Caducidad expediente?

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ManuJ
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Comentario: El 10.03.2018 finalizó mi baja por 730 dias.
Se inició procedimiento de jubilación por IPS de oficio a propuesta del órgano de personal el 10.11.2017.
El jefe médico de personal, me sugiere dos opciones al no estar en condiciones de incorporarme. Pedir un permiso por vacaciones no disfrutadas o bien baja médica con otro código, mientras dictamina el EVI.
Solicité permiso por vacaciones no disfrutadas.
Tuve visita con el EVI el 13.03.18. (tres días después de finalizar el plazo máximo de licencia por enfermedad).
Y me citaron de nuevo el 22.03.18.
No he recibido ninguna comunicación y no tengo conocimiento del trámite del procedimiento.
Me temo que no han "hecho los
deberes" y han cerrado el expediente de IP y abierto uno nuevo de IT.
¿Puedo presentar alguna reclamación o recurso?
Creo que estoy a tiempo de presentar una reclamación previa ¿no?
¿Ante esta situación debería presentar alguna reclamación o recurso?

Caducidad expediente?

Mensaje por ManuJ »

Soy funcionario de clases pasivas. El 10.03.2018 finalizó mi licencia de enfermedad concluido el plazo máximo de 730 días. Se inició procedimiento de jubilación por incapacidad permanente para el servicio, de oficio a propuesta del órgano de personal el 10.11.2017.
El jefe médico de personal, me sugiere dos opciones al no estar en condiciones de incorporarme.
Pedir un permiso por vacaciones no disfrutadas o bien baja médica con otro código, mientras dictamina el EVI.
Solicité permiso por vacaciones no disfrutadas. No he recibido respuesta de que esté concedido.
Tuve visita con el EVI el 13.03.18. (tres días después de finalizar el plazo máximo de licencia por enfermedad).
Y me citaron de nuevo el 22.03.18.

No he recibido ninguna comunicación y no tengo conocimiento del trámite del procedimiento.
Me temo que no han "hecho los
deberes" y han cerrado el expediente de IP y abierto uno nuevo de IT.

¿Puedo presentar alguna reclamación o recurso?
Creo que estoy a tiempo de presentar una reclamación previa ¿no?
radu
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Re: Caducidad expediente?

Mensaje por radu »

Hola. Por lo poco que yo sé, el EVI debe tardar unos 2 meses en resolver, y lo que diga es vinculante. Ahí está la clave. Si tu órgano de personal te inicia el proceso, pues es eso, todo esta encarrilado. Mira yo, entro el en 12 meses (el informe médico del 10 mes planteaba la opción de Posible IP) y no sé nada de mi órgano de personal (de hecho no sé si es la Dirección Provincial o la Consejeria, en mi caso de Educación).
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Re: Caducidad expediente?

Mensaje por trasgu123 »

cordobes10
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Re: Caducidad expediente?

Mensaje por cordobes10 »

ManuJ escribió: Vie Mar 30, 2018 5:38 am Soy funcionario de clases pasivas. El 10.03.2018 finalizó mi licencia de enfermedad concluido el plazo máximo de 730 días. Se inició procedimiento de jubilación por incapacidad permanente para el servicio, de oficio a propuesta del órgano de personal el 10.11.2017.
El jefe médico de personal, me sugiere dos opciones al no estar en condiciones de incorporarme.
Pedir un permiso por vacaciones no disfrutadas o bien baja médica con otro código, mientras dictamina el EVI.
Solicité permiso por vacaciones no disfrutadas. No he recibido respuesta de que esté concedido.
Tuve visita con el EVI el 13.03.18. (tres días después de finalizar el plazo máximo de licencia por enfermedad).
Y me citaron de nuevo el 22.03.18.

No he recibido ninguna comunicación y no tengo conocimiento del trámite del procedimiento.
Me temo que no han "hecho los
deberes" y han cerrado el expediente de IP y abierto uno nuevo de IT.

¿Puedo presentar alguna reclamación o recurso?
Creo que estoy a tiempo de presentar una reclamación previa ¿no?
Un saludo, Trasgu te ha puesto como va el procedimiento según la ley (boe), pero no entiendo lo de tu medico de personal...si estas de baja como vas a pedir vacaciones...como vas a cambiar código de baja????..no se como dicen esas cosas...a que ministerio perteneces..Te han pedido que te des de alta??.. no te fies de nadie, veo este asunto un poco extraño. Ya ha dejado muface de pagarte la IT?..., por que tengo entendido que hay una prorroga si todavía no se ha solucionado el tema del tribunal. Que resolución te dijeron en la primera revisión? .. desde el 10/11/2017 , no pasaste revisión hasta el 13/03 del siguiente año??? "mare mia" es algo muy extraño. -fool , por supuesto que puedes reclamar..no creo que se pueda cerrar ningún procedimiento sin resolución alguna.
Ya nos diras algo..
Un saludo
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