculos y estoy muy interesado en ello. Yo he hecho los míos y no me coinciden. Además ellos no tienen en cuenta el tiempo trabajado en el extranjero hasta el momento de la jubilación real.
He cotizado en la Seguridad Social, en Suiza y ahora llevo 26 años de funcionario docente. Tengo la fórmula a aplicar, la equivalencia entre grupos de cotización y grupo funcionarial, certificado del Servicio Militar realizado, pero me gustaría que alguien me confirmara los cálculos.
En la información recibida creo que no han tenido en cuenta los datos del Servicio Militar. Quizás esté yo en un error.
Tengo otra duda sobre cómo hay que contar los periodos de tiempo que no llegan al año de cotización. "Para determinar el porcentaje aplicable, las fracciones de tiempo superiores al año se computarán como tiempo correspondiente a los servicios prestados a continuación hasta llegar a los servicios últimamente prestados en que el exceso de tiempo resultante no se computará." Cuando trabajé en la empresa privada, no siempre pasé de un grupo de cotización equis, a otro superior. La duda es si se suman los periodos de un mismo grupo y luego el periodo sobrante se suma al inmediatamente siguiente (superior), o se hace siguiendo el tiempo en el que se han desarrollado los trabajos.
Concretamente estos son mis datos a tener en cuenta para el cálculo:
FECHA DE ALTA FECHA DE BAJA EMPRESA GRUPO DÍAS GRUPO DE COTIZACIÓN
29/07/1970 11/10/1970 SUSANA E 75 10
01/07/1973 30/06/1974 ESTADÍSTICA C1 365 C1
15/07/1975 28/02/1976 MILI E E
29/02/1976 15/10/1976 MILI C1 C1
16/03/1976 20/07/1977 ESTADÍSTICA C1 492 C1
12/08/1977 31/03/1978 PARO C1 232 04
01/04/1978 30/09/1978 PARO C1 183 04
15/05/1978 14/11/1978 SUIZA E 183 10
05/11/1978 22/12/1978 BENIDORM E 48 10
15/01/1979 23/01/1979 ARACELI C1 9 04
04/09/1989 03/03/1990 FERMÍN C1 181 04
04/03/1990 03/06/1990 PARO C1 92 04
04/07/1990 30/08/1990 PARO C1 04
01/09/1990 31/08/1991 INTERINO A2 365 A2
01/09/1991 31/08/2018 MAESTRO A2 9861 A2
Si alguien puede aclararme los cálculos, el asunto de la mili y corregirme los errores cometidos, agradecido.
Toda la información que podáis u os apetezca darme será agradecida. Ya os agradezco de mano la existencia del foro y las respuestas que he leído. Es una labor encomiable para ganar en seguridad quienes no somos expertos. Y si la tarea que os solicito es demasiado y me informáis sobre un abogado en Oviedo especialista en estas cuestiones, también podría ser de ayuda.
Muchas gracias.
Saludos.

Manuel Rodríguez Sánchez
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Re: Calculo pension

Mensaje por dmf »

Hola, la Norma que regula lo referente a Clases Pasivas, es el Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado, https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1987-12636
Simulador de cálculo de pensión de Clases Pasivas:
http://www.igae.pap.minhap.gob.es/simul ... udzitpy2_4
Supongo que en tus cálculos tendrás presente el cómputo reciproco.
Aqui tienes un resumen de los cálculos: http://www.clasespasivas.sepg.pap.minha ... rales.aspx
Tambien puedes mirar este hilo: viewtopic.php?f=2&t=7778
Un saludo.
juans
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Re: Calculo pension

Mensaje por juans »

Si no es toy equivocado, el servicio militar obligatorio sólo se computa en caso de jubilación voluntaria. Y en la parte que excede al último período obligatorio.
Manuel33
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Re: Calculo pension

Mensaje por Manuel33 »

Muchas gracias.
Ya había leído las Normas generales, el Texto refundido, las cotizaciones y equivalencias recíprocas. Tengo hechos los cálculos, pero no me coinciden con los ofreciodos por la información previa a la jubilación que me enviaron. Así que sigo sin saber dónde puede estar el error, además de no coincidir los periodos que ellos me tiene en cuenta, pues el tiempo de mili lo ignoraron a pesar de enviarles el certificado del Defensa en el que se separan dos apartados: tiempo obligatorio y resto del tiempo realizado con su nivel.
Supongo que nadie visitó algún abogado especialista en Oviedo.

El programa Simula me viene muy bien.

Muchas gracias por todo.
Reitero el agradecimiento por las contestaciones y por el propio hecho de la existencia del foro.
Saludos.

Manuel Rodríguez Sánchez
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dmf
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Re: Calculo pension

Mensaje por dmf »

Hola, en vez de consultar con un abogado, puedes probar con un Habilitado de Clases Pasivas, que también te cobrará.
Un saludo.
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trasgu123
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Re: Calculo pension

Mensaje por trasgu123 »

Eso de que en la mili entre el 29/02/1976 y el 15/10/1976, siete meses y medio, cotizaste en el Grupo C1. Muy raro se me hace.
Manuel33
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Re: Calculo pension

Mensaje por Manuel33 »

Copiado del certificado recibido de defensa. Tal cual. Sargento. Creo que hay un error en las fechas, no en el nivel. Ascensos a base de cursos.
Francisco I
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Re: Calculo pension

Mensaje por Francisco I »

trasgu123 escribió:Eso de que en la mili entre el 29/02/1976 y el 15/10/1976, siete meses y medio, cotizaste en el Grupo C1. Muy raro se me hace.
Tuvo que ser porque hiciera el Curso de Sargento Regimental. No cabe otra en aquellos años.
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Re: Calculo pension

Mensaje por trasgu123 »

Coño, es verdad los Regimentales que ascendian unos meses antes de licenciarse. Que tiempos aquellos.
Manuel33
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Re: Calculo pension

Mensaje por Manuel33 »

Recluta, veterano y curso de cabo. Curso de cabo primero. Solicitud para la escala de complemento (no tenía acabado el bachillerato) curso de sargento. Nombrado sargento el 20/11/1975.
Fecha histórica.
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Re: Calculo pension

Mensaje por trasgu123 »

Este es tu tiemo obligatorio de mili: 15/07/1975 al 28/02/1976 ??. Sietes meses y medio ??. En aquella epoca creo que la mili eran unos 16-18 meses y si te tocaba la Marina unos meses mas.
Manuel33
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Re: Calculo pension

Mensaje por Manuel33 »

Ya digo que hay un error en el certificado. Y claro, ese error aparece mirando la "Vida Laboral". Al utilizar la página "Simul@" despacio, salta el error porque en el Instituto Nacional de Estadística, en el segundo periodo en el que allí trabajé, comencé el 16 de marzo del 76, por lo que tuve que licenciarme antes de esa fecha. Así que creo que la fecha de la licencia definitiva, fue en enero de ese año, quince meses de mili.

Gracias, Trasgu, porque tu información me va aclarando cosas.
Con ese dato, quince meses de mili, creo que no puedo utilizar nada del tiempo del Servicio Militar para sumar a la jubilación, ¿o estoy equivocado?

Reitero el agradecimiento, y cualquier información o análisis, sigue siendo muy bien recibidas.

Por cierto, supongo que eres asturiano. El nombre te delata, ¿no?
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